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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.? del Decreto 57/1987, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Andaluz de Consumo, a propuesta de la Directora General de Consumo, y en virtud de los artículos 39 y
44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y de la Administración General de la Comunidad Autónoma, así como del Decreto 138/2000, de 16 de mayo, por el que las competencias en estas materias quedan asumidas por la Consejería de Gobernación,
D I S P O N G O
Artículo único. Vengo en nombrar miembro suplente del Consejo Andaluz del Consumo a doña Concepción Martín Benítez por la Unión de Consumidores de Andalucía-UCE (UCE-Andalucía), con todas las atribuciones que le confiere la legislación vigente.
Sevilla, 11 de julio de 2003
ALFONSO PERALES PIZARRO
Consejero de Gobernación
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