Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 23/06/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 12 de junio de 2003, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para la campaña 2003, previsto en la de 5 de mayo de 2003, por la que se establecen normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, y se rectifican determinados errores de la misma.

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La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 5 de mayo de 2003 (BOJA núm. 90, de 14 de mayo) establece normas de aplicación del régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.

En su disposición adicional primera, apartado 1, establece que, para el año 2003, el plazo de presentación de solicitudes nuevas o de renovación será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Teniendo en cuenta la petición de la Organizaciones Profesionales Agrarias y el volumen de documentación que ha de acompañar a la solicitud, se considera procedente la ampliación de dicho plazo para la campaña 2003.

En su virtud, de acuerdo con el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Primero. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para la campaña 2003.

Se amplía en 15 días naturales el plazo de presentación de nuevas solicitudes y de renovación de compromisos en el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente, previsto en el apartado 1 de la disposición adicional primera de la Orden de 5 de mayo de

2003.

Segundo. Corrección de errores a la Orden de 5 de mayo de 2003.

Advertidos errores en la Orden de 5 de mayo de 2003, se procede a su corrección en la siguiente forma:

1. En el apartado 2.d) del artículo 7 (página 10.030), donde dice: "... que deseen adaptarse al nuevo programa..." debe decir: "... que no pudieron adaptarse al nuevo programa..."

2. En la Medida 8 del Anexo 2 (página 10.037), debe suprimirse el inciso "En ningún caso la superficie de pastos declarada en el primer año de solicitud podrá ser igual o inferior que la declarada en el segundo año de compromisos, donde se deberá hacer efectiva la reducción de 0,3 UGM/ha" del último párrafo.

3. En el Anexo 7 (página 10.057), la Raza de Ovino Andaluza o Cordobesa debe excluirse del epígrafe "Razas de ovino" e incluirse dentro del epígrafe "Razas de asnal".

4. En el Anexo 8 (página 10.057) el apartado 1 se sustituirá por el siguiente:

"1. Solicitantes personas físicas.

- Fotocopia del DNI del titular.

- En caso de representante legal: DNI del representante y poder notarial por el que actúa.

- Certificado de la entidad financiera acreditativo de que la cuenta bancaria reseñada en la solicitud corresponde al solicitante.

- A los efectos de la priorización de nuevas solicitudes, fotocopia compulsada de la declaración del IRPF, y en caso de declaración conjunta, la que se determina en el párrafo siguiente.

- A los efectos de la acreditación como agricultor a título principal (ATP): Fotocopia compulsada de la declaración del IRPF (presentada en período voluntario anterior al plazo de presentación de solicitudes).

En el caso de renta conjunta y de existir rendimientos del trabajo: Fotocopia compulsada de los certificados de

retenciones e ingreso en cuenta del impuesto del IRPF del cónyuge del solicitante de ayudas.

Certificado de la Seguridad Social de cotización en el RETA o último cupón cotizado del REA por cuenta propia, según

proceda."

5. En el Anexo 10 (página 10.061), donde dice "Código Ine 21076 Villanueva de los Caballeros", debe decir "Código Ine 21076 Villanueva de los Castillejos".

6. En el Anexo 11 (página 10.063), donde dice "Medida 3. Agricultura Ecológica. Cítricos 460,79 E/ha", debe decir "Medida 3. Agricultura Ecológica. Cítricos 468,79 E/ha".

Sevilla, 12 de junio de 2003

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca

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