Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 17/06/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 5 de junio de 2003, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se hace pública la de 3 de junio de 2003, por la que se delegan las competencias de autenticar copias de documentos en los Directores de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico.

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Al objeto de facilitar la descentralización, mayor eficacia en la gestión de los servicios y posibilitar el acercamiento de las políticas y competencias de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a los ciudadanos se constituyen los Consorcios para las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico.

Para hacer efectivas las funciones de recepción y entrega de documentación que se encomiendan a dichos Consorcios en localidades distintas a la sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Sevilla, y de conformidad con el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos, se otorga potestad a esta Secretaría General para delegar en los Directores de los respectivos Consorcios la facultad de autenticar las copias de la documentación recibida.

En base a lo que antecede, de conformidad con el art..1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el art. 23 in fine del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención directa a los ciudadanos.

R E S U E L V O

Primero. Delegar en los Directores de los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico que figuran en el Anexo de esta Resolución, las facultades reseñadas en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos.

Segundo. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa, en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.

Tercero. La presente delegación de competencias podrá ser revocada en cualquier momento.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En Sevilla, a 3 de junio de 2003. El Secretario General. José J. Reina Gómez.

ANEXO

DIRECTORES DE CONSORCIOS

Consorcio de la utedlt de Alcalá de Guadaíra. Consorcio de la utedlt de Aljarafe de Sevilla. Consorcio de la utedlt de Bajo Guadalquivir. Consorcio de la utedlt de Los Alcores.

Consorcio de la utedlt de Sierra Norte de Sevilla. Consorcio de la utedlt de Dos Hermanas.

Consorcio de la utedlt de Ecija.

Consorcio de la utedlt de Sierra Sur-Estepa. Consorcio de la utedlt de Gerena.

Consorcio de la utedlt de Vega Media.

Consorcio de la utedlt de Lora del Río.

Consorcio de la utedlt de La Campiña de Sevilla. Consorcio de la utedlt de Morón de la Frontera. Consorcio de la utedlt de Osuna.

Consorcio de la utedlt de Tierras de Doñana.

Sevilla, 5 de junio de 2003.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez.

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