Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 02/07/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BAZA

ANUNCIO de bases.

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La Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Baza (Granada), en sesión celebrada el día 21 de abril de 2003, ha aprobado las siguientes bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Sargento Jefe de Bomberos, mediante el sistema de concurso-oposición:

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SARGENTO JEFE DE BOMBEROS MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO- OPOSICION

1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad, mediante concurso oposición, de una plaza de Sargento Jefe de Bomberos con las siguientes características:

- Grupo C.

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Servicios Especiales.

- Clase: Servicio de extinción de incendios.

- Categoría: Sargento Jefe de Bomberos.

Correspondientes a la Oferta de Empleo Público para 2003.

2. Legislación aplicable.

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley

30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D. 896/91, de

7 de junio; R.D. 364/95, de 10 de marzo.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos dentro del proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de los 55 años. El límite máximo de edad no será aplicable a las personas que acrediten haber desempeñado, con anterioridad a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias; funciones de bombero en entidades locales como funcionario de carrera o interino.

b) Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o tener relación de parentesco en los términos señalados en la Ley 17/93, de 23 de diciembre. Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar en el momento de la solicitud la nacionalidad, y en el supuesto previsto en el art. 2.2.1.? b), el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo.

c) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, según el art. 25 de la Ley 30/84.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. Los nacionales de los demás estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

g) Estar en posesión del Permiso de Conducción Clase "C" y tener autorización para la conducción de vehículos de la clase B.T.P.

h) Compromiso de conducir vehículos de extinción de incendios en concordancia con el apartado anterior.

4. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en el Concurso-Oposición, se presentarán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la

Corporación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la que se manifestará que se reúnen los requisitos exigidos en la Base Tercera de la convocatoria. Asimismo deberán comprometerse a prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

A la instancia deberá acompañarse asimismo fotocopia

debidamente compulsada del DNI, compromiso de conducir

vehículos de extinción de incendios y del resguardo de ingreso de los derechos de examen, cuyo importe asciende a 18 E.

Las Bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Boletín de la Junta de Andalucía y en extracto en el Boletín Oficial del Estado; en este extracto, además de los insertos precisos, se avisará de que en el Boletín Oficial de la Provincia, se publicará la resolución aprobatoria de las listas de admitidos y excluidos.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar del siguiente al de la publicación del anuncio-extracto en el Boletín Oficial del Estado.

5. Admisión de los aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de un mes, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se harán públicas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 10 días para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión. Si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva y tal resolución se hará pública, asimismo, en los lugares indicados.

Si no se produjese reclamación, sugerencia o petición de subsanación alguna, la lista provisional devendrá en definitiva automáticamente.

6. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador está compuesto de la siguiente forma: Presidente: El de la Corporación y/o suplente.

Vocales:

- Un vocal designado por cada uno de los Grupos Políticos de la Oposición.

- Dos vocales designados por el Alcalde.

- Un vocal designado por los representantes de los

Trabajadores.

- Un representante de la Junta de Andalucía nombrado por la Consejería de Gobernación.

Secretario: El de la Corporación y/o funcionario en quien delegue.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia mínima del Presidente y cuatro de sus miembros titulares o suplentes indistintamente.

En el nombramiento de los vocales del Tribunal se velará por el cumplimiento del principio de especialidad.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base

exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal y tendrán voz pero no voto.

La totalidad de los vocales deberán poseer un nivel de

titulación igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada y ser funcionario de carrera.

7. Proceso selectivo.

El proceso de selección de los aspirantes será el de Concurso- Oposición libre.

Los méritos a valorar por el Tribunal deberán ser acreditados por los aspirantes mediante fotocopia compulsada y la emisión de los Certificados correspondientes en relación a la

experiencia laboral.

De conformidad con la Disposición Transitoria 5.ª de la Ley

2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía, la fase de concurso sólo se aplicará a interinos con categoría de Sargento Jefe de Bomberos del Ayuntamiento de Baza.

Fase del concurso: Se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo y un máximo de cinco puntos:

- Experiencia Laboral. Este apartado se valorará con un máximo de tres puntos y medio.

Por haber trabajado como funcionario interino desempeñando las funciones de Sargento Jefe de Bomberos del Ayuntamiento de Baza, a razón de 0,10 puntos por mes.

- Formación, relacionada con los medios y actividades del Servicio de Extinción de Incendios, impartidos por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Consorcio de Bomberos y Ayuntamientos Consorciados de la Provincia de Granada, se valorará con un máximo de un punto y medio.

Cursos superiores a 30 horas e inferiores a 50 horas a razón de

0,20 puntos.

Cursos superiores a 50 horas a razón de 0,30 puntos.

Cursos, Jornadas o seminarios entre 3 y 30 horas a razón de

0,05 puntos.

Fase de oposición: Esta fase la componen dos ejercicios, siendo estos eliminatorios.

Primer ejercicio. Ejercicio Teórico: Consistirá en contestar un cuestionario de sesenta preguntas con respuestas alternativas sobre las materias del Temario del Anexo I a la convocatoria. En el sistema de corrección a emplear solamente puntuarán las preguntas acertadas. Este ejercicio tendrá una duración de una hora y media.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de una prueba práctica o supuesto relacionada con el manejo de los útiles, herramientas y vehículos de las instalaciones del Servicio Contra Incendios, Salvamento y Protección Civil del

Ayuntamiento de Baza y de las funciones de mando y dirección a realizar.

Calificación de los ejercicios: Los ejercicios serán

eliminatorios y se calificarán de la siguiente forma: El tribunal podrá calificar cada uno de los ejercicios de 0 a 10 puntos, siendo preciso alcanzar 5 puntos en cada uno de ellos para considerarlo aprobado.

Calificación definitiva: La calificación definitiva resultará de la suma de puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y la de oposición para los interinos existentes. Y la de

oposición para el resto de los aspirantes.

8. Orden de actuación y comienzo.

La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético a partir de la letra "H" en virtud del Decreto de esta Alcaldía número 107/2003.

El lugar, fecha y hora de realización del concurso, se

anunciará en el Boletín Oficial de la Provincia, con una antelación mínima de diez días naturales. La realización del primer y segundo ejercicio de la oposición se anunciará en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los aspirantes serán convocados para la realización del ejercicio, en llamamiento único, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

9. Relación de aprobados y propuesta de nombramiento. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación y elevarán, con el acta de la sesión, propuesta de nombramiento de aquellos aspirantes que hubieren obtenido mayor puntuación en el proceso selectivo.

La propuesta de nombramiento deberá ser motivada y tendrá carácter vinculante y, en ningún caso podrá aprobarse, ni declararse que han superado el proceso selectivo un mínimo de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

10. Presentación de documentación.

Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento, los documentos que acrediten reunir los

requisitos que se especifican en la Base 3.ª

Tales serán:

- DNI compulsado.

- Fotocopia debidamente compulsada del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

- Fotocopia debidamente compulsada del permiso de conducir de las clases "C".

- Declaración responsable de no estar incurso en causa de incapacidad específica y de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del Servicio al Estado, a las

Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el Ejercicio de Funciones Públicas.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad, ni defecto físico que imposibiliten para el desempeño de las funciones de bombero.

Los anteriores extremos podrán ser acreditados mediante certificación expedida por quien tenga facultades para ello.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos, estarán exceptuados de la obligación anterior, debiendo presentar, únicamente, certificado de la Administración de que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.

Si en el plazo de 20 días naturales, desde la publicación de las listas de aprobados, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante seleccionado no presentase la documentación o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en que hayan podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas.

11. Nombramiento como funcionarios.

Cumplidos los requisitos a que se refiere la Base 10.ª, el Sr. Alcalde, efectuará nombramiento como Funcionario de carrera o en prácticas, según se dé o no la circunstancia prevista en el párrafo siguiente.

Si en el momento de efectuarse el nombramiento a que se refiere el párrafo anterior hubiese sido publicado el reglamento a que se refiere la Disposición Transitoria cuarta de la Ley 2/2002 de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía (BOJA núm. 138 de fecha 26.11.2002), para poder ser nombrado como funcionario de carrera se deberá realizar con

aprovechamiento el curso de formación específico impartido o homologado por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Quedarán exentos de realizar este curso los interinos

existentes que opten al nombramiento de Funcionarios de carrera.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 104.2 del Decreto

315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, el funcionario interino que desempeña el puesto de trabajo ofertado en la presente convocatoria cesará una vez sea ocupado.

12. Toma de posesión.

Efectuado el nombramiento del aspirante deberá tomar posesión de su cargo en el plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de notificación. Los que no tomasen en el tiempo oportuno posesión de su cargo, o salvo de los casos de fuerza mayor, decaerán en sus derechos con la pérdida del nombramiento conferido.

ANEXO I

T E M A R I O

PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y

contenido.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Corona: Funciones Constitucionales del Rey.

Sucesión.

Tema 4. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial.

Tema 5. Estatuto de Andalucía: Estructura y contenido.

Tema 6. La Organización Municipal.

Tema 7. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 8. Derechos y deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario.

Tema 9. El presupuesto de las Entidades locales. Recursos de los Municipios.

PARTE ESPECIFICA

Tema 10. Factores del incendio. Triángulo y Tetraedro.

Tema 11. Clasificación de los fuegos: Tipos.

Tema 12. Transmisión del Calor.

Tema 13. Formas de extinción de incendios: Eliminación del combustible, sofocación, enfriamiento e inhibición.

Tema 14. Agentes extintores: Definición, clases y eficacia.

Tema 15. El agua: Como agente extintor y técnicas de

aplicación.

Tema 16. Extintores: Definición. Sistemas de impulsión y agentes de impulsión. Utilización.

Tema 17. Mangueras, lanzas y sistemas de unión.

Tema 18. Hidrantes: Definición y clases.

Tema 19. Bies y Columnas Secas: Definición y utilización.

Tema 20. Prendas de protección personal.

Tema 21. Equipos de protección respiratoria: Clasificación. Equipo autónomo de circuito abierto. Normas básicas de

utilización.

Tema 22. Pequeñas herramientas y escaleras manuales.

Tema 23. Equipos hidráulicos de rescate: Componentes,

clasificación y uso.

Tema 24. Vehículos de extinción de incendios y rescate en el Parque de Bomberos de Baza.

Tema 25. Principios generales de socorrismo: Concepto de socorrismo, actuación del socorrista y conducta a observar ante un accidentado.

Tema 26. Actividades del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos.

Tema 27. Construcción e Incendios.

Tema 28. Técnicas de ventilación.

Tema 29. Incidentes con materiales peligrosos.

Tema 30. Rescates en accidentes de tráfico.

Tema 31. Organización de las intervenciones.

Tema 32. Emergencias Catastróficas.

Tema 33. Ley 2/1985 sobre Protección Civil.

Tema 34. Real Decreto 407/1992 por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

Tema 35. Norma de construcción sismorresistente.

Tema 36. Servicio de atención de emergencias 112.

Tema 37. Ley de Emergencias de Andalucía.

Tema 38. Directrices básicas de planificación ante diferentes riesgos.

Tema 39. Manual de autoprotección para el desarrollo del plan de emergencias contra incendios y de evacuación de locales y edificios.

Tema 40. El Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de Granada.

Baza, 20 de mayo de 2003.- El Alcalde, Antonio Martínez Martínez.

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