Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 21/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. NUM. 7 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 7/2002. (PD. 3834/2003).

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Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 7/2002. Negociado:

De: D/ña. Abdulalaziz S A Alhassawi.

Procurador: Sr. Salvador Torres, Alejandro.

Contra: Inmobiliaria Cielomar; S.A., BBVA y Abdulwafiaab A. Alasfour.

Procurador: Sr. Ballenilla Ros, Pedro.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento, Proced. Ordinario (N) 7/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Torremolinos a instancia de Abdulalaziz S A Alhassawi contra, Inmobiliaria Cielomar, S.A., BBVA y Abdulwahaab A. Alasfour sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su fallo, es como sigue:

Que estimando la demanda formulada por el procurador Salvador Torres en nombre y representación de Abdulalaziz S A Alhassawi contra Inmobiliaria Cielomar, S.A., y contra Abdulwahaab A. Alasfour debo declarar y declaro la adquisión del dominio por parte del demandante de la siguiente finca: Apartamento para vivienda del edificio situado en el Arroyo de la Miel partido denominado del Tomillar y la Cañada de Benalmádena situado a la derecha en relación a la meseta existente en su planta de acceso a los apartamentos integrantes a su ala, el numerado como 4.?D del edificio Cielomar situado en la Avenida de Terramar-Alto en Benalmádena costa y cuya descripción registral es: Urbana, finca núm. sesenta y cuatro, apartamento tipo D sito en planta cuarta del edificio denominado Cielomar. Consta de salón comedor, cocina, dos dormitorios, cuarto de baño y terraza. Comprende una extensión superficial construida de setenta y dos metros con catorce decímetros cuadrados y le corresponde una parte proporcional de servicios comunes de veinticinco metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Linda frente con pasillo, derecha con hueco de escaleras y apartamento tipo C de su planta, izquierda con apartamento tipo E de su planta, fondo con vuelo sobre zona común, cuota cero enteros, ochenta y seis centésimas por ciento, inscrita en el Registro de la Propiedad de Benalmádena núm. dos a favor de Cielomar, S.A., y que debo acordar y acuerdo la inscripción de dicha finca a favor del actor disponiendo la cancelación de las inscripciones contradictorias, con condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución y al hacerlo hágase saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación a preparar ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Málaga en el plazo de cinco días.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Inmobiliaria Cielomar extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veinte de febrero de dos mil tres.El/La Secretario.

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