Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 11/06/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. SEIS DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento de desahucio núm. 1098/02. (PD. 2192/2003).

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En los autos de Juicio de Desahucio núm. 1098/02 seguidos en este Juzgado, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Granada, a 13 de marzo de 2003. La Ilma. Sra. doña Angélica Aguado Maestro, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta ciudad; habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1098/02, promovidos a instancias de doña María Polo Muñoz, representada por la Procuradora doña Laura Taboada Tejerizo y en su defensa la Letrada doña María Soledad Navarro Hidalgo; contra Pinturas-Ruiz Bravo, S.L., declarada en rebeldía, versando el juicio sobre resolución de contrato por falta de pago de las rentas y reclamación de las mismas.

F A L L O

1. Declaro haber lugar al desahucio y condeno a Pinturas Ruiz Bravo, S.L., a que deje libre y a disposición de doña María Polo Muñoz, el local de negocio sito en Armilla (Granada), calle Manuel Galera, núm., con apercibimiento de lanzamiento en otro caso.

2. Condeno a Pinturas Ruiz Bravo, S.L., pagar a doña María Polo Muñoz la cantidad de dos mil setecientos cuatro euros con sesenta céntimos (2.704,60), intereses legales desde la interposición de la demanda (3 de diciembre de 2002), incrementados en dos puntos a partir de esta resolución.

3. Condeno a Pinturas Ruiz Bravo, S.L., al pago de las costas.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. E/ Y para que conste y surta los oportunos efectos sirviendo de notificación de sentencia en forma a Pinturas Ruiz Bravo, S.L., haciéndole saber que contra el fallo de la misma cabe recurso de apelación que se preparará por escrito dirigido a este Juzgado en el término de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial, expido, firmo y sello la presente en Granada a dos de mayo del año dos mil tres.- El Secretario.

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