Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Huércal (Almería), mediante Resolución de fecha 10 de julio de 2003, por la que se solicita dejar sin efecto el nombramiento a favor de don Guillermo Méndez Sánchez, con carácter provisional para el desempeño del puesto de trabajo de Interventor de ese Ayuntamiento, efectuado por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en el artículo del Real Decreto
1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de
13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, modificado por Decreto 121/2002, de 9 de abril por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Esta Dirección General ha resuelto:
Primero. Dejar sin efecto el nombramiento efectuado por la Dirección General de la Función Pública, a favor de don Guillermo Méndez Sánchez , con DNI 34.843.648-M, Interventor con carácter provisional, del Ayuntamiento de Huércal (Almería).
Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y
117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sevilla, 12 de septiembre de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.
Descargar PDF