Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 12/09/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 15 de julio de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de una modificación de la línea aérea AT 220 kV S/C Santiponce-Centenario entre los apoyos núms. 5 y 6. (PP. 2959/2003).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. con domicilio social en Madrid C/ Príncipe de Vergara, núm. 183 y domicilio a efectos de notificación en Sevilla, Avda. de la Borbolla, núm. 5 solicitó con fecha 26 de julio de 2002, Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución, para la modificación de la línea A.T. SIC 220 kV "Santíponce-Centenario" consistente en la sustitución de los apoyos núms. 5 y 6 y recrecido y reforzado del núm. 4 dentro de la misma alineación del trazado, al objeto de mantener las distancias de seguridad, con el trazado de la futura autovía "Ruta de la Plata".

Esta modificación se efectuará a petición del Ministerio de Fomento.

Segundo. De acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública insertándose anuncios en el BOJA núm. 85 de 7 de mayo de 2002, y BOP de la provincia de Sevilla núm. 287 de 13 de diciembre de 2002.

Tercero. De acuerdo con los artículos 127 y 131 del R.D.

1955/2000 se remitieron separatas a los organismos afectados que se relacionan al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad a las instalaciones así como que emitiesen los condicionados correspondientes.

- Ayuntamiento de Santiponce.

- Ayuntamiento de Camas.

- Ministerio de Fomento.

Estos organismos contestaron emitiendo informe con el correspondiente condicionado que fueron aceptados por la empresa peticionaria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la solicitada Autorización Administrativa de acuerdo con el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías y Decretos 244/2000, de 31 de mayo, y 102/2003, de

15 de abril, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguiente del R.D.

1955/2000, de 1 de diciembre.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Primero. Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de la modificación de la línea A.T. 220 kV, S/C, referenciada, solicitada por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.

Origen: Apoyo núm. 5 de la línea que se sustituye y desplaza.

Final: Apoyo núm. 6 de la línea que se sustituye y desplaza.

Términos municipales afectados: Santiponce y Camas.

Longitud: 0,320 km.

Tipo: Aéreas S/C.

Tensión: 220 kV.

Conductores/fase: LA-455.

Cable de tierra: OPGW-48.

Apoyos modificados: Se sustituyen 2 y se recrece y refuerza 1.

Aislamiento: U-120-1BS.

Finalidad de la instalación: Mantener distancias de seguridad con el trazado de la nueva Autovía Ruta de la Plata.

Segundo. Antes de proceder a la puesta en marcha de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo

siguiente:

1 . Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso se soliciten y autoricen, así como con los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de 1 año contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Sevilla a efectos de reconocimiento definifivo y emisión de la

correspondiente Acta de puesta en servicio.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía

administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tenológico, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de julio de 2003.- El Director General, Jesús Nieto González.

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