Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 28/10/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 11 DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 311/2002. (PD. 3934/2003).

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Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 311/2002. Negociado:

5S.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito.

Procurador: Sr. Norberto del Saz Catalá.

Letrada: Sra. María Pilar Portillo Sánchez.

Contra: Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el Proced. Ordinario 311/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Granada a instancia de Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito contra Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 184/03

En la ciudad de Granada, a uno de octubre de dos mil tres.

Francisco Sánchez Gálvez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Granada y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario núm. 311/02, seguidos entre partes, de una y como demandante Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito con Procurador Sr. don Norberto del Saz Catalá, y Letrado Sra. doña María Pilar Portillo Sánchez, y de otra y como demandados Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio, declarado en rebeldía.

F A L L O

Estimando la demandada presentada, condeno a Distribuciones Fernández Astasio S.L. y don Francisco Fernández Astasio a que, solidariamente, pague a Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito siete mil cuatrocientos treinta euros y treinta y seis céntimos, más el 24% anual devengado desde la fecha de presentación de la demanda y las costas del procedimiento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse en plazo de cinco días, los pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio, extiendo y firmo la presente en Granada a dos de octubre de dos mil tres.- El/La Secretario.

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