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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Orgiva (Granada) mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 4 de junio de 2003, por la que se solicita la prórroga de la adscripción temporal en comisión de servicios de doña Ascensión Rancaño Gila, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, al puesto de trabajo de Secretaría de ese Ayuntamiento, así como la conformidad de la Agrupación de Torre Cardela y Gobernador (Granada), manifestada mediante sendas resoluciones de los alcaldes de los Ayuntamientos que la integran de fecha 2 de junio de 2003, teniendo en cuenta que persisten las circunstancias que motivaron la autorización de la mencionada comisión de servicios, de conformidad con lo establecido en el art. 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, relativa al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el art.
11.1. e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, modificado por Decreto 121/2002 de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Prorrogar la adscripción en comisión de servicios, durante un año, de doña Ascensión Rancaño Gila, Secretaria-Interventora de la Agrupación de Torre Cardela y Gobernador (Granada), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Orgiva (Málaga), con efectos desde el día siguiente al de la terminación del período anterior y en las mismas circunstancias en que fue autorizada anteriormente. Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondintes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los art. 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de junio de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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