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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería de Asuntos Sociales, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a don Diego Guerrero Guijeño y doña M.ª Carmen Valladares Valladares, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Medidas de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, s/n, Edificio Junta de Andacía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 27 de noviembre de 2002, por la que se resuelve declarar la situación provisional de desamparo de la menor NGV, asumiendo esta entidad pública la tutela legal de dicha menor; constituir el acogimiento residencial de la menor en el Centro «Divina Pastora¯ sito en Cádiz y continuar la instrucción del procedimiento hasta que se dicte resolución que dispondrá la ratificación, modificación o revocación de lo acordado por esta. Se les significa que contra la misma podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites prevenidos en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de Reclamación Previa ante el Consejero de Asuntos Sociales, de conformidad con lo que establece el artículo 120 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 49.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
Cádiz, 8 de enero de 2003.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
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