Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 3/7/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 17 junio de 2003, de la Dirección General de Comunidades andaluzas, por la que se prorrogan a don Jesús María Alcedo Gómez y a don Oscar Barranco Pérez las Becas de Investigación en el Area de Comunidades Andaluzas, correspondiente a la convocatoria de 2001.

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Mediante Orden de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de 20 de octubre), por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación, con fecha 11 de junio de 2002, se procede a adjudicar dos becas, para la investigación sobre la realidad de las Comunidades Andaluzas asentadas fuera del territorio andaluz, a don Jesús María Alcedo Gómez y a doña Isabel María Portillo Macías.

Habiéndose presentado, en forma reglamentaria, renuncia de doña Isabel Portillo Macías a la beca que le fue concedida, se procedió a adjudicar dicha beca por el período restante hasta completar doce meses, a don Oscar Barranco Pérez, por ser el candidato siguiente en orden de puntuación, mediante Resolución de 14 de noviembre de 2002.

Vista la propuesta elaborada por el Servicio de Relaciones con las Comunidades Andaluzas, así como el aprovechamiento en el período de formación disfrutado, de conformidad a lo establecido en el art. 7 y 11 de la Orden de la Consejería de Gobernación citada, por la que se establecen las normas reguladoras de concesión de dichas becas

R E S U E L V E

Primero. Prorrogar el disfrute de las becas adjudicadas a don Jesús María Alcedo Gómez y a don Oscar Barranco Pérez, mediante las citadas Resoluciones, por un período de doce meses, como máximo.

Segundo. Los becarios deberán cumplir las obligaciones establecidas en el art. 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, en particular, las condiciones y obligaciones contempladas en los arts. 12, 13 y 14 de la Orden de convocatoria de las mencionadas becas.

Tercero. Los adjudicatarios de dichas becas continuarán su Plan de Formación en este Centro Directivo, comenzando sus respectivas prórrogas a partir de 1 de julio de 2003.

Cuarto. Los importes de las respectivas becas se abonarán por mensualidades vencidas, siendo su cuantía bruta mensual de

906,33 ?, cada una de ellas, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.11.00.01.00.482.00 del programa 3.1 K.

Notifíquese esta Resolución a los interesados.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, o interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el art.

46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Adminsitrativa.

Sevilla, 17 de junio de 2003.- La Directora General, Silvia López Gallardo.

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