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De conformidad con el art. 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del art. 4 de la Orden de fecha 3 de octubre de
2000, el Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, resuelve hacer público el instrumento de formalización de encomienda de gestión de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, que a continuación se inserta como Anexo.
Sevilla, 8 de enero de 2003.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
A N E X O
INSTRUMENTO DE FORMALIZACION DE ENCOMIENDA DE GESTION DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
En Sevilla, a seis de marzo de dos mil dos.
R E U N I D O S
De una parte don Juan Francisco Sánchez García, Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
De otra parte doña Isabel Iglesia García, Jefa de la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Consejería de Medio Ambiente.
Se reconocen la competencia suficiente para otorgar el presente documento, y a tal efecto,
E X P O N E N
La Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico tiene prevista la ejecución de un proyecto de restauración de terrenos mineros afectados por la minería histórica, se trata de llevar a cabo un proyecto de restauración medioambiental de zonas degradadas por la actividad minera en Tharsis y La Zarza (Huelva).
Por Orden de fecha 3 de octubre de 2000 de dicha Consejería se delegó en la unidad competente de la Secretaría General Técnica la supervisión de los anteproyectos y proyectos de obras; sin embargo, actualmente la mencionada Secretaría General Técnica no cuenta en su relación de puestos de trabajo con los medios técnicos y personales adecuados a tal fin, de manera que se hace necesario el apoyo de personal técnico que realice las tareas de la oficina de supervisión.
Con el fin de subvenir a esta necesidad, se ha considerado conveniente formalizar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una encomienda de gestión para que la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Consejería de Medio Ambiente realice determinadas actividades de carácter material y técnico propias de la supervisión de proyectos de obra, cuya competencia corresponde, por delegación, a la citada Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Por ello se establecen las siguientes cláusulas:
Primera. Objeto de la encomienda.
Se encomienda a la Oficina de Supervisión de Proyectos de la Consejería de Medio Ambiente la realización de las funciones propias de supervisión de proyectos, con arreglo a la normativa vigente, en el ámbito de los proyectos de ejecución de obras de restauración de terrenos mineros afectados por la minería histórica.
Segunda. Titularidad de la competencia.
La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.
Tercera. Vigencia.
El plazo de vigencia será de un año a contar desde el día de la firma del presente acuerdo, siendo prorrogable por el mismo período por acuerdo de ambas partes.
La encomienda podrá quedar sin efecto en cualquier momento por acuerdo de ambas partes.
EL SECRETARIO GENERAL TECNICOLA JEFA DE LA OFICINA DE
SUPERVISION
DE LA CONSEJERIA DE EMPLEODE PROYECTOS DE LA CONSEJERIA Y DESARROLLO TECNOLOGICODE MEDIO AMBIENTE
Fdo.: Juan Francisco Sánchez GarcíaFdo.: Isabel Iglesias García
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