Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 22/10/2003

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga notificando resoluciones de reintegro.

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De conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desde la imposibilidad de practicar la notificación a las entidades que a continuación se relacionan, se les notifica a través de este anuncio la resolución dictada en el expediente administrativo de reintegro.

Entidad: Paco Montero Confecciones, S.L.

Núm. Expte.: 3029/NC/98/MA.

Dirección: C/ Grafito, núm. 50, 29190, Málaga.

Asunto: Resolución de Reintegro.

Motivo: Imposibilidad de verificación de requisitos y condiciones que exige la normativa reguladora de incentivos a la creación de Empleo Estable.

Importe a reintegrar: 21.636,44 E más 3.056,79 E en concepto de intereses de demora.

Entidad: Carmen Romero Domínguez.

Núm. Expte.: 586/NC/98/MA.

Dirección: C/ Cortijo de Echarte 33, 29003, Málaga.

Asunto: Resolución de Reintegro.

Motivo: Imposibilidad de verificación de cumplimiento de los requisitos y condiciones que exige la normativa reguladora de incentivos a la creación de Empleo Estable.

Importe a reintegrar: 21.636,44 E más 3.056,79 E en concepto de intereses de demora.

El reintegro de carácter voluntario deberá efectuarse en el siguiente plazo:

a) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Si el presente anuncio del acuerdo de reintegro se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

El reintegro de la deuda exigida deberá hacerse efectivo con la presentación del modelo 046, debidamente cumplimentado, en cualquiera de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiese efectuado el reintegro, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva.

Asimismo, se le advierte expresamente a los interesados que contra la resolución de reintegro, que agota la vía administrativa, puede interponerse:

a) Potestativamente, recurso de reposición ante la Delegada Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación y, hasta tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la citada Ley/1992, modificada por la Ley 4/1999.

b) Directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Málaga, 30 de septiembre de 2003.- La Delegada, Isabel Muñoz Durán.

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