Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 19/09/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. N?5 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 37/2002. (PD. 3451/2003).

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NIG: 2990141C20025000043.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 37/2002. Negociado: LM.

De: Doña Dolores Páez Palomo.

Procurador: Sr. Magno Gómez, Eduardo.

Letrado: Sr. José Luis Campos García.

Contra: Centro Amaya, S.A.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento proced. ordinario (N) 37/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Cinco de Torremolinos a instancia de Dolores Páez Palomo contra Centro Amaya, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Torremolinos, 16 de diciembre de 2002.

Vistos por mí, Francisco Ramírez Peinado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Cinco de los de Torremolinos y su partido, los presentes autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el núm./2002, promovido a instancia de doña Dolores Páez Palomo, representada por el Procurador Sr. Magno Gómez y asistida por el Letrado Sr. Martín Morales, contra la mercantil Centro Amaya, S.A., declarada en rebeldía; en nombre de Su Majestad el Rey se dicta la siguiente

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Dolores Páez Palomo, representada por el Procurador Sr. Magno Gómez y asistida por el Letrado Sr. Campos García, contra la sociedad Centro Amaya, S.A., en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro pagado totalmente el precio de adquisición de la finca identificada en el fundamento jurídico primero de esta resolución y debo absolver y absuelvo a la sociedad demandada de la pretensión de condena ejercitada contra ella; sin efectuar expresa condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, comunicándoles que no es firme y que contra la misma cabe interponer en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada que fue la anterior sentencia, por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Centro Amaya, S.A., extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintiocho de julio de dos mil tres.- El/La Secretario.

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