Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 16 de enero 2003, por la que se hace pública una subvención a favor del promotor público Empresa Municipal de Suelo y Vivienda, SL, para la construcción de 33 viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento en Rosales-Gibraltar, municipio de la Línea de la Concepción (Cádiz).

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Ilmos. Sres.: Por don César Escobar Pizarro, en representación de Empresa Municipal de Suelo y Vivienda, SL, se solicita al amparo de las Disposiciones Adicional Quinta/Transitoria Sexta de la Orden de 27 de enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y de la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, la subvención complementaria correspondiente a las actuaciones de viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento financiadas a través del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, y que se acogen al Régimen Autonómico de Promoción Pública en Alquiler establecido en la Sección Primera, Capítulo II, Título I, del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, en virtud del contenido de las mencionadas Disposiciones, todo ello relativo a la promoción de 33 viviendas, en Rosales-Gibraltar, término municipal de La Línea de la Concepción (Cádiz).

Por parte de la entidad Promotora Pública ha sido acreditado la obtención de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el préstamo cualificado correspondiente, en el marco del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, y demás requisitos exigidos en el artículo 69 del Decreto 166/1999, de

27 de julio, y aportada en su momento la documentación que establece el artículo 41 de la Orden de 27 de enero de 2000, modificado por la Orden de 3 de agosto de 2001.

De conformidad con las Disposiciones Adicional Quinta/ Transitoria Sexta, de la Orden de 27 de Enero de 2000, modificadas por la Orden de 3 de agosto de 2001 y con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 145/2001, de 19 de junio, y en relación a las ayudas obtenidas en el marco del Real Decreto 1186/1998, de 12 de junio, modificado por el Real Decreto 115/2001, de 9 de febrero, y las contenidas en el artículo 67 del Decreto 166/1999, de 27 de julio, modificado por el Decreto 145/2001, de 19 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, podrá subvencionar a fondo perdido la mencionada actuación protegida en los términos que establecen las citadas Disposiciones.

En su virtud, teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa aplicable, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Se concede a «Empresa Municipal de Suelo y Vivienda, SL¯, una subvención a fondo perdido aplazada en veinticinco anualidades sucesivas coincidentes con las de amortización del préstamo, calculadas en los términos que se establecen en la Estipulación Quinta del Convenio de Ejecución suscrito al efecto. Dicha subvención tendrá como destino subsidiar las cuotas hipotecarias del préstamo cualificado con el que se financia la promoción de 33 viviendas protegidas de nueva construcción destinadas a arrendamiento, en Rosales-Gibraltar, término municipal de La Línea de la Concepción (Cádiz), y que asciende a un total de novecientos cincuenta y un mil veintiocho euros y ocho céntimos (951.028,08 euros).

Segundo. El abono de la subvención se efectuará por anualidades según el cuadro de anualidades que se adjunta, siendo necesario para el pago de la primera anualidad aportar certificado de la entidad prestamista acreditando la fecha de terminación del período de carencia e inicio del período de amortización, así como el tipo de interés aplicable. Para poder tramitar el abono de la segunda y posteriores cantidades, deberá acreditarse mediante certificación expedida por la entidad prestamista, que los importes percibidos con anterioridad han sido aplicados en su totalidad a la amortización del crédito.

Tercero. La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, se reserva el derecho de modificar de oficio el importe de las anualidades detalladas en el cuadro anexo, en orden a ajustarlas a los cambios en los tipos de interés del aplazamiento, fechas reales de inicio y terminación de las obras, y otras incidencias que se puedan producir durante el desarrollo del expediente.

Cuarto. Se autoriza al Viceconsejero para que dicte las instrucciones necesarias para la ejecución, desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden que entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 16 de enero de 2003

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

CUADRO ANUALIDADES SUBVENCION REA

Expediente: CA-00/44-REA.

Promoción: 33 viviendas, en Rosales - Gibraltar.

Municipio: La Línea de la Concepción (Cádiz).

Promotor: Empresa Municipal de Suelo y Vivienda, SL.

Anualidad Total euros

2004 9.920,38

2005 20.017,79

2006 20.373,63

2007 20.733,03

2008 21.096,01

2009 25.183,89

2010 29.312,65

2011 29.761,43

2012 30.214,70

2013 30.672,50

2014 31.134,89

2015 31.601,90

2016 32.073,57

2017 32.549,96

2018 33.031,12

2019 33.517,09

2020 34.007,92

2021 34.503,66

2022 35.004,35

2023 35.510,05

Anualidad Total euros

2024 53.301,89

2025 71.271,65

2026 72.140,02

2027 73.017,07

2028 73.902,90

2029 37.174,03

TOTAL 951.028,08

El importe de las anualidades de la subvención complementaria se ha calculado con un tipo de interés anual del 5,37% TAE.

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