Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 01/08/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?2 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento de separación núm. 71/2002.

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NIG: 2990141C20022000087.

Procedimiento: Separación contenciosa (N) 71/2002. Negociado: EG.

De: Doña Ezzouhra El Harchaoui Rehbany.

Procurador: Sr. Salvador Torres, Alejandro Ignacio.

Contra: Don Juan Enríquez Rodríguez.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento separación contenciosa (N) 71/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Dos de Torremolinos a instancia de Ezzouhra el Harchaoui Rehbany contra Juan Enríquez Rodríguez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA

En Torremolinos a cuatro de mayo de dos mil tres; el Sr. don Francisco Manuel Oliver Egea, Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. Dos de los de esta ciudad y su partido; habiendo visto los precedentes autos de separación matrimonial, seguidos con el número/02 a instancia de doña Ezzouhara el Harchaoui Rehbany, representada por el Procurador Sr. Salvador Torres, contra don Juan Enríquez Rodríguez en rebeldía. FALLO

Que declaro la separación matrimonial de los cónyuges doña Ezzouhara el Harchaoui Rehbany, representada por el Procurador Sr. Salvador Torres y don Juan Enríquez Rodríguez; quedan revocados los poderes de representación otorgados por ambos cónyuges entre sí.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y comuníquese al Sr. Encargado del Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes.

Todo ello sin declaración expresa de condena en costas a ninguno de los cónyuges.

Así, por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia. En la misma fecha, yo, la Secretaria, doy fe de su publicación.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Juan Enríquez Rodríguez, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a catorce de mayo de dos mil tres.- El/La Secretario.

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