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Vista la propuesta formulada por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra (Sevilla) a favor de don José Joaquín Serrano Ortega para que se efectúe nombramiento a su favor como funcionario interino para el desempeño del puesto de trabajo de Intervención, y la Resolución favorable adoptada por la Alcaldía de la citada Corporación con fecha 23 de diciembre de
2002, y habiendo quedado acreditado que se han observado los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el artículo 64 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado en su apartado primero por el artículo 52 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo
11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Nombrar a don José Joaquín Serrano Ortega, con DNI
75.014.062, como funcionario interino para el desempeño del puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Cazalla de Sierra (Sevilla). El presente nombramiento de funcionario interino se autoriza hasta la cobertura del puesto de Intervención de este Ayuntamiento por los procedimientos ordinarios de provisión de carácter definitivo o hasta la designación de funcionario con habilitación de carácter nacional mediante acumulación, comisión de servicios o nombramiento provisional entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 7 de enero de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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