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Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, de la Fundación denominada "Hispatec para la Investigación Tecnológica y Desarrollo" constituida y domiciliada en Almería, Camino de la Goleta, s/n, Edificio Hispatec.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación "Hispatec para la Investigación Tecnológica y Desarrollo", fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 20 de junio de 2003, ante don Alberto Ag?ero de Juan, Notario del Ilustre Colegio de Granada con residencia en Almería, con número de su protocolo 2.591, fundada por Grupo Hispatec Soluciones Globales, S.L. (Sociedad Unipersonal).
Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes:
La promoción y desarrollo de los estudios, docencia, investigación y desarrollo tecnológico en el ámbito económico, social y jurídico de la empresa.
Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por treinta mil euros (30.000 euros), de los cuales siete mil quinientos euros (7.500 euros), se encuentran desembolsados en la Caja Rural Intermediterránea, Sociedad Cooperativa de Crédito, de Almería, Avda. Montserrat, y el resto se encuentra garantizada mediante aval suscrito con la misma Entidad de Crédito.
Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por un mínimo de cinco miembros y un máximo de seis, siendo su Presidente el miembro designado por el Patronato, don José Manuel Jiménez Jiménez.
Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Consejería tiene asignadas, en virtud del Decreto
246/2000, de 31 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia, las competencias sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 50/2002, de
26 de diciembre, de Fundaciones por lo que, procede el reconocimiento de interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, RESUELVO
Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación "Hispatec para la Investigación Tecnológica y Desarrollo", domiciliada en Almería, Camino de la Goleta, s/n, Edificio Hispatec.
Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en las Escrituras Públicas de fecha 20 de junio de 2003.
Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o en el plazo de un mes
potestativamente recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia conforme a las disposiciones de los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Sevilla, 15 de septiembre de 2003
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación y Ciencia
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