Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 09/10/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación

ORDEN de 19 de septiembre de 2003, por la que se convoca una beca de Formación en el área de Archivística, al amparo de la Orden que se cita, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación.

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La Orden de la Consejería de Gobernación de fecha 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de 20 de octubre de 2001), establece las normas reguladoras de la concesión de becas de Formación e Investigación.

Sin perjuicio de la vigencia indefinida de la regulación establecida en dicha Orden, se establece en la misma que la convocatoria en sucesivos ejercicios deberá efectuarse en disposición independiente de la normativa reguladora.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo Unico. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de una beca de Formación e Investigación en el área de Archivística, de acuerdo con las bases reguladoras publicadas en la Orden de 27 de septiembre de 2001 (BOJA núm. 122, de 20 de octubre de

2001), y con las condiciones y características que figuran en el Anexo que acompaña a la presente Orden.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de septiembre de 2003

ALFONSO PERALES PIZARRO

Consejero de Gobernación

ANEXO

Características de la Beca de Formación convocada en el área de Archivística para el ejercicio 2004-2005:

1. Número de becas que se convocan: una (1).

2. Duración de las becas: doce meses, pudiendo ser prorrogadas, en su caso, por otros 12 meses como máximo.

3. Requisitos generales de los aspirantes: los exigidos en el artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001, consistentes en:

a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea y ser vecino de cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía; miembros de una comunidad andaluza asentada fuera del territorio andaluz reconocida como tal, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1986, de 6 de mayo o extranjero con permiso de residencia o autorización de estancia por estudios en España con vinculación con la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Tener la titulación universitaria requerida en la convocatoria.

c) No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.

4. Centro de adscripción: Secretaría General Técnica.

Servicio de Documentación e Información.

5. Cuantía bruta de la asignación mensual de la beca: 950 euros.

6. Finalidad y materia de la beca: realización de trabajos específicos en archivística.

7. Plazo de presentación de solicitudes: treinta días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.8. Documentación a aportar por los aspirantes: la exigida por el artículo 8 de la Orden de 27 de septiembre de

2001.

9. Titulación y otros requisitos específicos exigidos al beneficiario, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 27 de septiembre de 2001: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

10. Méritos específicos para la concesión, conforme a lo previsto en el artículo 10.1.e) de esta Orden: Curso/s de postgrado en archivística.

11. Solicitudes y documentación: las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Secretario General Técnico de la Consejería de Gobernación, se ajustarán al modelo de impreso que figura como Anexo I y Anexo II de la Orden de 27 de septiembre de 2001 y se presentarán en el Registro General de la citada Consejería de Gobernación, sita en Sevilla, Plaza Nueva 4, o en los Registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12. En todos los demás aspectos generales de la convocatoria no recogidos expresamente en la presente Orden, tales como Comisión de Selección, criterios y procedimiento de selección, resolución, publicación y notificación, obligaciones del becario/a, etc., serán de aplicación las normas contenidas en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 27 de septiembre de 2001.

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