Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 02/09/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 20 de agosto de 2003, del Instituto Andaluz del Deporte, por la que se amplía el plazo por la resolución de concurso de méritos.

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Por Resolución del Director del Instituto Andaluz del Deporte, de fecha 8 de abril de 2003, se convocó concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el mismo (BOJA núm. 78, de 25 de abril).

La autoridad competente para resolver el citado concurso es el Director del Instituto Andaluz del Deporte, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte, de 21 de julio de 2001, por la que se delegan competencias sobre materia de personal en determinados órganos de la Consejería (BOJA núm. 84 de 24 de julio).

Por su parte, el apartado tercero de la Base Duodécima de la Resolución de convocatoria, establece que la resolución del concurso deberá efectuarse en el plazo de cuatro meses, pudiendo prorrogarse dicho plazo si concurren circunstancias excepcionales debidamente justificadas.

Teniendo en cuenta las incidencias sucedidas desde la publicación de las listas de adjudicatarios provisionales y la imposibilidad de reunir a la Comisión de Valoración, para su resolución, con la urgencia necesaria, se hace inviable el cumplimiento del plazo de resolución establecido por la convocatoria.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99, en uso de la competencia citada,

RESUELVO

Ampliar el plazo para resolver el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en este Instituto, convocado por Resolución de fecha 8 de abril de 2003, en dos meses.

Contra la presente Resolución, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.

Málaga, 20 de agosto de 2003.- El Director, Pedro Merino Mata.

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