Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Don Gaspar Domínguez Acevedo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Igualeja (Málaga), hace saber:
Que de acuerdo con la oferta de empleo público aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento, el día 11 de octubre de 2002, se ha procedido mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 8 de enero de 2003, a la aprobación de la Convocatoria y de las bases para cubrir las plazas que a continuación se relacionan:
Turno libre.
Denominación de la plaza: Administrativo/a. Número vacantes: 1.
Grupo: C.
Anexo: 1.
Denominación de la plaza: Policía Local.
Número vacantes: 2.
Grupo: C.
Anexo: 2.
BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA OFERTA PUBLICA DE EMPLEO 2002 TURNO LIBRE
Primera. Procedimiento de selección.
La provisión en propiedad de las plazas vacantes en la plantilla de la Corporación se efectuará por el procedimiento de oposición libre.
Todas las plazas vacantes están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes según el grupo, dos pagas extraordinarias, aumentos graduales por trienios y las retribuciones complementarias establecidas por la Corporación, de conformidad con la legislación vigente, por lo que se refiere a las plazas de funcionarios.
Segunda. Condiciones de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos:
a) Tener ciudadanía española o de la Unión Europea.
b) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
c) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización de los plazos de presentación de instancias, en cada caso.
Los títulos correspondientes son los siguientes, pero, en todo caso, la titulación tendrá que ser acorde con la correspondiente especialidad o con lo que establece la Normativa vigente.
A) Para funcionario/a Grupo C (Administrativo/a): Título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.
B) Para funcionario/a Grupo C (Policía Local): Titulación de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente (Disposición Transitoria 1 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales en Andalucía).
d) Tener 18 años de edad en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y no exceder de 45 años en el caso de la Policía Local.
e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones correspondientes.
f) No encontrarse incurso en ninguna de las causas de
incapacidad previstas en la legislación vigente.
g) Específicos para las dos plazas de Policía Local:
- Tener una talla mínima de 1,70 metros los hombres y 1,65 metros las mujeres, así como tener un peso proporcionado según los cuadros que figuran en el Anexo 2.
- Los aspirantes a Policía Local tendrán que acreditar, además, en la fecha de finalización del curso de formación requerido por la legislación vigente, estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A, B, BTP.
Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes, en las que se harán constar que se reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza a que se opte, se dirigirán al Presidente de la
Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de los veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación respectiva del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, que previamente tendrá que ser publicada en el BOJA y en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes
documentos:
a) Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
b) Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
Las instancias también se podrán presentar en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el supuesto de instancias defectuosas, se requerirá a la persona interesada para que lo enmiende en el plazo de 10 días naturales, quedando, si no lo hace, excluida de la lista de admitidos, y archivándose la petición, con los efectos y de acuerdo con el procedimiento previstos en el artículo 42.1 de la citada Ley.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Presidente de la Corporación dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, y determinando los miembros del Tribunal Calificador del proceso selectivo y el lugar, fecha y hora de constitución del Tribunal.
Quinta. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: El de la Corporación o Concejal en quien delegue. Vocales:
Dos Concejales del Partido Socialista Obrero Español en el Ayuntamiento de Igualeja.
Un Concejal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Igualeja. Un representante de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía. Un representante de la Excma. Diputación Provincial de Málaga, Sepram.
Secretario: El que lo sea de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
El Tribunal estará integrado, además, por los miembros
suplentes respectivos que, simultáneamente con los titulares, serán designados para la constitución del Tribunal.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin asistencia de más de la mitad de sus miembros, ya sean titulares o suplentes, y sus decisiones tendrán que ser adoptadas por mayoría simple, decidiendo, en caso de empate, el voto de calidad del
Presidente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base, exclusivamente, a las cuales colaborarán con el órgano de selección.
La composición del Tribunal se hará pública mediante anuncio en el tablón de anuncios de la Corporación, en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de finalización del período de presentación de instancias.
A todos los efectos, la sede del Tribunal será la de la Corporación, Plaza de Andalucía, número 26, de Igualeja.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal se ha de ajustar a lo previsto por los artículos 28 y 29 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos. Fase de oposición.
La no presentación de un opositor a cualquiera de los
ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente la pérdida del derecho a participar en este ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del proceso selectivo.
Todos los ejercicios tendrán la consideración de obligatorios y eliminatorios para todos los aspirantes. La puntuación mínima para superar cada uno de los ejercicios será de 5 puntos.
1. Ejercicios para la plaza de funcionario de Administración General (Administrativo):
Primero. Consistirá en responder a un cuestionario de 100 preguntas relativas al contenido del programa establecido en el Anexo 1 de las presentes bases, con respuestas alternativas. Cada respuesta incorrecta o no contestada, se penalizará con una minoración de 0,17 puntos.
Segundo. Consistirá en desarrollar, por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, un tema de carácter general determinado por el Tribunal, relacionado con las materias comprendidas en el programa indicado en el ejercicio anterior.
Tercero. Consistirá en la resolución de un caso práctico planteado por el Tribunal y relacionado con las funciones a desarrollar por un/a administrativo/a en la Administración Local.
2. Ejercicios para la plaza de Administración Especial
(Policía Local):
Primero. Consistirá en la comprobación de la talla y del peso de los/as aspirantes, de acuerdo con los baremos que figuran en el Anexo 2 de estas bases.
La talla se tomará sin calzado y el peso sin ropa ni objetos. Será eliminado el aspirante que no se ajuste a las medidas señaladas en el citado Anexo.
Segundo. Consistirá en la superación de las pruebas físicas que se detallan:
1. Salto de longitud sin carrera.
2. Salto de altura.
3. Velocidad. Carrera de 50 metros.
4. Resistencia. Carrera de una milla (1.609 metros).
Su valoración será de apto o no apto, según la marca mínima que se señala en el Anexo 3, conjuntamente con las normas de realización.
Tercero. Consistirá en responder a 20 cuestiones relacionadas con el contenido de los temas del Programa establecido en el Anexo 4 de las presentes bases.
Cuarto. Consistirá en resolver dos casos prácticos
relacionados con las funciones de Policía Local.
Quinto. Consistirá en superar un test psicotécnico de
capacidad, aptitud y personalidad.
Sexto. Consistirá en la superación de una revisión médica.
Período de prácticas.
Finalizada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, que no podrá exceder del número de plazas convocadas, y elevará a definitiva la citada relación al órgano municipal competente de la Corporación, a fin de que adopte el correspondiente acuerdo de nombramiento de funcionario en prácticas.
Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en la Secretaria General de la Corporación, en el plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados/as, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria y la declaración complementaria de conducta ciudadana establecida en la Ley 69/90, de 1 de diciembre. Estarán exentos, no obstante, los que tengan la condición de funcionarios públicos, quienes tendrán que aportar la certificación de tal condición. Si en el plazo indicado, salvo en los casos de fuerza mayor, los/as aspirantes no presentaran esta documentación, no podrán ser nombrados para la realización del período de prácticas, y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia. En este caso, el Presidente de la Corporación formulará propuesta a favor del/la siguiente aspirante aprobado que haya obtenido la puntuación más alta y tenga cabida en las plazas convocadas como consecuencia de la citada anulación, que tendrá que aportar la documentación antes citada.
El período de prácticas tendrá una duración de seis meses naturales, que se realizarán bajo la dirección del responsable del Departamento que se designe, y tendrá la consideración de fase final del proceso selectivo.
Los aspirantes a Policía Local, de la subescala de Servicios Especiales, durante este período tendrán que superar los cursos selectivos exigidos por la Ley.
Finalizado el período de prácticas, los responsables de los departamentos designados tendrán que emitir informe sobre las prácticas llevadas a cabo por el/la funcionario/a en prácticas y tendrán que indicar si los aspirantes han superado este proceso.
En el caso de que haya aspirantes que no superen el período de prácticas, o en el caso de la Policía Local, el curso
selectivo, el Presidente de la Corporación formulará propuesta de nombramiento de funcionario en prácticas a favor de los/as siguientes aspirantes que hayan obtenido la puntuación más alta y tengan cabida en las plazas convocadas como consecuencia de la citada anulación, una vez aportada la documentación
requerida, que tendrán que superar el período de prácticas o, en su caso, el curso selectivo en los términos señalados.
Séptima. Relación de aprobados y nombramientos.
Los/as aspirantes que hayan superado el período de prácticas serán nombrados funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto por la normativa vigente.
Los/as aspirantes nombrados/as tendrán que tomar posesión o incorporarse en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a aquél en que se les notifique el
nombramiento.
Octava. Incompatibilidades y régimen del servicio.
Será aplicable la normativa vigente sobre el régimen de incompatibilidades en el sector público, en cumplimiento de la cual, el/la aspirante, en el momento de ser nombrado/a, tendrá que realizar una declaración de las actividades que lleva a cabo, o solicitud de compatibilidad, sin es necesario, en el modelo que le facilite la misma Corporación.
En cuanto a determinación y adscripción a puestos de trabajo, cometidos y régimen de horarios y jornadas, le serán de aplicación los fijados por la Corporación mediante los acuerdos o resoluciones que adopte o haya adoptado ésta o su Presidente.
Novena. Asistencias.
Para los miembros del Tribunal se acreditarán las asistencias a que se refiere el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, o la legislación aplicable en la fecha de realización de las pruebas.
El órgano de selección será de la categoría siguiente:
Grupo: C. Categoría: Tercera.
Décima. Incidencias.
La convocatoria y sus bases, y los actos administrativos que se deriven de las mismas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal está facultado para resolver las dudas o
discrepancias que se produzcan durante el desarrollo de las pruebas selectivas.
Igualeja, 9 de enero de 2003.- El Alcalde, Gaspar Domínguez Acevedo.
ANEXO 1
TEMARIO PARA LA PLAZA DE ADMINISTRATIVO/A
DE ADMINISTRACION GENERAL
Tema 1. La Constitución de 1978. Significado, estructura y contenido. Principios generales.
Tema 2. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El poder judicial.
Tema 3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local.
Tema 4. La Administración Pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Clases de Administraciones Públicas.
Tema 5. Principios de actuación de la Administración Pública. Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 6. Sumisión de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La Ley: Clases de leyes.
Tema 7. La Administración Local: Principios generales. El municipio: Concepto, elementos, organización y competencias. Las comarcas. La provincia: Concepto, elementos, organización y competencias.
Tema 8. Régimen general de las elecciones locales.
Tema 9. El municipio. El término municipal. La población, El empadronamiento.
Tema 10. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 11. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles; cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.
Tema 12. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto
administrativo. La revisión de oficio.
Tema 13. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.
Tema 14. Nociones sobre los recursos administrativos. Concepto y clases. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-administrativo. Las partes. Actos
impugnables.
Tema 15. El Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de
1986.
Tema 16. Funcionamiento de los Organos colegiados locales. Convocatorias y orden del día. Actos y certificaciones.
Tema 17. Los contratos administrativos locales: Concepto, regulación y regimen jurídico. Elementos. Formas de selección de contratistas. Incumplimiento de los contratos.
Tema 18. La invalidez de los contratos públicos. Los «actos separables¯. La impugnación de los contratos públicos.
Tema 19. Los derechos y deberes de los vecinos en el ámbito local. Información y participación ciudadana.
Tema 20. Los derechos y deberes de los empleados públicos locales. El régimen de retribuciones. El derecho de
sindicación. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 21. Situaciones administrativas de los empleados públicos.
Tema 22. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 23. Las policía administrativa. Evolución del concepto. El poder de la policía y sus límites. Sus medios y en especial las sanciones administrativas.
Tema 24. El servicio público. La evolución del concepto. Servicio público y prestaciones administrativas.
Tema 25. Las formas de gestión y prestación de los
servicios públicos. Las concesiones administrativas.
Tema 26. Las empresas municipales. Los Consorcios.
Tema 27. La expropiación forzosa. Concepto y elementos. Procedimiento general. Referencia a los procedimientos
especiales.
Tema 28. El dominio público. Concepto y naturaleza. Bienes que lo integran. El régimen jurídico del dominio público.
Tema 29. Los bienes de las Entidades Locales. Concepto. Clases. Clasificación. Inventario.
Tema 30. Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.
Tema 31. Tasas y contribuciones especiales.
Tema 32. Los presupuestos locales: Concepto, estructuras y contenido. Aprobación, ejecución y control del presupuesto.
Tema 33. El Reglamento orgánico municipal.
Tema 34. Las licencias. Régimen jurídico. Procedimiento de otorgamiento.
Tema 35. La licencia urbanística. Régimen Jurídico.
Tema 36. La legislación sobre el régimen del suelo y
ordenamiento urbano. Principios generales. Competencias urbanísticas municipales.
Tema 37. Instrumentos de planeamiento. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 38. Ejecución de los Planes de Ordenación. Sistemas de actuación urbanística. La clasificación del suelo.
Tema 39. Intervención en la edificación y uso del suelo.
Tema 40. Ofimática: Concepto y aplicaciones. Sistemas físicos y lógicos. Agenda electrónica. Hoja de cálculo. Los gráficos. Los sistemas de tratamiento de textos.
ANEXO 2
HOMBRES
TALLA PESO MINIMO PESO MAXIMO
1,70 60 75,5
1,71 61 76
1,72 61,5 76,5
1,73 62 77,5
1,74 63 78
1,75 63,5 79
1,76 64 79,5
1,77 65 80,5
1,78 65,5 81,5
1,79 66 82,5
1,80 67 83
1,81 67,5 84
1,82 68,5 85
1,83 69 86
1,84 70 86,5
1,85 70,5 87,5
1,86 71 88,5
1,87 72 89,5
TALLA PESO MINIMO PESO MAXIMO
1,88 72,5 90
1,89 73,5 91
1,90 74 92
1,91 75 93
1,92 75,5 94
MUJERES
TALLA PESO MINIMOPESO MAXIMO
1,65 53,5 68
1,66 54 68,5
1,67 55 69,5
1,68 55,5 70
1,69 56,5 71
1,70 57 71,5
1,71 57,5 72,5
1,72 58,5 73
1,73 59 74
1,74 60 75
1,75 60,5 76
1,76 61,5 77
1,77 62 77,5
1,78 62,5 78,5
1,79 63,5 79,5
1,80 64 80,5
1,81 64,5 81,5
1,82 65,5 82,5
A las mujeres de menos de 25 años se considerará la relación con 0,50 kg de menos por cada año, pero nunca el peso será inferior a 48 kg.
Se permite una tolerancia por exceso de un 5% si el aspirante presenta un desarrollo muscular hipertrófico.
ANEXO 3
DESCRIPCION Y NORMAS PARA LA REALIZACION DE LAS PRUEBAS FISICAS
EL objeto de estas pruebas es, principalmente, determinar los diferentes niveles de facultades físicas de los aspirantes, y de esta forma eliminar aquellas personas que no reúnan los mínimos exigidos.
Las pruebas son cuatro, tanto para los hombres como para las mujeres.
1.1. Hombres y mujeres.
1.1.1. Salto de longitud sin carrera.
Explicación del ejercicio:
a) Posición de salida: Derecho con los pies juntos detrás de la ralla.
b) Ejecución: Saltar hacia delante impulsándose con los dos pies a la vez.
c) Se anota la distancia mayor en centímetros entre la parte posterior de la ralla y la señal más atrasada que deje en la arena la persona que haga el ejercicio.
d) Número de intentos: 3.
e) Marca mínima exigida:
- Para los hombres, dos metros y veinte centímetros.
- Para las mujeres, un metro y ochenta centímetros.
1.1.2. Salto de altura:
Explicación de ejercicio:
a) Posición de salida: Derecho.
b) Ejecución: Saltar hacia arriba batiendo con un solo pie.
c) Número de intentos: 3.
d) Marca exigida:
- Para los hombres, un metro y veinte centímetros.
- Para las mujeres, un metro y cinco centímetros.
1.1.3. Velocidad (50 metros).
Explicación del ejercicio:
a) Posición de salida: Derecho.
b) Ejecución: Correr al máximo de las posibilidades.
c) Anotar el tiempo transcurrido en décimas de segundo.
d) Número de intentos: 1.
e) Marca mínima exigida:
- Para los hombres, siete segundos y siete décimas.
- Para las mujeres, nueve segundos y una décima.
1.1.4. Resistencia: Carrera de una milla (1.609 metros). Explicación del ejercicio:
a) Posición de salida: Derecho.
b) Ejecución: Se podrá alternar la carrera y la marcha.
c) Número de intentos: 1.
d) Marca mínima exigida:
- Para los hombres, ocho minutos y veinte segundos.
- Para las mujeres, nueve minutos y cincuenta segundos.
ANEXO 4
Tema 1. La Administración Local. Concepto y evolución en España: Entidades que comprende. Organización municipal. Concepto.
Tema 2. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.
Tema 3. El acto administrativo. Principios generales del procedimiento administrativo.
Tema 4. Régimen Local español. Principios constitucionales. Regulación jurídica.
Tema 5. De la circulación urbana: Conductores, peatones. Sentido de la circulación. Facultad de las autoridades locales para señalar la circulación en calles y plazas. Marcha atrás. Detenciones y estacionamientos. Carga y descarga. Agentes de la circulación. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública, prohibiciones especiales. Señales acústicas.
Tema 6. Del alumbrado y señalización óptica de los
vehículos. Clasificación de los sistemas de alumbrado y señalización óptica. Reglas generales. Alumbrado de carreteras. Alumbrado de cruces. Alumbrado ordinario. Alumbrado delantero y trasero y niebla. Alumbrado interior; de la placa posterior; de matrícula, de taxímetro, de «libre¯ para los auto-taxis y autobuses de servicio público; de la placa S.P., señalización de posición, maniobra, avería, frenada y servicios de urgencia y especiales. Utilización del alumbrado. Alumbrado de cruce y de vehículos estacionados de noche en la calzada o arcén.
Tema 7. Permiso y licencias de conducción. Clases de los permisos de conducir.
Tema 8. Infracción del Código de la Circulación. Qué personas pueden denunciar infracciones. Tramitación de la denuncia que voluntariamente se formule. Trámite de las denuncias formuladas obligatoriamente.
Tema 9. Sanciones que pueden interponerse por la infracción del Código de la Circulación. Medidas que los Agentes de la Autoridad pueden adoptar sin perjuicio de la denuncia que formulen por las infracciones del Código sobre inmovilización inmediata de vehículos en la vía pública.
Tema 10. La regulación de los derechos y deberes fundamentales de la persona en la actual Constitución española.
Tema 11. La Policía municipal y las relaciones humanas. Normas que han de presidir las relaciones del Policía municipal con el público.
Tema 12. El orden público y su relación con la Policía
municipal. Relaciones de la Policía municipal con las otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Tema 13. Las multas municipales: Concepto y clases. El
procedimiento sancionador.
Tema 14. La Policía Local y la aplicación de las Ordenanzas de Policía.
Tema 15. Protección Civil. Concepto, casos y aplicaciones por la Policía municipal.
Tema 16. Funciones de la Policía Local en LOFCS.
Tema 17. Principios básicos de actuaciones. Disposiciones estatutarias comunes.
Tema 18. Intervención administrativa local en la actividad privada. Procedimiento de concesión de licencias.
Tema 19. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 20. Competencias en materia de vías de comunicación, circulación y transportes.
Descargar PDF