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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 30 de noviembre de 1999, la empresa Bioeléctrica Jienense, S.A., con domicilio social en Sevilla, Avda. de la Buhaira núm. 2, solicitó en la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Jaén, autorización administrativa para realizar una instalación de generación de energía eléctrica en el término municipal de Linares (Jaén).
Segundo. De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 2617/66, de 20 de octubre, que regula el procedimiento para otorgar autorización administrativa en materia de instalaciones eléctricas, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOJA núm. 20, de 17.2.2002, en el BOP de Jaén núm. 16, de 21.1.2000 y en el BOE núm. 36, de
10.2.2000 y, posteriormente modificación de las características iniciales en el BOJA núm. 105, de 12.9.2000, en el BOP de Jaén núm. 224, de 26.9.2000 y en el BOE núm. 203, de 24.8.2000, no produciéndose alegación alguna.
Tercero. La Comisión Interdepartamental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, con fecha 26 de mayo de 2000, emitió informe ambiental por el que resulta viable la actividad con los condicionados recogidos en dicho documento y posteriormente, con fecha 28 de julio de
2000, sobre la modificación recogida en el punto anterior.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto de Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, así como el Real Decreto 2617/66 anteriormente citado.
Vista la Declaración de Impacto Ambiental de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Jaén, así como el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Jaén de 3 de junio de 2002.
Considerando que no existen otros organismos afectados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,
RESUELVE
Conceder Autorización Administrativa a Bioeléctrica Jienense, S.A., para realizar la instalación referida, cuyas características principales serán:
- Un grupo Turbina-Alternador de 30 MVA de potencia aparente,
24,5 MW de potencia activa, 11 kV de tensión, factor de potencia 0,8, combustible gas natural.
- Un turbogrupo compuesto de turbina de vapor multietapa, y alternador síncrono trifásico de 16,2 MW, tensión en bornas 11 kV, 50 ciclos, factor de potencia de 0,8.
Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2617/66, de 20 de octubre, condicionada al cumplimiento del Informe Ambiental anteriormente citado, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros Organismos para instalaciones anejas a la planta que quedan fuera de la competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.
La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en la Sección 2.ª del Capítulo IV, del mencionado Real Decreto 2617/66, de 20 de octubre, debiendo solicitar la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible, lo anteriormente expuesto, se procederá por el peticionario de la autorización
a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el artículo 49 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía
administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley
4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 4 de octubre de 2002.- El Director General, Jesús Nieto González.
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