Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 31/10/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 26 de septiembre de 2003, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se resuelve la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden que se cita, que establece las bases reguladoras de las subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gasto de equipamiento de los Juzgados de Paz.

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De conformidad con lo previsto en la Orden de 6 de marzo de

2003, por la que se establece las bases reguladoras de las subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, y el artículo 1 de la Orden de 28 de junio de 2002, por la que se delega en los Delegados Provinciales de Justicia y Administración Pública la competencia para resolver las solicitudes de subvenciones reguladas en la Orden que se cita, esta Delegación Provincial

HA RESUELTO

Primero. La concesión de las subvenciones reguladas en la Orden de 6 de marzo de 2003, para la mejora de infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, a los Ayuntamientos de los municipios de la provincia de Huelva que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución, por las cuantías, actuaciones y proyectos que en el mismo se especifican.

Segundo. Se establece como plazo de ejecución en las actuaciones de mejora de infraestructuras, equipamiento, obras de reforma, reparación y conservación, el de cinco meses. El inicio del cómputo del plazo será el del día siguiente al de la publicación del extracto del contenido de la Resolución de concesión en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Orden de

6 de marzo de 2003, las subvenciones concedidas se financiarán con cargo a los créditos consignados en el concepto presupuestario 761.0014B del presupuesto de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Cuarto. La forma y secuencia del pago se ajustará a lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley de Presupuestos se la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2003, y 14.3 de la Orden de 6 de marzo de 2003, realizándose el abono de las subvenciones en un único pago por el importe total de las mismas.

Quinto. La justificación de la subvención percibida se realizará ante el órgano concedente en un plazo de seis meses a contar desde la percepción del importe de la subvención aportando la documentación relacionada en el art. 16 de la Orden.

Sexto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Delegado Provincial, o bien, ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El plazo para la interposición del recurso potestativo de reposición será el de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca la publicación del extracto.

Séptimo. El texto íntegro de la Resolución y el Anexo donde se establecen la relación de municipios beneficiarios, cuantías, actuaciones y proyectos subvencionados, se encuentran expuestos, a disposición de los interesados, en el tablón de anuncios de la Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Huelva, sita en C/ Plaza Isabel la Católica, número 9.

Huelva, 26 de septiembre de 2003.- El Delegado, Manuel Bago Pancorbo.

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