Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 13/06/2003

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA

CORRECCION de errores de anuncio de bases para proveer en propiedad dos plazas de Policía Local (BOJA núm. 86, de 8.5.2003).

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En relación con el Anuncio de bases publicado en el BOJA número 86, de 8 de mayo de 2003, se introducen las siguientes correcciones:

1. Se modifica la denominación de la convocatoria, quedando redactado como sigue:

BASES DE CONVOCATORIA QUE HABRAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR DOS PLAZAS DE POLICIA DEL CUERPO DE LA POLICIA LOCAL EN

EL AYUNTAMIENTO DE ALAMEDA

2. Se modifica el apartado c) de la Base Cuarta, quedando redactado como sigue:

c) Estatura mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

3. Se modifica el apartado 1 de la Base Séptima, quedando redactado como sigue:

7.1. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será nombrado por Resolución de la Alcaldía, y estará compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue, que disfrutará de voto de calidad.

- Vocales:

1. Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

2. El Delegado de Personal.

3. Un concejal en representación de cada uno de los grupos políticos presentes en el Ayuntamiento.

- Secretario: Actuará como secretario el de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

- Observadores: El tribunal podrá contar con asesores técnicos, con voz y sin voto.

4. Se añade al final del apartado 1.1 de la Base Novena que establece la prueba de aptitud física lo siguiente: Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que supere todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento, circunstancia que la aspirante deberá comunicar inmediatamente al Tribunal. Dicho plazo no podrá superar los seis meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar otros seis meses. Cuando las plazas convocadas sean más que las aspirantes que se han acogido al anterior derecho, esta circunstancia no afectará al desarrollo del proceso selectivo en los demás casos.

5. Se modifica al apartado segundo de la base novena, conforme a la exención prevista en el artículo 53 de la Ley 13/2001 de

11 de diciembre, quedando redactado como sigue:

9.2. Curso de ingreso. Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Estarán exentos de realizar los cursos de ingreso de capacitación quienes ya hubieren superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o escuelas concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de

Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.

Alameda, 26 de mayo de 2003

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