Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 11/07/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 27 de junio de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común de la plaza de Secretaría-Intervención entre los Ayuntamientos de Alhabia, Alsodux, Santa Cruz de Marchena y Alboloduy (Almería).

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Los Municipios de Alhabia, Alsodux, Santa Cruz y Alboloduy (Almería) mediante Acuerdos Plenarios de fecha 17 de diciembre de 2002, 25 de febrero de 2003, 25 de febrero de 2003 y 8 de marzo de 2003, respectivamente, prestan su aprobación a la disolución de la Agrupación para el sostenimiento de la plaza de Secretaría en común.

La Excma. Diputación de Almería mediante Acuerdo de la Comisión de Gobierno de fecha 23 de abril de 2003, informa favorable dicha iniciativa de disolución de la Agrupación.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio,

2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo y demás normativa aplicable.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo

44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, modificado por Decreto

121/2002 de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, he tenido a bien disponer:

Artículo Unico:

Primero. Se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento de la plaza de Secretaría de Tercera Clase entre los Ayuntamientos de Alhabia, Alsodux, Santa Cruz de Marchena y Alboloduy (Almería).

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de junio de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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