Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 15/09/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. N?13 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1231/2001. (PD. 3400/2003).

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NIG: 4109100C20010040940.

Procedimiento: Verbal-D.? rectificación (N) 1231/2001. Negociado: 2F.

Sección: Acción declarativa de dominio y rectificación de asiento registral.

De: Don Manuel Guerrero Cordero y doña María Pilar Salete Alhaja.

Procuradora: Sra. Natalia Martínez Maestre, 194.

Letrada: Sra. Begoña Ruiz Doblado.

Contra: Minerales Reunidos, S.A.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Verbal-D.? rectificación (N) 1231/2001 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla a instancia de don Manuel Guerrero Cordero y doña María Pilar Salete Alhaja contra Minerales Reunidos, S.A. sobre acción declarativa de dominio y rectificación de asiento registral, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue.

S E N T E N C I A

En la ciudad de Sevilla a tres de marzo de dos mil tres.

Vistos por don Miguel Angel Fernández de los Ronderos Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Sevilla, los presentes autos de juicio verbal, seguidos bajo el número 1231/2001-2.? a instancias de Manuel Guerrero Cordero y doña María del Pilar Salete Alhaja, representados por la Procuradora Sra. Martínez Maestre y asistidos de la Letrada Sra. Ruiz Doblado, contra la entidad Minerales Reunidos, S.A., declarada en rebeldía, sobre acción declarativa de dominio y rectificación registral.

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de don Manuel Guerrero Cordero y doña María del Pilar Salete Alhaja contra la entidad Minerales Reunidos, S.A., debo:

1.? Declarar que don Manuel Guerrero Cordero y doña María del Pilar Salete Alhaja son propietarios, con carácter ganancial, de la finca sita en el término municipal del Castillo de las Guardas, al sitio de Herrería Baja, señalada como casa núm. 1 de la manzana 24 C -Avenida Minas del Castillo 101-, con una superficie de ochenta y cinco metros y ochenta y nueve decímetros cuadrados, de los cuales tiene construidos en una sola planta treinta metros y vienticuatro decímetros cuadrados, convenientemente distribuida, y el resto sin edificar; linda al frente con zona de viales y rodeo de las edificaciones, por la derecha entrando con la casa número 2, por la izquierda con zona de viales y rodeo de las edificaciones, y por el fondo con zona de viales y rodeo de las edificaciones.

2.? Condenar a la entidad Minerales Reunidos, S.A., a estar y pasar por la anterior declaración.

3.? Ordenar la inscripción del dominio en el Registro de la Propiedad a favor de los actores, con cancelación de la inscripción existente a favor de la demandada Minerales Reunidos, S.A.

4.? Condenar a Minerales Reunidos, S.A., al abono de las costas causadas.

De la presente Sentencia dedúzcase testimonio que se unirá a los autos de su razón, y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días, conforme a la dispuesto en la LEC

1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia: Leída y publicada fue la anterior Sentencia el día de su fecha, doy fe.

Y con el fin que que sirva de notificación en forma a la demandada Minerales Reunidos, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla a diez de julio de dos mil tres.-El/La Secretario.

RESOLUCION de 3 de septiembre de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia la adjudicación del contrato de consultoría y asistencia que se indica.

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