Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 29/10/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 22 de octubre de 2003, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria pública para solicitar el cambio de adscripción a las especialidades recogidas en la presente Resolución de los integrantes de las bolsas de trabajo y de las listas para sustituciones de las especialidades referidas en la misma.

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Debido a la necesidad de contar en las bolsas de trabajo y en las listas de sustituciones con personal especializado en las materias a impartir, así como cubrir con personal cualificado las posibles vacantes y sustituciones en las bolsas de las distintas especialidades, se realiza convocatoria pública para solicitar cambio de adscripción de los integrantes de la bolsa de trabajo y de la lista para sustituciones de las especialidades referidas en el punto 1 de la presente Resolución, sobre la base de que el personal integrante de las bolsas posea los conocimientos suficientes teóricos y prácticos para impartir docencia en la especialidad a la que se encuentre adscrito.

Por ello, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 246/2000, de 31 de mayo.

HA RESUELTO

1. Participantes y requisitos.

1.1. Anunciar convocatoria pública para la presentación de solicitudes por los integrantes de las bolsas de trabajo y de las listas para sustituciones de cualquiera de las Especialidades relacionadas en el Anexo II de la Orden de 16 de mayo de 1996 (BOJA de 11 de junio), modificada parcialmente por la Orden de 21 de diciembre de 2000 (BOJA de 9 de enero de

2001), para solicitar el cambio de adscripción a las bolsas y listas de las Especialidades relacionadas a continuación:

- Lengua Castellana y Literatura (590-004).

- Geografía e Historia (590-005).

- Física y Química (590-007).

- Inglés (590-011).

- Tecnología (590-019).

Los participantes deberán estar en posesión de algunas de las titulaciones que para las especialidades convocadas figuran en el Anexo II de la Orden de 16 de mayo de 1996, modificada por la Orden de 21 de diciembre de 2000. Asimismo, se deberá estar en posesión del título profesional de Especialización Didáctica, excepto para la especialidad de Tecnología (590-

019).

2. Solicitudes y documentación.

2.1. Solicitudes.

Los solicitantes deberán aportar la documentación que a continuación se relaciona:

- Instancia según modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución, debidamente cumplimentada, dirigida a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

- Fotocopia del título alegado o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición que se deberá haber obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 2.3. de la presente Resolución.

- Fotocopia del certificado del expediente académico donde conste la nota media del mismo de acuerdo con lo establecido en el R.D. 1267/1994, de 10 de junio.

- Fotocopia del CAP o título profesional de Especialización Didáctica, excepto para la especialidad de Tecnología (590-019 ).

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2.2. Lugar de presentación.Las solicitudes habrán de

presentarse preferentemente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.3. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la

publicación en el BOJA de la presente Resolución.

3. Criterios de selección.

La ordenación en las nuevas especialidades se efectuará teniendo exclusivamente en cuenta el mayor tiempo de

servicios reconocidos por la Resolución de 25 de julio de 2003, en centros dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía. En caso de empate, se resolverá según el número de ejercicios superados, de mayor a menor, en el procedimiento selectivo del año correspondiente en la Comunidad Autónoma de Andalucía y, a su vez, según la nota media de los mismos. De persistir el empate, según la mayor puntuación en la nota media del expediente académico. De no acreditarse, se empleará como criterio de desempate el orden alfabético.

En el supuesto de los integrantes de las bolsas de

sustituciones, sin tiempo de servicios, se atenderá a la puntuación con que figuran en las mismas y se empleará como criterio de desempate la mayor puntuación en el apartado 2 del baremo. De persistir el empate, se dirimirá por la mayor puntuación en cada uno de los apartados del mismo en el orden que aparecen. Si fuese necesario se recurrirá a la mayor puntuación en cada uno de los subapartados siguiendo el mismo orden. Por último, se desempatará por la mayor nota media del expediente académico y, en último caso, se empleará como criterio la mayor antig?edad de la fecha de obtención del título alegado.

4. Listas provisionales.

Finalizado el plazo de presentación de instancias a que hace referencia el punto 2.3, por Resolución de esta Dirección General se harán públicas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía las listas provisionales de los integrantes de las bolsas de trabajo y listas para

sustituciones a quienes se les ha concedido el cambio a la nueva especialidad, así como la de aquellos a quienes no se les ha concedido el cambio a la nueva especialidad, especificando el motivo.

Los aspirantes admitidos en la Resolución provisional de la presente convocatoria que figuren como admitidos en dos o más listas, están obligados a optar por una de ellas en el plazo de reclamaciones que se establece en esta Resolución.

El incumplimiento de lo previsto en el punto anterior será motivo de exclusión de cuantas listas figure el interesado.

Contra las listas provisionales podrán los interesados

presentar las reclamaciones que estimen pertinentes, ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución.

5. Listas definitivas.

Transcurridos los plazos señalados y resueltas las

reclamaciones presentadas, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos elevará a definitivas las listas y se

procederá a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

6. Efectos.

El cambio de especialidad para el personal interino con tiempo de servicio publicado por Resolución de esta Dirección

General de 25 de julio de 2003, tendrá efecto para el curso académico 2003/2004, siempre que haya obtenido dicho cambio conforme al punto 5 de esta Resolución y no se encuentre ocupando una vacante para el curso 2003-2004, en cuyo caso el cambio se hará efectivo para el curso 2004-2005. En caso de estar desempeñando una sustitución, el cambio surtirá efectos a la finalización de la misma.

Para el personal integrante de las listas de sustituciones del curso 2003-2004 el cambio de especialidad tendrá efecto desde el día siguiente al de su publicación definitiva.

7. Recursos.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de octubre de 2003.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

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