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Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 311/2002. Negociado:
5S.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito.
Procurador: Sr. Norberto del Saz Catalá.
Letrada: Sra. María Pilar Portillo Sánchez.
Contra: Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio.
CEDULA DE NOTIFICACION
En el Proced. Ordinario 311/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Granada a instancia de Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito contra Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 184/03
En la ciudad de Granada, a uno de octubre de dos mil tres.
Francisco Sánchez Gálvez, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Granada y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario núm. 311/02, seguidos entre partes, de una y como demandante Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito con Procurador Sr. don Norberto del Saz Catalá, y Letrado Sra. doña María Pilar Portillo Sánchez, y de otra y como demandados Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio, declarado en rebeldía.
F A L L O
Estimando la demandada presentada, condeno a Distribuciones Fernández Astasio S.L. y don Francisco Fernández Astasio a que, solidariamente, pague a Hispamer Servicios Financieros Establecimiento Financiero de Crédito siete mil cuatrocientos treinta euros y treinta y seis céntimos, más el 24% anual devengado desde la fecha de presentación de la demanda y las costas del procedimiento.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse en plazo de cinco días, los pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Distribuciones Fernández Astasio S.L. y Francisco Fernández Astasio, extiendo y firmo la presente en Granada a dos de octubre de dos mil tres.- El/La Secretario.
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