Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 158 de 19/08/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 3 de julio de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una modificación de la línea aérea A.T.D/C Guillena-Santiponce entre los apoyos núms. 20 y 21. (PP. 2829/2003).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. con domicilio social en Madrid C/ Príncipe de Vergara, núm. 183 y domicilio a efectos de notificación en Sevilla, Avda. de la Borbolla, núm. 5, solicitó con fecha 7 de agosto de 2002, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución, para la modificación de la línea A.T. D/C 220 kV "Guillena- Santiponce" consistente en la sustitución de los apoyos núms. 20 y

21 dentro de la misma alineación del trazado, al objeto de mantener las distancias de seguridad, con el trazado de la futura autovía "Ruta de la Plata".

Esta modificación se efectuará a petición del Ministerio de Fomento.

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en BOJA núm. 129 de 5 de noviembre de 2002, y BOP de la provincia de Sevilla núm. 272 de 23 de noviembre de 2002.

Tercero. De acuerdo con los artículos 127 y 131 del R.D. 1955/2000 se remitieron separatas a los organismos afectados que se relacionan al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad a las instalaciones así como que emitiesen los condicionados correspondientes.

- Ayuntamiento de Salteras.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Ministerio de Fomento.

De estos organismos, unos contestaron y emitieron informe con condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria y de otros fue aceptada la propuesta del solicitante, ante el silencio producido una vez reiterada la solicitud de informe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto

1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decretos 244/2000, de 31 de mayo, y 102/2003, de 15 de abril, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguiente del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Primero. Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la modificación de la línea A.T. 220 kV, D/C, referenciada, solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

Origen: Apoyo núm. 20 de la línea que se sustituye y desplaza.

Final: Apoyo núm. 21 de la línea que se sustituye y desplaza.

Término municipal afectado: Salteras.

Longitud: 1,314 km.

Tipo: Aérea D/C.

Tensión: 220 kV.

Conductores/fase: LA-455.

Cable de tierra: Ac-50.

Apoyos modificación: Se sustituyen 2.

Aislamiento: U-120-BS.

Finalidad de la instalación: Mantener distancias de seguridad con el trazado de la nueva autovía Ruta de la Plata.

Segundo. Antes de proceder a la puesta en marcha de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Sevilla a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de julio de 2003.- El Director General, Jesús Nieto González.

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