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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 18.3 de la Ley 9/2002, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, y tramitada la modificación conforme al artículo 28 de la Orden de 29 de marzo de 2001, por la que se establece el Programa Andaluz para el Fomento de la Economía Social, modificada por la de 12 de marzo de 2002, de la Resolución de 3 de junio de 2003 por la que se concede subvención por la medida de Asociacionismo regulada en el artículo 17 de la referida Orden, esta Dirección General
RESUELVE
Dar publicidad, conforme a los artículos arriba referidos, a la Resolución de 28 de julio de 2003 de esta Dirección General por la que se modifica la Resolución de 3 de junio de 2003 de concesión de subvención por la medida de Asociacionismo en el último de los puntos del resuelve 3.?, al objeto de ampliar el plazo de entrega de la documentación en él referida al expediente AS.003.AN/03, y en el punto del anexo relativo a este expediente por el que se amplía el plazo de ejecución a 31 de diciembre de 2004, a cuyo fin se encontrará expuesto en el tablón de anuncios de la Dirección General de Economía Social, sita en Avda. de Hytasa núm. 14. Edif. Junta de Andalucía, en Sevilla.
Sevilla, 29 de julio de 2003.- El Director General,
Fernando Toscano Sánchez.
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