Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 11/06/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N? 1 DE ESTEPONA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 162/2001. (PD. 2196/2003).

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NIG: 2905142C20010001025.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 162/2001. Negociado: MJ.

De: Don Emilio Díaz Ruiz y doña Carmen Díez Cármenes.

Procuradora: Sra. Rocío Barbadillo Gálvez.

Contra: Don Roger Seraphin Perruquet y Mesai.

Procurador: Sr. Carlos Serra Benítez.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 162/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Estepona a instancia de Emilio Díaz Ruiz y Carmen Díez Cármenes contra Roger Seraphin Perruquet y Mesai se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA

En Estepona, a diecisiete de junio de dos mil dos.

Vistos por doña M.ª Concepción Montoya González, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Estepona, los presentes autos de juicio Ordinario núm. 162/01 seguido a instancia de don Emilio Díaz Ruiz y doña Carmen Díaz Cármenes representados por la Procuradora doña Rocío Barbadillo Gálvez y asistidos por el Letrado don José María Chacón del Puerto, frente a don Roger Seraphin Perruquet, declarado en rebeldía y la Cía. Mesai actualmente Euromutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija, representada por el Procurador don Carlos Serra Benítez y asistida por el Letrado don Emilio Peralta Fischer; y ha dictado la presente resolución FALLO

Que desestimando integramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Rocío Barbadillo Gálvez en nombre y representación de don Emilio Díaz Ruiz y doña Carmen Díez Cármenes frente a don Roger Seraphin Perruquet y la Cía. Euromutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija al estar prescrita la acción debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas en el presente proceso; todo ello, condenando como condeno, a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en la tramitación de la presente causa.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella, cabe interponer recurso de apelación, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación, y para su Resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Roger Seraphin Perruquet, extiendo y firmo la presente en Estepona a veintinueve de abril de dos mil tres.- El/La Secretario.

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