Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 22/09/2003

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Consejería de Medio Ambiente

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, notificando acuerdo de iniciación, formulado en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del acuerdo de iniciación, formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts..4 y 61 de la Ley

30/92 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre de 1992, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándoles que en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente, en la Sección de Informes y Sanciones de esta Delegación Provincial de Medio Ambiente, C/ Sanlúcar de Barrameda, 3, de Huelva, pudiendo formular las alegaciones que a su derecho convenga, con la proposición y aportación de pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. 18 y 19 del R.D. 1398/93.

- Expediente: HU/2003/507/G.C./PES.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Jesús María Cortés Fernández, C/ Sevillanas, 13 dcha., Sevilla.

Hechos denunciados: El día 30 de mayo de 2003, en la zona de la Presa de Aracena, sita en el término municipal de la localidad y enclavada dentro del Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche, pescar con caña sin licencia.

Infracción: Art. 112.1 de Reglamento de Pesca Fluvial.

Tipificación: Art. 112.1 de Reglamento de Pesca Fluvial.

Sanción propuesta: Una multa de 370 euros por la infracción menos grave observada (art. 30.B de la Ley 2/89, de 18 de julio, Inventario de E.N.P de Andalucía).

- Expediente: HU/2003/423/G.C./FOR.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Doña María José Auden Martín, Plaza del Rocío, 4, Almonte (Huelva).

Hechos denunciados: El día 7 de abril de 2003, en el paraje "El Rincón", dentro de los límites de la zona de protección del arroyo de la Rocina del Parque Nacional de Doñana, sito en el término municipal de Almonte, realizar la poda de treinta y ocho (38) especies forestales de acebuche (olea europea), careciendo de autorización de la Consejería de Medio Ambiente. La finca se encuentra catalogada como zona de protección del arroyo de la Rocina por la Ley 91/78.

Infracción: Art. 76.4 de la Ley Forestal de Andalucía.

Tipificación: Art. 80.3 de la Ley Forestal de Andalucía.

Sanción propuesta: Una multa de hasta 6.010,12 euros por la infracción grave observada (art..B de la Ley Forestal de Andalucía).

Huelva, 5 de septiembre de 2003.- El Delegado, Justo Mañas Alcón.

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