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El art. 7.? 1 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales prevé la sustitución de los miembros representativos de dicho órgano colegiado durante el período de su mandato, a propuesta de la organización a la que represente. Habiéndose producido propuesta en tal sentido de la Unión General de Trabajadores de Andalucía, procede hacer efectivo lo establecido en la indicada norma y disponer el correspondiente nombramiento.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo
44.1 de la Ley 6/1983, de 21 de junio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
D I S P O N G O
Artículo Primero. Vengo en designar como miembro titular del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, en representación de la Unión General de Trabajadores de Andalucía, a doña Olvido Aguilera García.
Sevilla, 13 de mayo de 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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