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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Zahara de la Sierra (Cádiz), mediante Resolución de fecha 11 de junio de 2003, por la que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Secretaría- Intervención de la citada Corporación de doña María Dolores Teruel Prieto, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención, así como la conformidad del Ayuntamiento de Bédmar y Garcíez (Jaén) manifestada mediante Resolución de su Presidencia de fecha 22 de mayo de 2003, con arreglo a lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto
1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de
13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, relativa al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en relación con el artículo
11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, modificado por Decreto 121/2002, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Conferir la adscripción en comisión de servicios de doña María Dolores Teruel Prieto, con DNI núm. 52.557.818-N, actual Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Bédmar y Garcíez (Jaén), al puesto de trabajo de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra (Cádiz), durante el período de tiempo de un año, corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas.
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de junio de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
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