Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 31/01/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 16 de enero de 2003, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria pública para solicitar el cambio de adscripción a la especialidad de Flamenco, para los/las integrantes de la bolsa de trabajo del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas de la especialidad de Danza Española, así como para los/las integrantes de la bolsa de sustituciones de dicha especialidad.

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Por Real Decreto 989/2000, de 2 de junio, se establecen las especialidades del Cuerpo de Música y Artes Escénicas y se adscriben a ellas los/las profesores/as de dicho Cuerpo, figurando Flamenco como especialidad vinculada a las enseñanzas de Danza.

Por ello, y en virtud de las competencias que tiene conferidas por el Decreto 246/2000, de 31 de mayo, esta Dirección General

HA RESUELTO

I. Normas generales.

Se anuncia convocatoria pública para la presentación de solicitudes por los/las integrantes de la bolsa de trabajo del Cuerpo de Música y Artes Escénicas de la especialidad de Danza Española (I594-435) así como para los/las integrantes de la bolsa de sustituciones de la misma, para solicitar el cambio de adscripción de la bolsa de su especialidad a la especialidad de Flamenco (I594-438), siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta Resolución.

II. Participantes.

A la presente convocatoria podrá concurrir el personal que a continuación se indica:

II.1. Los/Las integrantes de la bolsa de trabajo de Danza Española (I594-435) para la adquisición de la especialidad de Flamenco (I594-438), que figuren en la Resolución de 28 de agosto de 2002, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, publicada el 29 de agosto en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se eleva a definitiva la lista de tiempo de servicios de los/las integrantes de las distintas bolsas de trabajo.

II.2. Los/Las integrantes de la bolsa de sustituciones para el curso 2002/2003 de la especialidad de Danza Española (I594-435) para la adquisición de la especialidad de Flamenco (I594-438), que figuren en la Resolución de 25 de septiembre de 2002 de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, publicada el

26 de septiembre en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

III. Requisitos.

Los/Las participantes deberán reunir los siguientes requisitos:

III.1. Los/Las integrantes de la bolsa de trabajo de la especialidad de Danza Española (I594-435) tienen que haber impartido docencia de Flamenco en los Conservatorios de Danza dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, al menos, durante dos cursos académicos consecutivos a fecha de 30 de junio de 2002, siendo necesario acreditarlo mediante la presentación de certificado firmado por el/la Director/a del centro y con el visto bueno de la Inspección Educativa.

III.2. Los/Las integrantes de la bolsa de trabajo que no cumplan el requisito anterior, así como los/las integrantes de la bolsa de sustituciones, deberán realizar una prueba práctica para evaluar la capacitación de los/las aspirantes en la especialidad objeto de la convocatoria, según se establece en el apartado E) del Anexo II de la Orden de 16 de mayo de 1996, por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir tanto las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos como las específicas que efectúen las Delegaciones Provinciales de esta Consejería a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes definidos en la Ley Orgánica de Ordenación del Sistema Educativo.

IV. Solicitudes y documentación.

Los/Las solicitantes deberán aportar la solicitud, según el modelo de instancia que figura en el Anexo I de la presente Resolución, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Gestión de Recursos Humanos, la documentación necesaria para resolver empate según establece el apartado VI.4 de la presente

Resolución, así como el certificado a que hace referencia el apartado anterior.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente Resolución.

Las solicitudes habrán de presentarse preferentemente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía o en los lugares y formas que determina el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, de no hacerse así, no podrá estimarse como presentada en fecha. Asimismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 204/95, de 25 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención al ciudadano.

V. Listas provisionales y Comisión de Valoración.

Finalizado el plazo de presentación de instancias a que hace referencia el apartado IV, por Resolución de esta Dirección General se harán públicas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía la lista provisional de admitidos/as de los/las integrantes de la bolsa de trabajo a quienes se les ha concedido el cambio de bolsa a la nueva especialidad, la lista provisional de admitidos/as de los/las integrantes de la bolsa de trabajo y de la bolsa de

sustituciones que han de realizar la prueba práctica, y la lista provisional de excluidos/as con los motivos de exclusión.

Contra las listas provisionales podrán los/las interesados/as presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución. El trámite de notificación de estas reclamaciones se entenderá efectuado con la

publicación de las listas definitivas por Resolución de esta Dirección General.

En la misma Resolución se constituirá la Comisión de

Valoración, que será designada por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, y se indicará el lugar y la fecha de realización de la prueba.

La prueba se calificará con «apto/a¯ y «no apto/a¯, siendo necesario obtener la valoración de «apto/a¯ para el cambio de la bolsa de origen a la bolsa de la especialidad de Flamenco.

VI. Criterios de selección.

La selección de los/las solicitantes de cambio de especialidad se efectuará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Para los/las participantes que cumplan los requisitos del apartado III.1 se efectuará teniendo en cuenta exclusivamente el mayor tiempo de servicios reconocido por Resolución de 28 de agosto de 2002, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

2. Para los/las participantes del apartado III.2, integrantes de la bolsa de trabajo, que hayan obtenido la calificación de apto/a en la prueba práctica, se efectuará teniendo en cuenta exclusivamente el mayor tiempo de servicios reconocido que figure en la Resolución de 28 de agosto de 2002, de la

Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

3. Para los/las participantes del apartado III.2, integrantes de la bolsa de sustituciones, sin tiempo de servicios, que hayan obtenido la calificación de apto/a en la prueba práctica, se efectuará teniendo en cuenta la puntuación que figure en la Resolución de 25 de septiembre de 2002, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

4. En caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta la mayor puntuación en la nota media del expediente académico, extremo que los/las participantes deberán acreditar documentalmente mediante la aportación de certificación expedida por la autoridad académica correspondiente, salvo que lo hubiera acreditado correctamente con anterioridad. De persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha de obtención del título ordenándose de mayor a menor antigüedad. En caso de continuar el empate, se recurrirá al orden alfabético por el primer y, en su caso, segundo apellidos.

VII. Listas definitivas.

Una vez realizada la prueba práctica, la Comisión de Valoración remitirá a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos las actas correspondientes con la valoración asignada a los/las participantes y transcurridos los plazos señalados, por Resolución de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, se elevarán a definitivas las listas y se procederá a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia.

VIII. Efectos.

Quienes figuren como integrantes de la bolsa de trabajo de Danza Española en la Resolución de 28 de agosto de 2002 de esta Dirección General y obtengan cambio a la especialidad de Flamenco y estén ocupando una vacante durante el curso

académico 2002/2003, seguirán en su puesto de servicio hasta la finalización del mismo y serán dados/as de baja de la bolsa de especialidad de origen a fecha de 30.6.2003, pasando a formar parte de la bolsa de trabajo de la nueva especialidad con todo su tiempo de servicio acumulado.

Quienes hayan realizado o se encuentren realizando

sustituciones durante el curso académico 2002/2003 y sean integrantes de la bolsa de trabajo de Danza Española, en la Resolución de 28 de agosto de 2002, o de la bolsa de

sustituciones, en la Resolución de 25 de septiembre de 2002, ambas de esta Dirección General, y obtengan cambio de

especialidad, el mismo tendrá efecto desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución por la que se eleven a definitivas las listas de cambio de adscripción a la misma.

Una vez realizado el procedimiento convocado por la presente Resolución, quedará constituida la bolsa de trabajo y de sustituciones de la especialidad de Flamenco (I594-438) para cubrir vacantes durante el curso académico 2003/2004 y

posteriores, y para cubrir sustituciones en el presente curso académico y posteriores en los Conservatorios de Danza

dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.

IX. Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 16 de enero de 2003.- El Director General, Carlos Gómez Oliver.

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