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Por el Ayuntamiento de Andújar (Jaén) fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un inmueble colindante al Palacio de Justicia, ubicado en el núm. 5 de la calle Altozano de Santa Ana de dicho municipio, con destino a ampliar las actuales dependencias judiciales.
Por la Consejería de Justicia y Administración Pública se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar las dependencias judiciales del Partido.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 22 de julio de 2003, D I S P O N G O
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Andújar (Jaén) de un inmueble, con 320,32 m, que será segregado de la siguiente finca: Urbana sita en la calle Altozano de Santa Ana núm. 5 de Andújar, con superficie de 1.516,52 m tras las segregaciones efectuadas. Linda: Frente, fracción segregada y Altozano de Santa Ana; fondo, calle de los Viejos; izquierda, fracción segregada, herederos de Carmen Ruano y casa de la Obra Pía; y, derecha, fracción segregada y Antonio García Ortega.
Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad de Andújar, libre de cargas y a favor del Ayuntamiento de dicha localidad, a los folios 132 y siguientes y 182 del tomo 1.232, libro 204, y al folio 64 y siguiente del tomo 1.484, libro 290, finca núm. 6.188.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, la donación objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.
En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del inmueble donado, que se adscribe a la Consejería de Justicia y Administración Pública con destino a la ampliación del edificio judicial.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 22 de julio 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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