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De conformidad con lo previsto en el artículo 11.L) del Reglamento General del Instituto de Fomento de Andalucía, aprobado por Decreto 122/1987, de 6 de mayo, y a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo de Gobierno su reunión del día 29 de julio de 2003, adoptó el siguiente
A C U E R D O
Ratificar el adoptado por el Consejo Rector del citado Ente Público, con fecha 27 de mayo de 2003 que se contiene en el documento anexo.
Sevilla, 29 de julio de 2003
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE ANTONIO VIERA CHACON
Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico
A N E X O
"Autorizar al Presidente del Instituto para que, en uso de la facultad contenida en el artículo 27 de la Ley 9/2002, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, formalice pólizas de crédito en cuenta corriente con entidades financieras hasta un máximo total de 24.000.000 de euros (veinticuatro millones de euros), a plazo de un año y a tipo de interés máximo de EURIBOR +
0,4%."
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