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La Comisión de Gobierno Municipal, en sesión de fecha 8 de noviembre de 2002, aprobó las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza vacante de Bibliotecario de esta Corporación, así como sus Anexos y su correspondiente Programa.
BASES POR LAS QUE HABRA DE REGIRSE LA CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE BIBLIOTECARIO/A DE LA PLANTILLA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PALOMARES DEL RIO, Y PERTENECIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL AÑO 2001
Primera. Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad la siguiente plaza:
Denominación del puesto/plaza: Bibliotecario/a. Número de plazas: Una.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: B.
Titulación exigible: Diplomado/a o Licenciado/a Universitario en cualquier especialidad de Humanidades o Ciencias Sociales. Sistema de selección: Concurso-oposición. Derechos de examen: 48,08 euros.
Segunda. Dotación presupuestaria.
La plaza está dotada con los haberes correspondientes a su Grupo.
Tercera. Características y modo de realización de las pruebas.
Las características y modo de realización de las pruebas se regirán por lo previsto en las presentes bases y, en su defecto, por lo establecido en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen Reglas Básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y por el Real Decreto
364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
Cuarta. Requisitos de los aspirantes.
a) Ser español. Asimismo, podrán ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
e) Estar en posesión del título de Diplomado o Licenciado Universitario en cualquier especialidad de Humanidades o Ciencias Sociales o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Quinta. Plazo para el cumplimiento de los requisitos. Los requisitos establecidos en la base anterior, así como aquellos otros que pudieran recoger en los Anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes. En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten, tanto su personalidad, como que reúnen los requisitos para tomar parte en las pruebas selectivas.
Sexta. Solicitudes.
Las solicitudes para participar en las pruebas objeto de esta convocatoria se formularán preferentemente en el modelo oficial, y deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado¯. Las
solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de ésta, sito en Plaza Andalucía, núm., de Palomares del Río. Para ser admitido, y en su caso tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referida a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de
instancias.
También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A las solicitudes habrá de acompañarse, además de los
justificantes de ingreso de los derechos de examen, relación detallada de los méritos que los aspirantes alegan para ser valorados en la fase de concurso, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias, así como los requisitos específicos exigidos en los correspondientes Anexos.
Además a la citada relación se adjuntará copia autentificada de la documentación que acredite estar en posesión de los méritos alegados.
Séptima. Aspirantes con minusvalía.
Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la
solicitud. Igualmente deberán solicitar expresamente las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los
aspirantes. Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar mediante certificación o informe expedido por el Organismo competente su condición de minusválido. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta habrá de acreditarse por un Servicio Médico.
Octava. Anuncio y publicidad de la convocatoria.
Conforme a los dispuesto en el artículo 97 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el anuncio de la convocatoria de las pruebas de acceso se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado¯.
Las presentes bases se publicarán en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y en «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía¯.
Novena. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos. De conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, en dicha Resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y en el tablón de anuncios de la Corporación, se indicará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de las causas de exclusión y plazo de subsanación de defectos.
En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número del Documento Nacional de Identidad, así como, en su caso, las causas de exclusión. Para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la citada Resolución.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran las causas de exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Décima. Tribunales.
El Tribunal estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Alcalde-Presidente o persona en quien delegue, que disfrutará de voto de calidad.
Vocales:
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- La Directora del Colegio Público Vicente Aleixandre, de Palomares del Río o persona en quien delegue.
- Un Asesor elegido o propuesto por la Alcaldía.
- El Presidente de la Asociación de Padres de Alumnos del Colegio Público Vicente Aleixandre, de Palomares del Río.
- Un representante de la Junta o Delegado de Personal de la Corporación.
- Secretario: El Secretario General de la Corporación o funcionario de carrera de la misma en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto.
La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
Los Tribunales se constituirán de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases, así como para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas. Asimismo, podrá incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.
Contra las Resoluciones adoptadas por el Tribunal y sin perjuicio de los recursos que pudieran interponerse de
conformidad con la legislación vigente, podrán los aspirantes presentar reclamaciones ante el propio órgano de selección, dentro del plazo improrrogable de cinco días.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
La composición del Tribunal que ha de juzgar las pruebas selectivas contenidas en las presentes bases será aprobada por Resolución de la Presidencia de la Corporación, determinándose, en el mismo acto, el lugar y fecha y hora del comienzo del primer ejercicio, anunciándose con al menos quince días de antelación a la fecha de comienzo del ejercicio en el «Boletín Oficial de la Provincia¯ y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y de la mitad al menos de sus miembros. El Tribunal celebrará su sesión
constitutiva en el plazo máximo de diez días desde su
designación, adoptándose en dicha sesión las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas y, en particular, decidirá lo que corresponda en orden a la puntuación de cada uno de los aspirantes en la fase de concurso establecido en la base undécima. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.
Undécima. Fase de concurso.
La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, se regirá por las siguientes normas:
Los aspirantes deberán acompañar a su instancia copia
autentificada de la documentación que acredite estar en posesión de los méritos alegados, para ser valorados por el Tribunal en la fase de concurso, de conformidad con el
siguiente baremo:
1. Cursos y seminarios.
Por la participación en cursos y seminarios, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:
Duración Cursos Oficiales.
- Cursos de 10 a 20 horas: 0,50 puntos.
- Cursos de 21 a 40 horas: 0,75 puntos.
- Cursos de más de 40 horas: 1 punto.
Se entenderá por curso oficial el impartido o convalidado por una Administración Pública u Organismo Público.
No se valorarán los cursos inferiores a 10 horas o que no determinen el número de las que constó.
2. Experiencia profesional:
- Por cada seis meses en puestos de igual o similar
categoría, desempeñando funciones propias de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, de población igual o similar a la de este municipio: 1,75 puntos.
- Por cada seis meses en puestos de trabajo, en los que se exija igual o similar titulación de la plaza a la que se opta, en la Administración Pública: 0,50 puntos.
La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
3. Otros méritos.
Estar en posesión del «Certificado de Asistencia al Curso de Usuarios del Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria ABSYS¯ otorgado por la Dirección General de Instituciones del
Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía: 1 punto.
4. Puntuación máxima en la fase de concurso.
La puntuación máxima en la fase de concurso será de 8 puntos, determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.
Duodécima. Fase de oposición.
1. Orden de actuación.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezca, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. La publicación del anuncio de celebración del segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente.
Cada ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Si en alguno de los temas o partes que contengan los ejercicios el aspirante obtuviera una calificación de 0 puntos, ello supondría la descalificación automática del mismo, quedando, por tanto, eliminado.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez puntos. Las calificaciones en cada ejercicio se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél. Cuando entre ellas exista una diferencia igual o superior a 4 puntos, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas por los miembros del tribunal. En caso de que la mayor o menor puntuación fueran varias, se eliminará únicamente una de ellas de cada clase.
2.1. Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema, a elegir por el aspirante entre los tres propuestos por el Tribunal, correspondiente al bloque I del temario que figura como Anexo I, para el cual los aspirantes dispondrán de un tiempo de 2 horas.
Se valorará en este ejercicio el planteamiento, el volumen y comprensión de los conocimientos, así como la claridad de ideas.
Posteriormente, el Tribunal emplazará a los aspirantes para que den lectura a la prueba teórica desarrollada, que será de carácter público y obligatorio, salvo que se compruebe una manifiesta imposibilidad.
2.2. Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto de planificación bibliotecaria elegido por el
aspirante entre dos propuestos por el Tribunal, en relación con las funciones propias de la plaza y con el programa de
materias. Los aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas para la realización del ejercicio y podrán utilizar los materiales que consideren necesarios. En este ejercicio se valorará globalmente la distribución, programaciones y
ordenaciones de espacios y servicios propuestas.
Posteriormente el Tribunal emplazará a los aspirantes para que den lectura a la prueba teórica desarrollada, que será de carácter público y obligatorio, salvo que se compruebe una manifiesta imposibilidad.
2.3. Tercer ejercicio: Consistirá en la redacción mediante procesador de textos del asiento bibliotecario, con
clasificación decimal universal y asignación de encabezamiento de materias, de cuatro obras impresas modernas en lengua castellana, elegidas por el aspirante de las ocho propuestas por el Tribunal en la misma sesión en que haya de celebrar el ejercicio. Para el desarrollo de esta prueba se podrán utilizar las reglas de catalogación, las tablas de la CDU y las listas de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes. El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos. El Tribunal procurará que los materiales sean iguales para todos los opositores y en caso de imposibilidad deberán ser, al menos, de características semejantes.
Estas tres pruebas de las que consta el ejercicio se celebrarán en las fechas, horas y lugares que previamente establezca el Tribunal.
Decimotercera. Puntuación final del concurso-oposición. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma total de la puntuación obtenida en la fase de oposición a la que se añadirá la puntuación de la fase de concurso, a los efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados.
Decimocuarta. Presentación de documentos y nombramiento. Dentro del plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se publique en el tablón de anuncios de la Corporación la relación definitiva de aprobados, los opositores que resulten aprobados deberán presentar en el Registro General de Documentos, sito en Plaza de Andalucía,, de Palomares del Río (Sevilla), o por alguno de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia, debidamente autentificada, del Documento
Nacional de Identidad.
b) Fotocopia, debidamente autentificada, del título exigido, o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título y resguardo justificativo de haber solicitado su expedición.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, alguno de los aspirantes propuestos no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos para ocupar la plaza, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas su actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia
solicitando tomar parte en el proceso de selección. En este caso, la Presidencia de la Corporación resolverá el
nombramiento a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la fase de oposición, figurara en el puesto inmediato inferior en orden de calificación al último aspirante propuesto. De la misma forma se actuará en caso de renuncia del aspirante propuesto.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera están exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya aprobados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente en tal caso certificado de la Administración Pública de la que dependa, acreditando su condición y las demás circunstancias que consten en su
expediente personal.
Una vez ratificada por la Presidencia de la Corporación la propuesta del Tribunal Calificador, el opositor u opositores nombrados habrán de tomar posesión en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente en que les sea notificado el nombramiento.
ANEXO I
TEMARIO DE LA OPOSICION
Bloque I. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios
Generales.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La Corona. Funciones, sucesión y refrendo.
Tema 4. El Gobierno. Composición y funciones.
Tema 5. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento.
Tema 6. La organización territorial del Estado, Administración Central, Autonómica y Local.
Tema 7. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Estructura y disposiciones generales. Idea general de las Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 8. El acto administrativo. Concepto, elementos y clases.
Tema 9. El procedimiento administrativo. Sus fases.
Tema 10. El Derecho Administrativo. Concepto y fuentes.
Tema 11. El Municipio. Concepto y elementos. La organización municipal.
Tema 12. Haciendas Locales. Recursos de las Entidades Locales.
Bloque II. Materias Específicas
Tema 1. Patrimonio bibliográfico español. Normativa legal.
Tema 2. La Ley de Bibliotecas de la Junta de Andalucía.
Tema 3. Planificación de servicios bibliográficos y
bibliotecarios. Sistemas y redes nacionales de información.
Tema 4. La organización bibliotecaria española. Competencias de las distintas Administraciones Públicas.
Tema 5. Organismos internacionales al servicio de las
bibliotecas IFLA, FID, ISO, UNESCO, etc.
Tema 6. Instalación y equipamiento de Bibliotecas. Preservación y conservación de materiales bibliotecarios.
Tema 7. Gestión y administración de Bibliotecas. Programas, recursos financieros y humanos. Control y evaluación de los servicios.
Tema 8. Selección y adquisición de libros y materiales
especializados: Criterios, fuentes y métodos.
Tema 9. Tratamiento técnico de fondos documentales. La
descripción ISBD. El formato MARC.
Tema 10. Organización, mantenimiento y control de fondos de la biblioteca.
Tema 11. Los catálogos. Concepto, clases y fines. Incidencia de las nuevas tecnologías en su elaboración.
Tema 12. Principales tipos de clasificación bibliográficas. Clasificación sistemáticas y alfabéticas. La CDU.
Tema 13. La automatización de la gestión y los servicios bibliotecarios.
Tema 14. Concepto y función de las bibliotecas. Clases de Bibliotecas.
Tema 15. Las Bibliotecas Nacionales. Concepto, funciones y servicios.
Tema 16. Las Bibliotecas Universitarias. Concepto y función.
Tema 17. Bibliotecas infantiles y escolares. Diferencias y similitudes.
Tema 18. Las Bibliotecas Públicas. Concepto, función y
servicios.
Tema 19. Servicios Bibliotecarios: Referencia e información bibliográfica. Formación de usuarios.
Tema 20. Servicios Bibliotecarios: Consulta de Sala, Préstamo, Reproducción de Documentos. Servicios de Extensión
Bibliotecaria y Extensión Cultura.
Tema 21. Servicios de las bibliotecas para distintos tipos de usuarios. Estudios de usuarios.
Tema 22. Las publicaciones periódicas en las bibliotecas. Hemerotecas.
Tema 23. Los nuevos soportes y tecnologías de la información y su aplicación a los servicios bibliotecarios Internet.
Tema 24. La cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes de bibliotecas.
Tema 25. Definición y objetivos de la bibliografía.
Tema 26. Estado actual de la bibliografía en el mundo. Control bibliográfico universal. Disponibilidad universal.
Tema 27. Bibliografía de bibliografías. Bibliografías generales y especializadas.
Tema 28. Bibliografías Nacionales. Bibliografía Española.
Tema 29. Bibliografías de publicaciones periódicas,
publicaciones oficiales y comerciales.
Tema 30. Los catálogos de las grandes bibliotecas. Catálogos Colectivos.
Tema 31. El Libro infantil. Obras de referencia y bibliografía.
Tema 32. El Libro y las bibliotecas en la Antigüedad.
Tema 33. El Libro y las bibliotecas en la Edad Media.
Tema 34. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
Tema 35. La imprenta en España durante el siglo XV.
Tema 36. El libro y las bibliotecas en el siglo XVI.
Tema 37. El libro y las bibliotecas en el siglo XVII.
Tema 38. El libro y las bibliotecas en el siglo XVIII.
Tema 39. El libro y las bibliotecas en el siglo XIX.
Tema 40. El libro y las bibliotecas en el siglo XX.
Tema 41. La encuadernación del libro. Panorama histórico general.
Tema 42. La ilustración del libro. Panorama histórico general.
Tema 43. Técnicas de restauración del libro y del documento.
Tema 44. La propiedad intelectual en España.
Tema 45. El Centro de Documentación. Técnicas de organización, funciones y características.
Tema 46. Concepto y tipología del documento. El documento primario y secundario.
Tema 47. Análisis documental. Indización.
Tema 48. Recuperación de la información. Búsquedas
retrospectivas y DSI.
Enterado de la convocatoria para cubrir una plaza vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla), perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Bibliotecario, Categoría Bibliotecario; Grupo de Clasificación B, y cuyas Bases fueron publicadas en el BOP núm. ........., de fecha ................, y BOJA núm. ..........., de fecha ..................;
S O L I C I T A
Sea admitida a trámite la presente, para lo cual declaro bajo mi responsabilidad estar en posesión de cuantos requisitos se establecen en las citadas Bases, referidos siempre a la fecha de la expiración del plazo de presentación de instancias, para participar en las oportunas pruebas selectivas.
A tal efecto, se acompaña la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI.
- Justificante de haber realizado el ingreso de la Tasa por Derechos de Examen (48,08 euros).
En Palomares del Río, a ........... de ............. de 2003
Fdo. ........................................................
A/a Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río (Sevilla).
Palomares del Río, 18 de diciembre de 2002.- El Alcalde, Antonio Peñuela Landero.
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