Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 16/06/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N? 7 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 294/2001. (PD. 2239/2003).

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NIG: 2905441C20017000451.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 294/2001. Negociado: RB.

De: Don Desiderio Martín Martín.

Procurador: Sr. Del Moral Chaneta Ernesto.

Contra: Embora Promociones Inmobiliarias y Financieras, S.L.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 294/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Fuengirola a instancia de Desiderio Martín Martín contra Embora Promociones Inmobiliarias y Financieras, S.L., se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA NUM.

Juez que la dicta: Doña Lidia María Paloma Montaño.

Lugar: Fuengirola.

Fecha: 16 de mayo de 2003.

Parte demandante: Don Desiderio Martín Martín, en representación de Costadis, S.L.

Abogado: Don José M.ª Arrebola.

Procurador: Don Ernesto del Moral Chaneta.

Parte demandada: Embora Promociones Inmobiliarias y Financieras, S.L., declarada en rebeldía.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad y resolución de contrato.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de don Desiderio Martín Martín, en representación de Costadis, S.L., contra Embora Promociones Inmobiliarias y Financieras, S.L., declarada en rebeldía debo declarar y declaro resuelto el contrato existente entre las partes de fecha 20 de marzo de

2000, así como la obligación contenida en la escritura Pública de reconocimiento unilateral de deuda de fecha 21 de marzo de

2000, y debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 9.545,24 euros de principal, más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos computados desde la fecha de notificación de la presente sentencia, y hasta que sea totalmente ejecutada. Todo ello con expresa condena en costas al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Embora Promociones Inmobiliarias y Financieras, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a veintinueve de mayo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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