Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2003

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

RESOLUCION de 30 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Jaén, sobre instalaciones eléctricas. (PP. 3224/2002).

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RESOLUCION SOBRE INSTALACIONES ELECTRICAS

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Cía. Sevillana de Electricidad, con domicilio en C/ Paseo de la Estación, núm. (Jaén), solicitando autorización para el establecimiento de una instalación eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

En relación con las alegaciones formuladas, en el período de información pública, por los propietarios afectados, y en concreto por doña Manuela Guerrero Martínez, manifiesta la existencia de una vivienda en finca núm. y muestra su disconformidad si la instalación implica peligro para las personas; circunstancias que se han tenido en cuenta por Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., conforme a normativa en vigor; doña Purificación Gómez, La Mayor, solicita que no se conceda la autorización y se modifique el proyecto en su trazado desviandolo a los linderos o, en su caso, se haga subterránea. No se motiva el cambio de trazado al reunir la línea las mejores condiciones técnicas; don Andrés Fonta López alega que en su día y de mutuo acuerdo se le afectaba 51 metros y no 90; no obstante, revisada la afección se detecta que la misma se ha incrementado, revisión sometida a autorización administrativa.

Examinado el expediente por la Dirección Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes manifiesta los siguientes condicionados:

1. Condicionado técnico.

1.º Las obras e instalaciones se ejecutarán sobre la base del proyecto presentado y de acuerdo con las siguientes prescripciones complementarias:

- La distancia del apoyo núm. a la arista exterior de la calzada más próxima deberá ser, como mínimo, vez y media la altura del poste (treinta y seis metros), según se establece en el art. 94.c) del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/94, de 2 de septiembre).

Se entiende que la arista exterior de la calzada es el borde exterior de la parte de la carretera destinada a la circulación de vehículos en general.

2.º La altura sobre la calzada de los conductores más bajos, en las condiciones de flecha más desfavorable será la indicada en los planos del Proyecto y, en ningún caso, inferior a siete (7) metros.

2. Condicionado legal.

1.º Al amparo de lo establecido en el Capítulo III. Uso y Defensa de la Carretera, de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, el promotor, y para la obra a ejecutar en la zona de afección de la carretera, debe requerir la previa autorización de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sin perjuicio de otras competencias concurrentes, siguiendo el procedimiento establecido en la Sección 6.ª, Régimen Jurídico de Autorizaciones Fuera de los Tramos Urbanos del Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

2. El promotor deberá depositar una fianza como garantía de la buena ejecución de las obras.

Esta Delegación Provincial ha resuelto:

Autorizar a Cía. Sevillana de Electricidad, S.A., para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características técnicas son las siguientes:

Finalidad: Dotar a la periferia de Torreperogil de una nueva alimentación en doble circuito, desde mejor servicio a la zona. Expte.: AT.8452.

Características de la instalación.

Línea aérea:

- Tensión: 25 kV.

- Longitud: 2.078 m.

- Origen: Cta. Fábrica de Harinas.

- Final: Cta. Seccionamiento Polígono Industrial de

Torreperogil.

- Conductor: LA-110 (Al-Ac de 116,2 mm¯ de sección total).

- Términos municipales afectados: Torreperogil.

Presupuesto en pesetas: 15.945.648.

Línea subterránea:

- Tensión: 25 kV.

- Longitud: 81 m.

- Origen: Apoyo núm. 10.

- Final: Cta. Fábrica de Harinas.

- Cable subterráneo: DHZ-10L 18/30 kV, 1 x-Al+H16.

- Término municipal afectado: Torreperogil.

- Presupuesto en pesetas: 2.157.057.

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza a los efectos señalados en la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, el interesado podrá recurrir en alzada ante el Excmo. Sr. Consejero, bien directamente o bien a través de esta Delegación Provincial, en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, en virtud de lo establecido en los artículos 48, 114 y 115 de la Ley antes citada.

Jaén, 30 de septiembre de 2002.- El Delegado, Juan de Dios Alcázar Serrano.

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