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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. con domicilio social en Madrid C/ Príncipe de Vergara, núm. 183 y domicilio a efectos de notificación en Sevilla, Avda. de la Borbolla, núm. 5, solicitó con fecha 7 de agosto de 2002, autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución, para la modificación de la línea A.T. D/C 220 kV "Guillena- Santiponce" consistente en la sustitución de los apoyos núms. 20 y
21 dentro de la misma alineación del trazado, al objeto de mantener las distancias de seguridad, con el trazado de la futura autovía "Ruta de la Plata".
Esta modificación se efectuará a petición del Ministerio de Fomento.
Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en BOJA núm. 129 de 5 de noviembre de 2002, y BOP de la provincia de Sevilla núm. 272 de 23 de noviembre de 2002.
Tercero. De acuerdo con los artículos 127 y 131 del R.D. 1955/2000 se remitieron separatas a los organismos afectados que se relacionan al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad a las instalaciones así como que emitiesen los condicionados correspondientes.
- Ayuntamiento de Salteras.
- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
- Ministerio de Fomento.
De estos organismos, unos contestaron y emitieron informe con condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria y de otros fue aceptada la propuesta del solicitante, ante el silencio producido una vez reiterada la solicitud de informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto
1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decretos 244/2000, de 31 de mayo, y 102/2003, de 15 de abril, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.
Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguiente del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,
R E S U E L V E
Primero. Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la modificación de la línea A.T. 220 kV, D/C, referenciada, solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.
Origen: Apoyo núm. 20 de la línea que se sustituye y desplaza.
Final: Apoyo núm. 21 de la línea que se sustituye y desplaza.
Término municipal afectado: Salteras.
Longitud: 1,314 km.
Tipo: Aérea D/C.
Tensión: 220 kV.
Conductores/fase: LA-455.
Cable de tierra: Ac-50.
Apoyos modificación: Se sustituyen 2.
Aislamiento: U-120-BS.
Finalidad de la instalación: Mantener distancias de seguridad con el trazado de la nueva autovía Ruta de la Plata.
Segundo. Antes de proceder a la puesta en marcha de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.
2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Sevilla a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía
administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 3 de julio de 2003.- El Director General, Jesús Nieto González.
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