Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 23/07/2003

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 9 de julio de 2003, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de la Delegación convocado por Resolución que se cita.

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Por Resolución de 28 de abril de 2003 (BOJA núm. 89, de

13.5.03), se convocó concurso se méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Delegación Provincial, de conformidad con lo establecido en el art. 25.1 de la Ley/85, de

28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el Decreto 2/2002.

Habiéndose cumplido las normas reglamentarias y los procedimientos, y en cumplimiento de lo previsto en la Base Duodécima de la Resolución citada, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente Propuesta de Resolución del concurso por la valoración final de los candidatos propuestos y los puestos desiertos.

En su virtud, y en uso de las competencias que me confiere la Orden de 31 de julio de 2000, de delegación de competencias en materia de concursos de méritos,

DISPONGO

Primero. Resolución y adjudicación de los puestos de trabajos convocados.

1. Se aprueba la Propuesta de Resolución del concurso, adjudicando, con carácter definitivo, los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución a los funcionarios que en el mismo se especifican. Los destinos son irrenunciables salvo, que con anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las prórrogas de incorporación, los interesados obtengan otro destino por convocatoria pública en boletín oficial, en cuyo caso podrán optar por uno de los dos, viniendo obligados a comunicar por escrito a esta Delegación Provincial y a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, en el término de tres días desde la publicación de la adjudicación, la opción realizada.

2. Se declaran desiertos los puestos que no figuran en el Anexo I de la presente Resolución por no haber sido adjudicados a ningún funcionario, ya sea porque no han sido solicitados o por no reunir los candidatos solicitantes los requisitos exigidos por las bases para su adjudicación.

3. La contestación a las alegaciones formuladas por los solicitantes con ocasión del trámite de audiencia se entienden efectuada a los mismos con la publicación de la presente Resolución.

Segundo. Funcionarios que hayan resultado adjudicatarios de puestos de trabajo en otras Consejerías u Organismos Autónomos.

Aquellos funcionarios que hayan resultado adjudicatarios de otros puestos de trabajo en otras Consejerías y Organismos Autónomos deberán comunicar inmediatamente a los órganos competentes en materia de personal de los mismos su toma de posesión en el puesto de esta Delegación Provincial para su conocimiento y efectos correspondientes.

Tercero. Puestos de trabajo desaparecidos, modificados o adscritos a otras Consejerías y Organismos Autónomos como consecuencia de las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo.

La adjudicación que figura en el Anexo I se hace a los puestos tal y como fueron publicados en la Resolución de convocatoria, por lo que los funcionarios que sean adjudicatarios de puestos desaparecidos, modificados o adscritos a otras Consejerías y Organismos Autónomos como consecuencia de modificaciones producidas en las Relaciones de Puestos de Trabajo deberán tomar posesión en el destino que figure en el citado Anexo, sin perjuicio de que posteriormente se les indique el nuevo destino, de acuerdo con lo dispuesto en el correspondiente Decreto de modificación de RPT.

Cuarto. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviese el/la demandante su domicilio, a elección de este/a último, de acuerdo con lo previsto en los arts. 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa, previa comunicación a este Organismo, sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, computado según lo antes anunciado y ante el Organo que dictó la presente Resolución (art. 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Disposición final. Toma de posesión.

Debido a que la publicación de la presente Resolución

coincidirá con el período vacacional de los funcionarios afectados por la misma, la vigente disposición surtirá efectos desde el día 1 (inclusive) de septiembre de 2003, empezando en dicha fecha los plazos de toma de posesión según la forma establecida en la Base Decimocuarta de la Resolución de convocatoria del concurso.

Cádiz, 9 de julio de 2003.- La Delegada, Manuela

Guntiñas López.

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