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NIG: 4103841C19953000028.
Procedimento: Ejecutivos 301/1995. Negociado: S.
De: Banco Santander Central Hispano, S.A.
Procurador: Terrades Martínez, Manuel.
Contra: Don José Felipe Ocaña Serrano, Rosario Crespo Ponce, José Crespo Ponce e Ignacia Rodríguez Sobera.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Ejecutivos 301/1995 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Dos Hermanas a instancia de Banco Santander Central Hispano, S.A., contra José Felipe Ocaña Serrano, Rosario Crespo Ponce, José Crespo Ponce e Ignacia Rodríguez Sobera, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Dos Hermanas, a veintiocho de marzo de dos mil tres.
La Sra. doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Dos Hermanas y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ejecutivo 301/1995 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Banco Santander Central Hispano, S.A., representado por el Procurador don Terrades Martínez Manuel y bajo la dirección del Letrado don Antonio Villalobos Mateos, y de otra como demandados don José Felipe Ocaña Serrano, Rosario Crespo Ponce, José Crespo Ponce e Ignacia Rodríguez Sobera, que figura declarado/a en rebeldía, en reclamación de cantidad.
FALLO
Debo mandar y mando seguir adelante le ejecución despachada contra don José Felipe Ocaña Serrano, Rosario Crespo Ponce, José Crespo Ponce e Ignacia Rodríguez Sobera, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y con su importe íntegro pago a Banco Santander Central Hispano, S.A., de la cantidad de 1.711,05 euros de principal y los intereses pactados y costas causadas y que se causen en las cuales expresamente condeno a dichos demandados.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados José Felipe Ocaña Serrano, Rosario Crespo Ponce, José Crespo Ponce e Ignacia Rodríguez Sobera, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas, a uno de septiembre de dos mil tres.- El/La Secretario.
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