Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 07/10/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 265/2003, de 23 de septiembre, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería, perteneciente a la familia profesional de Arte Floral.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo

19.1, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en el ámbito de sus competencias.

La formación en general y la formación artística en particular, constituyen actualmente objetivos prioritarios de cualquier sociedad que se plantee de manera especial progresar. Por ello, la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, aborda, por primera vez en el contexto de una reforma del sistema educativo, a las enseñanzas artísticas, de las que forman parte las artes plásticas y el diseño, con dos finalidades fundamentales: Proporcionar a los alumnos y alumnas una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes. Asimismo, establece que las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño comprenden entre otros los estudios relacionados con las artes aplicadas y los oficios artísticos.

Si bien, la citada Ley contempla las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño en el Título Segundo, dentro de las enseñanzas de régimen especial, éstas se organizan en ciclos formativos de grado medio y de grado superior, según lo dispuesto en el Título Primero para las enseñanzas de formación profesional.

Los ciclos de grado medio han de proporcionar una cualificación completa y específica para el ejercicio de profesiones situadas en el ámbito artístico, con capacidad de utilizar las técnicas e instrumentos relativos a las mismas, tanto tradicionales como actuales, y permitir a los alumnos y alumnas que superen estos estudios, insertarse en la realidad productiva.

La superación de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño, de grado medio y grado superior, dará derecho a la obtención de los títulos de Técnico y Técnico Superior respectivamente, en la correspondiente profesión.

La organización de la formación específica en ciclos formativos de duración variable, con estructuración modular, ha de permitir flexibilizar interdisciplinarmente las secuencias de aprendizaje, conjugando perfectamente la formación técnica con la artística, aspectos propios e indisociables de unas enseñanzas artísticas. Organización y estructuración que también posibilitan una formación continua y permanente, en cuanto a reciclaje y actualización de conocimientos, así como la incorporación al sistema educativo de personas que lo hubieran abandonado con anterioridad.

Los programas formativos de cada título se inspiran en un perfil profesional, definido por el campo de actuación y por sus tareas más significativas, basado en el estudio del sector y con la participación de organizaciones empresariales, profesionales, artesanales y artísticas. Ello permite establecer un sistema de correspondencias con la práctica laboral.

La adaptación de los ciclos formativos al entorno, adquiere gran importancia como factor de desarrollo local, a nivel económico, social, histórico y cultural. Asimismo, una interesante novedad, es la posible colaboración de profesionales, artistas, críticos u otras personas de significación y relevancia, en determinados aspectos formativos, referidos a técnicas avanzadas e innovaciones. Esto, unido a la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, como parte integrante del currículo de los ciclos formativos, hace necesaria una coordinación continuada del centro educativo con los ámbitos productivo y artístico; además de la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, como función propia de las Escuelas. Todo ello ha de contribuir a situar a los alumnos, con realismo y sentido práctico, ante el inicio de la actividad profesional.

Estas enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño asumen un doble cometido, de un lado, preservan las prácticas artísticas fundamentales y tradicionales, y de otro incorporan la

renovación de técnicas, materiales y tendencias. Ello

contribuye a garantizar el conocimiento, conservación,

enriquecimiento y divulgación del patrimonio artístico y cultural español; en particular el de Andalucía, asegurado por la presencia en el catálogo de títulos, de ciclos formativos de profunda identidad andaluza. E igualmente, se incorporan al desarrollo curricular de todos los ciclos, las especificidades culturales, históricas, técnicas, económicas y sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Real Decreto 1742/1998, de 31 de julio, establece el título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico de Floristería,

perteneciente a la familia profesional de Arte Floral y sus correspondientes enseñanzas mínimas, por lo que procede de acuerdo con el artículo 8 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, desarrollar y completar diversos aspectos de ordenación académica, así como establecer el currículo de enseñanzas de dicho título en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, considerando los aspectos básicos definidos en el mencionado Real Decreto, así como los establecidos en el Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir.

- Experimentar con diferentes materiales y evaluar los

resultados de intervención.

- Investigar y elaborar soluciones a problemas constructivos en el plano y en el espacio, aplicando los elementos y relaciones del lenguaje formal.

- Mantener actitudes mentales creativas y la curiosidad necesaria en la investigación y experimentación con la forma.

- Valorar el orden en la elaboración y presentación de los trabajos y participar activa y positivamente en las propuestas de trabajo en grupo.

Contenidos:

1. El objeto artístico como producto. Percepción e

interpretación.

1.1. Forma del producto:

- Forma externa:

Textura: Natural, artificial, etc.

Calidades y acabados.

- Forma interna: Estructura. Génesis de estructuras.

- Articulación de la forma: Movimiento. Direcciones y ejes de movimiento. Dinámica de la forma.

- La forma: Función y contexto. Evolución de la forma.

- Conceptos formales de simplicidad y economía.

- La percepción de la forma:

Criterios de orden y complejidad. Variedad en la unidad.

Relaciones de armonía y contraste.

Cinética visual.

1.2. El lenguaje del producto:

- Percepción de un signo, interpretación de su significado y comprensión del sentido o intención.

- Señales del producto: Estabilidad, solidez, manejo,

precisión, relación con el cuerpo humano, versatilidad y ajustabilidad, contraste de colores, etc.

- El producto como símbolo. Las modas y la sociedad de consumo.

2. Métodos analíticos e intuición creativa.

2.1. Aplicación de métodos de análisis y síntesis. Presentación y representación de resultados:

- Introducción a los métodos inductivo y deductivo.

- Esquemas de análisis: Lineales, circulares, ramificados o árboles, etc.

- Fichas de análisis.

- Elaboración de conclusiones: Síntesis. Gráficos resumen.

- El dibujo como aplicación analítica y sintética: Dibujo mimético, dibujo del detalle o estudio, esquemas, bosquejos, etc.

- Aplicación del ordenador como herramienta del aula:

Análisis, creación y transformación de ideas u objetos.

Archivo visual y magnético.

2.2. Métodos para fomentar la creatividad: Actitudes mentales favorables y estrategias en el desarrollo de trabajos

intuitivos, su aprovechamiento en experiencias analíticas.

3. Pensamiento constructivo y trabajo material.

3.1. Adecuación entre el pensamiento estructural o constructivo y su expresión gráfica. El proceso de transposición del plano al volumen y viceversa:

- Dibujos de construcciones.

- Construcciones a partir de dibujos.

- El color como elemento constructivo y expresivo en la plástica y la gráfica.

3.2. Sensaciones espaciales a través de la interacción: Formal, lumínica, cromática, etc.

3.3. Conceptos materiales de simplicidad y economía:

- Limitación de material, de trabajo y de instrumentos. Relación esfuerzo-efecto.

- Múltiples soluciones con medios reducidos: Aplicación de la creatividad y el pensamiento divergente.

3.4. Intervención sobre los materiales:

- Características, comportamiento y comparación entre los diferentes materiales: elasticidad, resistencia, dureza, etc.

- Transformaciones y combinaciones a través de la aplicación de técnicas: Doblar, rayar, trazar, cortar, pegar, desgarrar, etc.

Criterios de evaluación.

- Definición de los rasgos esenciales y las características básicas de productos a través de la aplicación de los

diferentes métodos de análisis.

- Descripción y explicación de los elementos formales de objetos aislados, agrupados o en detalle, a través de dibujos, esquemas gráficos, etc.

- Propuesta de forma espontánea y en grupo soluciones

específicas para la mejora de productos.

- Observación y determinación del comportamiento de materiales variados al intervenir sobre ellos con técnicas diferentes y comparación de las características de los mismos.

- Estimación de las diversas propuestas constructivas de los materiales y las técnicas de intervención más adecuadas y la aplicación del concepto de economía material, formal y de trabajo.

- Uso de las tecnologías gráficas (CAD) como herramienta experimental en trabajos constructivos gráficos y plásticos.

- Construcción y trazado, manejando con soltura el lenguaje de las formas bidimensionales y tridimensionales.

- Obtención de composiciones a través de la disposición en el plano de elementos gráficos y plásticos e investigación de sus posibilidades constructivas en la transposición a un espacio tridimensional.

- Realización de apuntes gráficos de maquetas o construcciones previamente elaboradas, seleccionando y destacando los

elementos más expresivos en su representación bidimensional.

- Proposición de relaciones formales nuevas e insólitas.

- Recopilación de información y uso acertado en tareas de investigación.

- Establecimiento y empleo de un proceso lógico y ordenado de trabajo.

- Presentación de los trabajos con puntualidad, exactitud, limpieza, corrección e imaginación.

- Actitudes de respeto y solidaridad con el grupo y con el entorno.

MODULO 5: FUNDAMENTOS DE JARDINERIA

Duración: 272 horas.

Objetivos:

- Conocer los elementos vegetales, las técnicas, materiales, herramientas y maquinaria precisas para la instalación de jardines, terrazas y decoraciones con plantas vivas, así como su posterior conservación y mantenimiento.

- Adquirir los conocimientos científicos necesarios sobre los elementos botánicos, clasificación, funciones y fisiología vegetal.

- Conservar las especies vegetales utilizadas como flor cortada y follaje verde en floristería.

- Conocer las alteraciones fisiopatológicas (accidentes, plagas y enfermedades) de las plantas ornamentales cultivadas, así como los tratamientos preventivos y curativos.

Contenidos:

1. Materiales, herramientas y maquinarias.

1.1. Principales materiales naturales y secos.

1.2. Utiles y herramientas fundamentales para la jardinería.

1.3. Maquinaria.

1.4. Instalaciones básicas de riego y de iluminación.

2. Generalidades.2.1. Botánica: Conocimientos fundamentales.

- Clasificación y nomenclatura.

- Geografía botánica. Tipos de jardines.

2.2. Características y condiciones ambientales:

- El clima.

- Suelos: Tipos y características.

- Condicionantes socioeconómicos.

- Enmiendas orgánicas.

2.3. Material vegetal: Origen de las plantas. Multiplicación del material vegetal.

2.4. Fisiología de la conservación de los productos vegetales. Procesos de marchitamiento y senescencia: Factores ambientales, factores genéticos, condicionantes del cultivo y condicionantes del transporte.

2.5. Conservantes. Por especie, flor cortada y follajes.

2.6. Procesos de secado.

2.7. Fitopatología. Conceptos y productos básicos.

2.8. Plagas: Tipos más comunes. Enfermedades características: Hongos, virus y bacterias. Animales perjudiciales. Malas hierbas.

2.9. Cultivos hidropónicos.

2.10. Conservación y protección del medio ambiente. Medidas preventivas y seguridad en el taller.

3. Técnicas.

3.1. Concepción y realización de cultivos de jardines.

Principales conceptos.

3.2. Plantación: preparación, siembras. Jardineras.

3.3. Conservación y mantenimiento.

3.4. Introducción a las técnicas de riego y de poda.

3.5. Estudios y tratamiento fitopatológicos fundamentales.

3.6. Técnicas básicas de preparación y conservación de flor cortada y follaje: Hidratación, prerrefrigeración y

refrigeración.

3.7. Técnicas de secado.

Criterios de evaluación:

- Adquisición de los conocimientos teóricos y capacidad para su aplicación práctica.

- Capacidad para realizar, conservar y mantener cultivos de jardines.

- Aplicación correcta de los procesos de conservación y manipulación de flores y follajes.

- Reconocimiento de los principales accidentes, plagas y enfermedades que afectan a las plantas cultivadas.

- Capacidad para determinar los métodos preventivos, establecer calendarios y tratamientos fitosanitarios.

- Actitud adecuada en el cuidado del material vivo, en relación a su adaptación al medio.

- Capacidad para relacionar el conocimiento adquirido con valoraciones estéticas.

MODULO 6: TALLER BASICO DE ARTE FLORAL

Duración: 532 horas.

Objetivos:

- Conocer los materiales naturales, artificiales, secos y de complemento utilizados en el arte floral.

- Conocer los estilos, técnicas de montaje y ornamentación floral existentes en el mercado para su posterior realización y aplicación.

- Aplicar los conocimientos teóricos a la práctica del arte floral.

- Utilizar la técnica con sentido artístico personal.

- Utilizar óptimamente los elementos florales y no florales empleados en las decoraciones y composiciones de ornamentación floral.

- Conocer y utilizar los conocimientos sobre color para conseguir mejores efectos en los trabajos de ornamentación floral.

- Seleccionar correctamente la base apropiada al diseño que se realiza.

- Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

- Realizar con orden y limpieza el trabajo.

Contenidos:

Primer curso:

1. Materiales y herramientas.

1.1. Principales materiales.

1.2. Herramientas básicas de manipulación.

1.3. Utiles para la decoración en natural y seco.

2. Generalidades.2.1. El taller: Orden y colocación de las flores y plantas.

- Limpieza, corte y conservación.

2.2. Almacén de floristería. La gestión de almacén:

- Almacenaje del material perecedero, semiperecedero e

imperecedero. Contenedores.

- Reciclaje y clasificación del material de deshecho.

Aprovisionamiento. Protección del medio ambiente.

2.3. Jardinería de interior. Concepto de planta interior. Factores ambientales. Luz. Agua Humedad relativa. Substratos de cultivos. Hidroponía. Elección de especies.

2.4. Concepto de punto vegetativo. Cobertura de base. Punto óptimo.

3. Técnicas.

3.1. Técnicas básicas de manipulación.

3.2. Técnicas fundamentales de alambrados de flores, de hojas y elementos no florales.

3.3. Técnicas y sistemas de ramos y coronas aplicados a su funcionalidad: de mano, centro, ramo de novia, etc.

3.4. Composiciones básicas en recipiente: formales, lineales, vegetativas, en paralelo.

Segundo curso:

1. Materiales, herramientas y maquinaria.

1.1. Materiales naturales y no florales: Clasificación y disposición.

1.2. Herramientas de manipulación.

1.3. Maquinaria.

2. Generalidades.2.1. Carácter y naturaleza de las flores y plantas: Botánica aplicada, la naturaleza como fuente de inspiración del arte floral.

2.2. Principios del color aplicados al arte floral.

2.3. El escaparate en la tienda de flores: pavimentos,

materiales de revestimientos y de soportes. Iluminación e integración de los elementos.

2.4. Principios compositivos aplicados a una composición floral: Simetría y asimetría en las composiciones y

decoraciones. Regla de oro.

3. Técnicas.

3.1. Técnicas del alambrado con distintos materiales.

Utilización de esponjas, técnicas de la espiral.

3.2. Técnicas y características en trabajos compositivos: Regalos, mesas para celebraciones, funerarios, navideños, grandes dimensiones.

3.3. Técnicas de trabajos para ornamentación aplicada al escaparatismo: Simbología, señalización y composición de objetos y elementos. Iluminación. Composición de elementos vegetales con objetos.

3.4. Técnicas de mantenimiento y sistemas de riego.

Criterios de evaluación:

- Comprensión de los conceptos y aplicar los materiales según sus características, y conocimiento de las especificaciones técnicas y las posibilidades de uso de las máquinas, utillaje y herramientas propios del taller básico de arte floral. - Capacidad para proporcionar soluciones técnicas correctas en la realización de la ornamentación floral y creación de ambientes con los medios a su alcance impartidos y utilizados en el curso e integración correcta de elementos y espacios decorativos con flores y plantas.

- Destreza en el alambrado de flores y hojas, entripado y atado.

- Organización correcta del tiempo de realización de las composiciones para su posterior colocación, así como los espacios y presentar correctamente el trabajo.

- Destreza, juicio estético y selección de los materiales correctos, en el desarrollo de cualquier composición.

- Desarrollo adecuado de la creatividad, el sentido estético y el espíritu crítico.

- Actitud participativa y capacidad de trabajo en equipo, así como una actitud responsable y comprensiva con la conservación del medio ambiente, en el uso de materiales y procedimientos propios del taller.

- Reconocimiento de las formas y aplicación de las técnicas específicas de la especialidad en Andalucía.

MODULO 7: FORMACION Y ORIENTACION LABORAL

Duración: 84 horas.

Objetivos:

- Conocer el marco legal del trabajo y los derechos y

obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.

- Realizar actividades o tareas asociativas que desarrollen actitudes de cooperación, solidaridad y de trabajo en equipo.

- Identificar las capacidades, intereses y el itinerario profesional más idóneo.

- Conocer los distintos mecanismos de acceso al empleo, por cuenta ajena o propia, así como las ayudas de organismos e instituciones locales, nacionales y comunitarias dedicadas a este fin.

- Adquirir los conocimientos legales, económicos, comerciales y sociales que permitan administrar y gestionar una

pequeña y mediana empresa o funcionar como profesional

autónomo.

- Conocer los instrumentos jurídicos, empresariales y

profesionales propios de la especialidad.

- Conocer las distintas variables socioeconómicas y su relación con las de Andalucía.

Contenidos:

1. Marco jurídico de las relaciones laborales y profesionales.

1.1. Aspectos básicos de Derecho Laboral: Nacional y

comunitario. Normas fundamentales.

1.2. Reglamentación específica: Ambito profesional:

Dimensiones, elementos y relaciones.

1.3. Seguridad Social y otras prestaciones.

2. Sistemas de acceso al empleo.

2.1. El mercado de trabajo: estructura. Perspectiva local, autonómica, nacional y comunitaria.

2.2. Técnicas y organismos que prestan ayuda a la inserción laboral:

- Fuentes de información.

- Oferta y demanda de empleo.

- Selección de personal.

2.3. Iniciativas para el trabajo por cuenta propia:

- El autoempleo: procedimientos y recursos.

2.4. Análisis y evaluación del propio potencial profesional y de los intereses personales:

- Técnicas de autoconocimiento. Autoconcepto.

- Técnicas de mejora.

2.5. Hábitos sociales no discriminatorios. Programas de igualdad.

2.6. Itinerarios formativos y profesionalizadores.

2.7. Toma de decisiones.

3. Conceptos básicos de economía y mercadotecnia.

3.1. Actividad económica y sistemas económicos.

3.2. Producción e interdependencia económica.

3.3. Intercambio y mercado. Tendencias y comportamientos.

3.4. Variables macroeconómicas e indicadores socioeconómicos.

3.5. Aspectos elementales de la economía en Andalucía.

4. La empresa.

4.1. Estructura, organización y cultura empresarial.

4.2. Descripción de los distintos modelos jurídicos de empresas mercantiles: características.

4.3. Las empresas de economía social.

4.4. El empresario individual:

- Trámites para el inicio de la actividad empresarial.

Viabilidad.

- Programas de financiación y ayudas a empresas.

5. Administración y gestión de la pequeña y mediana empresa.

5.1. Documentos básicos y nociones de técnicas contables.

5.2. Obligaciones jurídicas y fiscales. Cumplimentación de documentos y calendario fiscal.

6. Legislación en materia de obras de arte.

6.1. Breve reseña histórica: antecedentes y evolución.

Normativa básica.

6.2. Propiedad intelectual y derechos de autor: Registro y entidades de gestión.

6.3. Propiedad industrial.

Criterios de evaluación:

- Demostración a través de los resultados esperados, del nivel de consecución de los objetivos previstos, expresados en términos de capacidades.

- Interés por el módulo, de manera activa y participativa.

- Uso correcto de la terminología específica referida a aspectos económicos, laborales, de marketing y mercadotecnia, jurídicos o empresariales.

- Valoración de la normativa específica por la que se rige este campo profesional.

MODULO 8: OBRA FINAL

Duración mínima: 25 horas.

b) FORMACION EN CENTROS DE TRABAJO

MODULO 9: FASE DE FORMACION PRACTICA EN EMPRESAS, ESTUDIOS O TALLERES

Duración mínima: 25 horas.

4. Relación de módulos y duraciones del ciclo formativo de grado medio de floristería: Familia profesional de Arte Floral.

5. Correspondencias y convalidaciones.

a) Módulos que pueden ser objeto de correspondencia con la práctica laboral:

- Fundamentos de Jardinería.

- Taller básico de Arte Floral.

- Formación y orientación laboral.

Asimismo, podrán quedar total o parcialmente exentos de la Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, quienes acrediten experiencia laboral en el campo profesional

directamente relacionado con este ciclo formativo.

b) Módulos del ciclo formativo de grado medio de Floristería: Familia profesional de Arte Floral, que pueden ser objeto de convalidación por materias de modalidad del Bachillerato de Artes:

MódulosMaterias

DibujoDibujo artístico I

ANEXO II

PROFESORADO

ESPECIALIDADES Y CUERPOS DEL PROFESORADO QUE DEBE IMPARTIR LOS MODULOS DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO DE ARTES PLASTICAS Y DISEÑO CORRESPONDIENTES A LA FAMILIA PROFESIONAL DE ARTE FLORAL

En la tramitación de la presente norma ha sido atendido el informe del Consejo Escolar de Andalucía.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo

26.5 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y

Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, y a propuesta de la persona titular de la Consejería de Educación y Ciencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de septiembre de 2003.

D I S P O N G O

CAPITULO I

ORDENACION ACADEMICA DEL TITULO DE ARTES

PLASTICAS Y DISEÑO DE TECNICO EN FLORISTERIA

Artículo 1. Objeto.

El presente Decreto viene a establecer en la Comunidad Autónoma de Andalucía la ordenación de las enseñanzas correspondiente al título de Artes Plásticas y Diseño, perteneciente a la familia profesional de Arte Floral de:

- Técnico en Floristería.

Artículo 2. Finalidades.

Las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño conducentes a la obtención del título a que se refiere el artículo 1, con validez académica y profesional en todo el territorio nacional, tienen como finalidad proporcionar a los alumnos la formación necesaria para:

a) Adquirir una formación artística de calidad, que les permita obtener la capacidad para valorar la importancia de las artes plásticas como lenguaje artístico y medio de expresión

cultural, desarrollando su creatividad y sensibilidad artística y tomando conciencia de las posibilidades de realización profesional que todo ello implica.

b) Adquirir la competencia profesional característica de los títulos de Artes Plásticas y Diseño de esta familia

profesional, permitiéndoles desarrollar la capacidad y

conocimientos necesarios para resolver cuantos problemas se presenten en el desarrollo de su actividad profesional, así como para adaptarse a la evolución de los procesos técnicos y de las concepciones artísticas.

Artículo 3. Objetivos.

Asimismo, estas enseñanzas tienen como objetivo en cuanto ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño de grado medio, proporcionar a los alumnos y alumnas la formación necesaria para:

a) Realizar obras que posean rigor técnico y sensibilidad expresiva, a través del desarrollo de su personalidad

artística, sus facultades y cultura plástica.

b) Interpretar y llevar a efecto los proyectos de los

profesionales de niveles superiores.

c) Integrar procesos técnicos y artísticos de realización.

d) Conocer, comprender y dominar el comportamiento y las propiedades tecnológicas más características de los materiales que se utilicen, así como los procesos tecnológicos inherentes a su actividad artística y profesional.

e) Desarrollar la capacidad de investigación de formas con un enfoque pluridisciplinar.

f) Conocer los aspectos organizativos, económicos y jurídicos que inciden en las relaciones laborales y en el ámbito

empresarial, orientados a su incorporación al sector

profesional, ya sea como profesional autónomo o asalariado.

Artículo 4. Duración.

La duración del ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño para los que se establecen las enseñanzas por el presente Decreto, es la que se indica en el apartado 1.3 del Anexo I.Artículo 5. Organización.

Las enseñanzas correspondientes a los títulos de Artes

Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería, se organizan en módulos.

Artículo 6. Concepto de módulo.

A efectos de lo dispuesto en el presente Decreto, el concepto módulo se considerará equivalente al término materia teórica, materia teórico-práctica y clases prácticas a que se refiere el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas.

Artículo 7. Estructura.

Los módulos que constituyen el currículo de enseñanzas en la Comunidad Autónoma de Andalucía conducentes a la obtención del título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería, son los establecidos en el apartado 3.2 del Anexo I.

Artículo 8. Fase de formación práctica.

1. De conformidad con el artículo 48.4 de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, el currículo de los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño incluirá una fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, que podrá consistir tanto en la realización de prácticas en entidades de

titularidad pública o privada, como en trabajos profesionales académicamente dirigidos e integrados en el currículo, así como aquellas efectuadas en el marco de programas de intercambio nacional e internacional.

2. La fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres tendrá por finalidades:

a) Complementar los conocimientos, habilidades y destrezas de los módulos que integran el currículo de la formación en el centro educativo.

b) Contribuir al logro de las finalidades y los objetivos previstos respectivamente en los artículos 2 y 3 del presente Decreto y de los objetivos propios del ciclo formativo, establecidos en el apartado 3.1 del Anexo I.

3. La Consejería de Educación y Ciencia regulará la

organización, duración y evaluación de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, pudiendo quedar total o parcialmente exentos de ella quienes acrediten

experiencia laboral en el campo profesional directamente relacionado con el correspondiente ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño, de conformidad con la Orden de 6 de junio de 2000, sobre exención total o parcial de la fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres de los ciclos formativos de artes plásticas y diseño.

Artículo 9. Proyecto.

1. Para la obtención del título, el currículo determinará el proyecto que deberán superar los alumnos y alumnas, una vez aprobados los demás módulos del correspondiente ciclo. En el proyecto, los alumnos y alumnas deberán acreditar el dominio de los conocimientos y métodos científicos y artísticos exigibles para el ejercicio profesional de su especialidad.

2. Con este fin, el alumnado elaborará una obra final

perteneciente al campo concreto de dicha especialidad,

acompañada de una memoria explicativa de la misma.

3. La Consejería de Educación y Ciencia regulará el

procedimiento de elaboración y evaluación de la obra final.

Artículo 10. Currículo.

1. Las duraciones, los objetivos, los contenidos y los

criterios de evaluación de los módulos correspondientes al ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de Arte Floral, se establecen en el apartado 3.2 del Anexo I.

2. Sin menoscabo de las duraciones mínimas de los módulos de Obra final y de Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres establecidas en el Anexo I, la Consejería de Educación y Ciencia dictará las disposiciones necesarias a fin de que los centros educativos puedan elaborar los proyectos curriculares de los ciclos formativos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 del presente Decreto.

Artículo 11. Horarios.

La Consejería de Educación y Ciencia establecerá los horarios correspondientes para la impartición de los módulos que componen las enseñanzas del título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería en la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

Artículo 12. Entorno económico, social y cultural.

Los centros docentes tendrán en cuenta el entorno económico, social y cultural y sus posibilidades de desarrollo, al establecer las programaciones de cada uno de los módulos profesionales y del ciclo formativo en su conjunto.

Artículo 13. Profesorado.

En el Anexo II del presente Decreto se establecen las

especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño que deben impartir cada uno de los módulos de los ciclos formativos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se adscriben a ellas los profesores de dichos Cuerpos y se determinan los módulos, asignaturas y materias que deberán impartir.

La Consejería de Educación y Ciencia dispondrá lo necesario para el cumplimiento de lo indicado en el punto anterior, y adoptará las medidas necesarias para facilitar el desarrollo de las enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Artículo 14. Autorización de centros privados.

La autorización a los centros privados para impartir enseñanzas correspondientes al título de Artes Plásticas y Diseño que se regula en el presente Decreto, se realizará de conformidad con el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas, así como, con el Decreto 193/1997, de 29 de julio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas.

CAPITULO II

LA TUTORIA, LA ORIENTACION ESCOLAR, LA ORIENTACION PROFESIONAL Y LA FORMACION PARA LA INSERCION LABORAL

Artículo 15. Tutoría.

1. La tutoría, la orientación escolar, la orientación

profesional y la formación para la inserción laboral, forman parte de la función docente. Corresponde a los centros

educativos la programación de estas actividades, conforme con lo establecido a tales efectos por la Consejería de Educación y Ciencia.

2. Cada grupo de alumnos y alumnas tendrá un profesor tutor.

3. La tutoría a un grupo de alumnos y alumnas tiene como funciones básicas, entre otras, las siguientes:

a) Conocer las actitudes, habilidades, capacidades e intereses de los alumnos y alumnas con objeto de orientarles más

eficazmente en su proceso de aprendizaje.

b) Contribuir a establecer relaciones fluidas entre el centro educativo y el alumnado.

c) Coordinar la acción educativa de todos los profesores que trabajan con un mismo grupo de alumnos.

d) Coordinar el proceso de evaluación continua de los alumnos y alumnas.

4. Con objeto de facilitar y apoyar las labores de tutoría, de orientación escolar, de orientación profesional y de formación para la inserción laboral de los alumnos y alumnas, los centros docentes podrán contar con el asesoramiento del Servicio de Inspección Educativa, de los Asesores Técnicos adscritos a los Centros de Profesorado y del correspondiente Equipo Orientación Educativa.

Artículo 16. Orientación escolar y profesional.

La orientación escolar y profesional, así como la formación para la inserción laboral, será desarrollada de modo que al final del ciclo formativo los alumnos y alumnas alcancen la madurez académica y profesional necesaria para elegir las opciones más acordes con sus habilidades, capacidades e intereses.

CAPITULO III

ATENCION A LA DIVERSIDAD

Artículo 17. Necesidades educativas especiales.

La Consejería de Educación y Ciencia en virtud de lo

establecido en el artículo 16 del Real Decreto 676/1993, regulará para los alumnos con necesidades educativas

especiales, el marco normativo que permita las posibles adaptaciones curriculares, para el logro de las finalidades y de los objetivos establecidos respectivamente en los artículos

2 y 3 del presente Decreto.

Artículo 18. Educación a distancia y de las personas adultas.

La Consejería de Educación y Ciencia podrá adecuar las

enseñanzas establecidas en el presente Decreto a las peculiares características de la educación a distancia y de la educación de las personas adultas, de conformidad con la normativa vigente.

CAPITULO IV

DESARROLLO CURRICULAR

Artículo 19. Proyecto curricular.

1. Dentro de lo establecido en el presente Decreto, los centros educativos dispondrán de la autonomía pedagógica necesaria para el desarrollo de las enseñanzas y su adaptación a las

características del entorno socioeconómico, artístico, cultural y profesional.

2. Los centros docentes concretarán y desarrollarán las enseñanzas correspondientes al título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería, mediante la elaboración de un Proyecto Curricular del ciclo formativo que responda a las necesidades de los alumnos en el marco general del Proyecto de Centro.

3. El Proyecto Curricular al que se refiere el apartado anterior atenderá siempre a un carácter de

interdisciplinariedad y contendrá, al menos, los siguientes elementos:

a) Organización de los módulos impartidos en el centro

educativo.

b) Planificación y organización del módulo de fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.

c) Criterios sobre la evaluación de los alumnos y alumnas con referencia explícita al modo de realizarla.

d) Criterios sobre la evaluación del desarrollo de las

enseñanzas del ciclo formativo correspondiente.

e) Organización de la orientación escolar, de la orientación profesional y de la formación para la inserción laboral.

f) Las programaciones elaboradas por los Departamentos.

g) Necesidades y propuestas de actividades de formación del profesorado.

Artículo 20. Programaciones.

1. Los Departamentos de los centros educativos que imparta el ciclo formativo de grado medio de Floristería elaborarán programaciones para los distintos módulos.

2. Las programaciones a las que se refiere el apartado anterior deberán contener, al menos, la adecuación de los objetivos específicos de los respectivos módulos, formulados en términos de capacidades, al contexto socioeconómico, cultural, artístico y profesional del centro educativo y a las características de los alumnos, la distribución y el desarrollo de los contenidos, los principios metodológicos de carácter general y los

criterios sobre el proceso de evaluación, así como los

materiales didácticos para uso de los alumnos y alumnas.

3. Los Departamentos al elaborar las programaciones tendrán en cuenta lo establecido en el artículo 10 del presente Decreto.

CAPITULO V

EVALUACION

Artículo 21. Evaluación.

1. Los profesores evaluarán los aprendizajes de los alumnos y alumnas, los procesos de enseñanza y su propia práctica docente. Igualmente evaluarán el Proyecto Curricular, las programaciones de los módulos y el desarrollo del currículo en relación con su adecuación a las necesidades educativas del centro, a las características específicas de los alumnos y al entorno socioeconómico, cultural, artístico y profesional.

2. La evaluación de las enseñanzas del ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de Arte Floral, se realizará teniendo en cuenta los objetivos y los criterios de evaluación establecidos en los módulos, así como los objetivos generales del correspondiente ciclo formativo y las finalidades de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.

3. La evaluación de los aprendizajes de los alumnos se

realizará por módulos. Los profesores considerarán el conjunto de los módulos, así como la madurez académica, artística y profesional de los alumnos y alumnas en relación con los objetivos del ciclo formativo y sus posibilidades de inserción en el sector productivo. Igualmente, considerarán las

posibilidades de progreso en los estudios posteriores a los que puedan acceder.

4. El número máximo de convocatorias por módulo profesional será de cuatro. Excepcionalmente, la Consejería de Educación y Ciencia, podrá autorizar una convocatoria adicional de acuerdo con la Orden de 12 de mayo de 2000, por la que regula la convocatoria adicional en los ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño en las Escuelas de Arte.

5. Los centros educativos establecerán en sus respectivos Reglamentos de Organización y Funcionamiento el sistema de participación de los alumnos en las sesiones de evaluación.

CAPITULO VI

ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS

Artículo 22. Requisitos académicos.

1. Para acceder al ciclo formativo de Artes Plásticas y Diseño que se regula en el presente Decreto será preciso estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o haber superado los cursos declarados equivalentes al mismo, según se establece en los Anexos I, II y VI del Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, y superar la correspondiente prueba de acceso a la que se refiere el artículo 47 de la Ley Orgánica 1/1990, anteriormente citada.

2. La Consejería de Educación y Ciencia determinará la

estructura, contenido y criterios de calificación de la prueba de acceso a la que se hace referencia en el punto anterior. Dicha prueba permitirá acreditar las aptitudes necesarias para cursar las enseñanzas del ciclo formativo con aprovechamiento.

Artículo 23. Sin requisitos académicos.

1. No obstante lo previsto en el artículo anterior, será posible acceder al ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de Arte Floral sin estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria. Para ello, el aspirante deberá tener cumplidos los diecisiete años de edad y superar una prueba de acceso en la que demuestre tener tanto madurez intelectual, acreditada a través del dominio de las capacidades ling?ísticas, de razonamiento y de conocimientos fundamentales de la etapa educativa anterior relacionados con la enseñanza a la que aspira, como las habilidades y aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas del ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de Arte Floral.

2. Los centros educativos organizarán y evaluarán la prueba de acceso al ciclo formativo de grado medio de Floristería de acuerdo con la regulación que la Consejería de Educación y Ciencia establezca.

Artículo 24. Exenciones.

Estarán exentos de realizar la prueba de acceso prevista en el artículo vigésimo segundo del presente Decreto, los alumnos y alumnas que estuvieran en posesión del título de Técnico o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de la familia profesional de Arte Floral, o hubieran superado con

aprovechamiento los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de los planes de estudios establecidos por el Decreto 2127/1963, de 24 de julio, así como los establecidos con carácter experimental al amparo del Real Decreto 799/1984, de 28 de marzo, sobre regulación de experiencias en centros de Enseñanzas Artísticas, así como por el Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experimentaciones educativas en centros

docentes.

CAPITULO VII

TITULACION Y ACCESO A ESTUDIOS POSTERIORES

Artículo 25. Titulación.

1. Los alumnos y alumnas que superen las enseñanzas del ciclo formativo de grado medio de Floristería, recibirán el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Floristería, como se establece en el apartado 1.1 del Anexo I.

2. Para obtener el título citado en el apartado anterior será necesaria la evaluación positiva en todos los módulos del ciclo formativo de grado medio cursado, incluidos el de Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres, y el de Obra final.

Artículo 26. Acceso a estudios de Bachillerato.

El título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en

Floristería, permitirán el acceso al Bachillerato en su modalidad de Artes, a los alumnos y alumnas referidos en el artículo 23.1 del presente Decreto.

CAPITULO VIII

CORRESPONDENCIAS Y CONVALIDACIONES

Artículo 27. Correspondencia con la práctica laboral.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1742/1998, de 31 de julio, los módulos que pueden ser objeto de

correspondencia con la práctica laboral, son los que se establecen en el apartado 5.a del Anexo I del presente Decreto.

Artículo 28. Convalidaciones con el Bachillerato.

Para los alumnos y alumnas que hayan obtenido el título de Artes Plásticas y Diseño que ampara el presente Decreto, y quieran proseguir sus estudios, se establecen las

convalidaciones entre las enseñanzas cursadas y las materias de la modalidad de Artes del Bachillerato que se indican en el apartado 5.b del Anexo I.

Artículo 29. Otras correspondencias y convalidaciones.

1. Sin perjuicio de lo indicado en los artículos anteriores, podrán incluirse otros módulos susceptibles de convalidación y correspondencia con la práctica laboral.

2. Los alumnos y alumnas que accedan al ciclo formativo de grado medio de la familia profesional Arte Floral y hayan alcanzado los objetivos de una acción formativa no reglada, podrán tener convalidados los módulos que se indiquen en la normativa de la Consejería de Educación y Ciencia que regule la acción formativa.

CAPITULO IX

CALIDAD DE LA ENSEÑANZA

Artículo 30. Medidas de calidad.

Con objeto de facilitar la implantación y mejorar la calidad de las enseñanzas que se establecen en este Decreto, la Consejería de Educación y Ciencia adoptará un conjunto de medidas que intervengan sobre los recursos de los centros educativos, la ratio, la formación permanente del profesorado, la elaboración de materiales curriculares, la orientación escolar, la

orientación profesional, la formación para la inserción laboral, la investigación y evaluación educativas y cuantos factores incidan sobre las mismas.

Artículo 31. Formación del profesorado.

1. La formación permanente constituye un derecho y una

obligación del profesorado.

2. Periódicamente el profesorado deberá realizar actividades de actualización artística, científica, tecnológica y didáctica en los centros educativos y en instituciones formativas

específicas.

3. La Consejería de Educación y Ciencia pondrá en marcha programas y actuaciones de formación que aseguren una oferta amplia y diversificada al profesorado que imparta enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Artículo 32. Investigación e innovación educativas.

La Consejería de Educación y Ciencia favorecerá la

investigación y la innovación educativas mediante la

convocatoria de ayudas a proyectos específicos, incentivando la creación de equipos de profesores, y en todo caso, generando un marco de reflexión sobre el funcionamiento real del proceso educativo.

Artículo 33. Materiales curriculares.

1. La Consejería de Educación y Ciencia favorecerá la

elaboración de materiales que desarrollen el currículo y dictará disposiciones que orienten el trabajo del profesorado en este sentido.

2. En dichas orientaciones se incluirán aquéllas referidas a la evaluación y aprendizaje de los alumnos y alumnas, de los procesos de enseñanza y de la propia práctica docente.

Artículo 34. Evaluación y revisión de las enseñanzas.

La evaluación de las enseñanzas correspondientes al título de Artes Plásticas y Diseño de Técnico en Floristería, se

orientará hacia la permanente adaptación a las demandas económicas, sociales, culturales y artísticas, procediéndose a su revisión en un plazo no superior a cinco años.

Disposición Final Primera. Desarrollo normativo.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Educación y Ciencia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de septiembre 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

ANEXO I

F L O R I S T E R I A

1. Identificación del título.

La floristería, al igual que otras profesiones, ha ido

adaptándose a los nuevos tiempos y orientaciones culturales, ampliando sus prestaciones a tareas como la manipulación de flor cortada, de flor seca y artificial y al mantenimiento de ajardinamientos.

Los factores que han motivado este cambio son muy variados. Entre ellos destacan:

- La demanda creciente de adornos y decoraciones florales, que en una sociedad desarrollada como la española, es exigida dada la evolución social y cultural de la población. Esta demanda es plural, porque no afecta a determinados estamentos sociales, sino al conjunto de la población y diversa porque incide en circunstancias y episodios (bodas, defunciones, nacimientos, obsequios, celebraciones, decoraciones, etc.).

- La importante relación que vincula: consumo floral-calidad de vida.

- El progresivo acercamiento a la media de la Unión Europea en lo que se relaciona con el consumo de flor por habitante y año.

Esta potenciación y crecimiento del sector florista, se traduce por parte de los establecimientos comerciales en la necesidad de integrar en sus empresas un personal formado en las últimas técnicas, punto éste fundamental, ya que en el campo de la composición floral el perfecto conocimiento y manejo de las últimas novedades se constituye en herramienta fundamental.

Por otra parte, la sensibilidad artística demandada por la sociedad supone un reto, ya que la variedad de esta labor permite realizaciones sorprendentes.

La estructuración de un ciclo formativo de grado medio que cualifique especialistas en su doble vertiente artística y profesional es, por tanto, una necesidad social y, al mismo tiempo, un medio para desarrollar la capacidad de expresión artística del futuro profesional, canalizando su investigación y creatividad, y poniendo a su alcance los conocimientos formativos artísticos y técnicos necesarios para conseguir el amplio bagaje exigido a los profesionales de la floristería.

Este ciclo formativo atiende a la ordenación académica el conjunto de técnicas, procedimientos artísticos y procesos creativos que configuran el campo de las artes aplicadas relacionados con el arte floral y el mantenimiento de la jardinería urbana.

El profesional de este campo debe poseer una formación

cultural, técnica y artística que le permita desarrollar su actividad con rigor y sensibilidad artística.

La demanda de estos profesionales, hay que contemplarla, no bajo el único punto de vista de la empresa, sino previendo las posibilidades que el futuro profesional pueda tener en la estructura del autoempleo.

1.1. Denominación: Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Floristería.

1.2. Nivel: Grado Medio de Artes Plásticas y Diseño.

1.3. Duración total del ciclo: 1.600 horas.

2. Descripción del perfil profesional

2.1. Campo profesional.

El profesional de este nivel ejercerá su actividad:

- En empresas del sector de la floristería, la jardinería y las Artes Aplicadas y en aquellas otras que, enmarcadas en los sectores comerciales, de servicios y de producción industrial, requieren los servicios de este profesional dado que realizan servicios o utilizan entre sus componentes elementos propios o afines a la producción del sector florista y/o la jardinería.

- En empresas y talleres de carácter artesanal y artístico, ya sean públicos o privados, pequeños, medianos y grandes, relacionados con la floristería y la jardinería y en el campo profesional relativo a la ornamentación y a la producción suntuaria.

- Como profesional independiente, en régimen de sociedad o asociado en cooperativa.

- Bajo la dirección de técnicos de niveles superiores, de éste o de otros ámbitos académicos, para la ejecución de proyectos que requieran los servicios de estos profesionales.

- En la realización de proyectos de carácter artístico creados por él, por otros titulados o por artistas.

2.2. Tareas más significativas:

- Limpieza, mantenimiento y conservación de los materiales utilizados y útiles de trabajo.

- Conservación y tratamiento de la flor cortada, así como de las plantas de interior.

- Seleccionar la calidad y punto óptimo de frescor de las flores utilizadas.

- Elegir y preparar los elementos que sean precisos para la confección de ramos de mano, de novia, cestas, centros, coronas, etc., con flores naturales y/o artificiales.

- Colaborar en la ornamentación de grandes espacios: Locales de convención, iglesias, salas de fiesta, etc.

- Realizar montajes de decoraciones florales en escaparates.

- Realizar composiciones florales relacionadas con tradiciones locales, fiestas populares o generales, tales como Navidad, onomásticas, funeraria, etc.

- Realizar decoraciones con flores y plantas de interior, tanto naturales como artificiales, utilizando cuantos elementos auxiliares sean precisos para el perfecto acabado de los mismos.

- Mantenimiento de la ordenación del comercio referida al espacio del obrador y al espacio comercial.

- Seguimiento, mantenimiento y renovación de ajardinamientos.

- Atención a las exigencias y cuidados del transporte de los trabajos confeccionados.

- Atención al público, interpretando sus solicitudes de decoraciones florales y confeccionando encargos de acuerdo con la demanda realizada.

- Interpretación y realización de diseños, dándoles forma y estilo.

- Realización de los trámites administrativos necesarios en el proceso comercial diario.

- Cuidado de la imagen de empresa: personal, del producto, en relación con el público.

3. Enseñanzas del ciclo formativo de Floristería.

3.1. Objetivos generales:

- Identificar y conocer los materiales naturales y su proceso de mantenimiento.

- Analizar y desarrollar los procesos básicos de realización de las composiciones de arte floral, desarrollando sus variantes.- Conocer las tecnologías tradicionales y actuales utilizadas en esta especialidad.

- Interpretar con rigor y sensibilidad artístico-plástica la información proyectual que se le suministre, ya sea gráfica, escrita u oral, referente a la ejecución de encargos de ornamentación floral y ajardinamiento.

- Conocer y saber seleccionar las técnicas de composición más idóneas para obtener un buen rendimiento artístico y comercial.

- Resolver los problemas artísticos y técnicos que se planteen durante los procesos de realización y mantenimiento.

- Conocer con detalle las especificaciones técnicas de los equipos y maquinaria utilizada, organizando las medidas de mantenimiento periódico preventivo de los mismos.

- Conocer y saber utilizar las medidas preventivas necesarias para que los procesos de realización utilizados no incidan negativamente la salud y en el medio ambiente.

- Conocer y comprender el marco legal, económico y organizativo que regula y condiciona la actividad profesional en el sector.

- Adquirir conocimientos fundamentales sobre el proceso comercial del mercado de la flor.

- Adquirir los conceptos, conocimientos habilidades y destrezas aplicables a la práctica profesional, propios de la cultura artística, que permitan potenciar la creatividad y la

sensibilidad artística personal.

- Adquirir los conocimientos elementales para rentabilizar el trabajo.

- Seleccionar y valorar con rigor crítico las situaciones artísticas, técnicas y culturales derivadas del avance

tecnológico y cultural de la sociedad, de forma que le permitan desarrollar su capacidad de autoaprendizaje a fin de

evolucionar adecuadamente en la profesión.

- Reconocer e identificar aspectos relevantes de las artes florales en Andalucía.

3.2. Módulos:

a) Formación en el centro educativo:

- Historia de la cultura y el arte: jardinería.

- Dibujo.

- Volumen.

- Análisis de objetos y experiencias con la forma.

- Fundamentos de Jardinería.

- Taller básico de arte floral.

- Formación y orientación laboral.

- Obra final.

b) Formación en el centro de trabajo:

- Fase de formación práctica en empresas, estudios o talleres.

a) FORMACION EN EL CENTRO EDUCATIVO

MODULO 1: HISTORIA DE LA CULTURA Y DEL ARTE: JARDINERIA Duración: 128 horas.

Objetivos:

- Proporcionar conocimientos humanísticos, como complemento a la formación de carácter técnico y plástico.

- Acercarse a los ciclos culturales con un criterio abierto, conociendo lo esencial de sus peculiaridades ideológicas, sociales, económicas y artísticas.

- Desarrollar la creatividad y la sensibilidad artística.

- Adquirir un concepto de cultura y de arte como formación artística que ayude a completar y contextualizar los trabajos florales.

- Conocer las principales etapas de la historia del jardín como expresión artística.

Contenidos:

1. Evolución de los conceptos y de las formas.

1.1. Concepto de cultura, de arte y de arte aplicado.

Valoración de las artes florales como manifestación artística y cultural. Introducción al concepto de paisaje y jardín.

1.2. El hombre y su entorno en la Prehistoria. Valores

estéticos de las culturas "primitivas" y "preindustriales".

1.3. Introducción a la estética oriental y su aplicación en las artes florales. Configuración cultural y artística de las civilizaciones antiguas. El clasicismo y su trascendencia.

1.4. Aspectos distintivos de la cultura y el arte en la Alta Edad Media. Valoración de la estética y la ornamentación islámica. El Occidente de los siglos XI al XV: Evolución política, socioeconómica y artística.

1.5. La Edad del Humanismo: caracterización política, social, cultural y económica. Conceptos plásticos renacentistas. El italianismo y sus repercusiones.

1.6. La cultura aristocrática del Barroco y sus manifestaciones artísticas. Hegemonía francesa y su trascendencia. El siglo del Racionalismo. El mundo ornamental del Rococó.

1.7. El nuevo clasicismo. Consecuencias políticas, económicas y sociales de la Revolución Industrial y la Revolución Francesa. Panorámica cultural y artística del siglo del Liberalismo. Renovación artesanal de fin de siglo.

1.8. Transformaciones socioculturales del siglo XX: Formas de expresión artística y búsqueda de otros lenguajes plásticos.

2. Evolución de las técnicas y materiales.

2.1. Introducción a las intervenciones humanas en el paisaje. Estilos de jardín. Integración de floristería y jardinería en el ámbito público y privado. Estilos principales del arte floral a lo largo de la historia, en relación con la moda y ambientación:

- El mundo antiguo y las culturas clásicas.

- Materiales y técnicas orientales.

- Edad Media y estilos islámicos.

- Renacimiento y Barroco:

- Siglo XIX y XX.

2.2. Utilización actual del arte floral.

3. Las artes florales en Andalucía.

3.1. Evolución técnica y formal de las artes florales en Andalucía.

3.2. Introducción a la investigación del Patrimonio Artístico de Andalucía. Estrategias para la documentación y recopilación de datos históricos y contemporáneos. Bibliotecas y Hemeroteca. Nuevas fuentes de documentación e investigación.

Criterios de evaluación:

- Desarrollo de la percepción estética y artística.

- Comprensión razonada de los comportamientos histórico- culturales de la humanidad a lo largo del tiempo y capacidad de relacionarlos con los hechos artísticos a que han dado lugar.

- Desarrollo de la percepción visual y de la sensibilidad en cuanto concierne al conocimiento de la esencia creativa, la evolución histórica y la situación espacio-temporal de las realizaciones propias de esta especialidad.

- Utilización de un lenguaje claro y una terminología

específica idónea.

- Reconocimiento de las principales etapas de la historia del jardín como expresión artística.

MODULO 2: DIBUJO

Duración: 256 horas.

Objetivos:

- Conocer y utilizar correctamente diferentes técnicas: Lápiz, rotulador, acuarela, témpera, collage, tramas, etc.

- Captar la imagen de los objetos del entorno, siendo capaz de representarla y reproducirla gráficamente según los distintos métodos plásticos y técnicos.

- Interpretar esbozos, dibujos y planos, normas y demás información gráfica relacionada con la realización y los medios de producción artístico-artesanal y ornamental propia de la ornamentación floral.

- Representar la vegetación y las plantas tanto en masas como en detalle.

- Representar la obra civil inmersa en el paisaje como parte de la composición total.

- Utilizar el dibujo como medio de expresión para plasmar una idea de trabajo.

- Integrar conceptos de color, volumen y dibujo en la

realización de proyectos.

- Presentar correctamente el trabajo.

- Desarrollar la sensibilidad artística y la creatividad.

Contenidos:

1. Materiales.1.1. Los materiales de dibujo de la expresión gráfica y sus técnicas. Monocromía.

1.2. Iniciación a las técnicas y procedimientos policromos aplicados a la especialidad.

2. Elementos básicos de la plástica.

2.1. Forma y Proporción:

- La forma bi y tridimensional y su representación sobre el plano. La forma en el espacio.

- La proporción. Relación entre las partes y el todo. El módulo.

- Análisis de formas. Abstracción, síntesis y estilización. Formas de la Naturaleza: El mundo vegetal, animal y el cuerpo humano.

2.2. La Luz:

- La luz y la sombra. Valores expresivos y descriptivos.

- El claroscuro. Valores y relaciones.

- La valoración como representación en un plano bidimensional de la forma tridimensional.

2.3. El Color:

- Concepto básico del color.

- El color. Valores expresivos y descriptivos.

2.4. Texturas:

- Concepto básico de textura.

- Texturas visuales y táctiles. El collage. Aplicaciones a la especialidad.

2.5. Composición:

- Conceptos básicos de composición. La composición como campo visual.

- Simetría y Asimetría.

- Composición de la forma orgánica, geométrica y abstracta.

3. Representación y soluciones gráficas.

3.1. Análisis de formas planas y volumétricas.

3.2. Geometría plana. Construcciones modulares sobre

cuadrículas y diversos trazados geométricos.

3.3. El apunte, el dibujo de retentiva y el dibujo

constructivo.

3.4. El boceto como punto de partida de una idea.

3.5. Aplicación de la teoría del color.

3.6. Proceso en el dibujo creativo aplicado a las artes florales. Gestión del trabajo personal y procedimientos de trabajo en equipo.

3.7. Dibujo y representación técnica. Elementos y

características del croquis y de los bocetos técnicos.

3.8. Ornamentación. Concepto básico. Unidades y ritmos

ornamentales.

3.9. El ordenador como herramienta de aula. Creación y

transformación de ideas.

Criterios de evaluación:

- Elaboración de respuestas creativas con sentido artístico de la expresión gráfica y creatividad personal demostradas en el trabajo.

- Representación adecuada de formas sencillas, solas o

interrelacionadas en el espacio.

- Conocimiento y trazado correcto de las formas geométricas básicas.

- Utilización correcta de las sombras y el color como elemento de apoyo en la configuración del volumen y como valor

expresivo.

- Uso correcto de los materiales y técnicas propuestos, explorando sus posibilidades plásticas.

- Compresión razonada de la influencia que ejercen sobre la representación elementos como: proporciones, relaciones espaciales, relaciones tonales, etc.

- Croquización correcta de objetos, representándolos mediante proyecciones.

- Utilización correcta, con criterios propios, las diferentes técnicas de representación gráfica.

- Presentación correctamente del trabajo.

MODULO 3: VOLUMEN

Duración: 64 horas.

Objetivos:

- Utilizar el lenguaje de la forma volumétrica necesario para la configuración e interpretación de ideas, bocetos, maquetas, prototipos y pautas tridimensionales relacionadas con la realización y los medios de expresión y producción artístico- artesanal y ornamental del arte floral en general y de la especialidad en particular.

- Conocer los materiales propios de una concepción espacial de los oficios artísticos, sus técnicas y procedimientos.

- Desarrollar la creatividad y la sensibilidad artística.

Contenidos:

1. Técnicas y materiales.

1.1. Conocimiento y uso de las distintas herramientas y útiles de las técnicas de construcción volumétrica.

1.2. Conocimiento y uso de los distintos materiales y técnicas de construcción volumétrica:

- Soportes matéricos y su concepto formal.

- Los materiales y las técnicas de realización de maquetas y prototipos:

Materiales laminados o rígidos: La madera, el corcho, el poliexpán, el cartón pluma, etc.

Técnicas de maquetas y prototipos.

- Los materiales y las técnicas de modelado:

El barro. Características.

Modelado de volúmenes huecos.

Modelado de volúmenes macizos. Ahuecado y con-

servación.

Técnicas de fijación al soporte. Armazones.

2. Forma y composición.

2.1. Introducción y análisis de la forma tridimensional:

- Masa, proporción y estructura.

- La forma geométrica y la forma orgánica.

- La forma en el plano. Relieve bajo, medio y alto.

- La forma exenta. Bulto redondo. Múltiples puntos de vista.

2.2. Génesis del volumen de la forma tridimensional:

- Procedimiento para generar la forma: Por adición y por sustracción, y sus reacciones: Laxitud-tensión, contracción- expansión, etc.

2.3. Composición con elementos tridimensionales:

- El módulo: Repetición y gradación.

- Equilibrio. Peso, gravedad y líneas de fuerza.

- Tratamiento de superficies. Texturas.

- La luz. Concavidad y convexidad. El hueco configurador del volumen.

3. Representación y soluciones plásticas.

3.1. Proceso de realización de una obra:

- Obra única: Idea, boceto, obra definitiva.

- Obra seriada: Idea, boceto y/o maqueta, prototipo,

producción.

3.2. El desarrollo de formas elementales, en relieve o exentas, geométricas y orgánicas. Construcciones sencillas.

3.3. Aplicaciones de los conceptos de volumen: Masas en bloque cerrado, formas orgánicas en tensión, volúmenes abiertos, materiales estáticos, etc.

Criterios de evaluación:

- Expresión adecuada, de forma coherente y con sensibilidad plástica, con los elementos básicos, las técnicas y los materiales del lenguaje tridimensional.

- Aplicación de los conocimientos teóricos en la resolución práctica de supuestos específicos de esta modalidad.

- Elaboración de respuestas plásticas creativas demostrando sensibilidad expresiva en el trabajo.

MODULO 4: ANALISIS DE OBJETOS Y EXPERIENCIAS CON LA FORMA Duración: 168 horas.

Objetivos:

- Interpretar productos u objetos y grupos de objetos,

utilizando métodos analíticos e intuitivos con resultados verbales y gráficos.

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