Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 28 de octubre de 2003, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de nivel 22 (Area de Informática), vacantes en esta Universidad, mediante concurso específico.

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Estando vacantes puestos de trabajo dotados presupuestariamente, que se acompañan como Anexo I a esta Resolución, y siendo necesaria su provisión según lo previsto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de

28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y en el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (BOJA núm. 116, de 4 de octubre de

1997).

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; los Estatutos de la Universidad de Granada, publicados por Decreto 162/1985, de 17 de julio (BOJA de 26 de julio) y demás disposiciones vigentes, ha dispuesto anunciar la convocatoria de los puestos de trabajo relacionados en el Anexo I, por el procedimiento de concurso específico, con arreglo a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Requisitos y condiciones de participación.

1.1. Los funcionarios que presten servicios en la Universidad de Granada, pertenecientes a los Cuerpos o Escalas clasificados en los Grupos B y C de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a las Escalas Propias de la Universidad de Granada, del Area de Informática, y que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme que no podrán participar mientras dure la suspensión, podrán tomar parte en los concursos, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación.

1.2. Estarán obligados a participar los funcionarios que prestando servicios en la Universidad de Granada, tengan atribuido en adscripción provisional el desempeño de un puesto de trabajo y reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior.

2. Solicitudes.2.1. Los interesados dirigirán sus solicitudes al Rector de la Universidad de Granada, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", y se presentarán en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.2. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo Anexo II, que se recogerá en el Servicio de Personal, en la que se relacionarán los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia y que se oferten como vacantes.

2.3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos originales o fotocopias que acrediten los méritos alegados.

2.4. Junto con la solicitud, los interesados deberán presentar, por quintuplicado, la/s Memoria/s para la aplicación de la parte específica del baremo. La memoria consistirá en un análisis y descripción de las tareas del puesto de trabajo que solicita, así como de los requisitos, condiciones y medios para su desempeño, con una extensión máxima de veinte folios.

2.6. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

2.7. Una vez transcurrido el plazo de presentación de

instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni

modificaciones en las mismas.

2.8. La lista de admitidos y excluidos se publicará, en el plazo de diez días naturales, en el tablón de anuncios del Servicio de Personal, concediéndose un plazo de diez días naturales para posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.

3. Comisión de Valoración.

3.1. Los méritos serán valorados por una Comisión, que estará compuesta por los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Don Félix de Moya Anegón, Catedrático de

Universidad y Vicerrector de Servicios a la Comunidad

Universitaria.

Vocales nombrados por el Rector:

- Don Antonio Ruiz Moya, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad Informática), que actuará como Secretario.

- Don Javier González Sarmiento, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad

Informática).

Vocales nombrados por el Rector, a propuesta de las

Organizaciones Sindicales:

- Don Francisco Cano Entrena, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad Informática).

- Don Arturo Sánchez Alhama, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada (Especialidad

Informática).

Miembros suplentes:

Presidenta: Doña María Angustias Montellano Delgado. Profesora Titular de Universidad y Gerente de la Universidad de Granada.

Miembros nombrados por el Rector:

- Don Antonio Correa Ramón, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad Informática).

- Don José Ruiz González, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada (Especialidad Informática), que actuará como Secretario.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

Organizaciones Sindicales:

- Don José Antonio Cerezo Díaz, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad

Informática).

- Doña Belén Segura Hernández, funcionaria de la Escala Técnica de la Universidad de Granada (Especialidad Informática).

3.2. La Comisión podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán con voz pero sin voto.

3.3. Corresponde a la Comisión de Valoración interpretar y aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de

adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.4. Resolución del concurso y tomas de posesión.

4.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de plazas se ajustará al baremo establecido en el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada.

4.2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas

en el procedimiento, como fundamentos de la resolución

adoptada, la observancia del procedimiento debido y la

valoración final de los méritos de los candidatos.

4.3. Resuelto el concurso, la Comisión de Valoración expondrá en el tablón de anuncios del Servicio de Personal el resultado con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los interesados puedan reclamar ante dicha Comisión para la corrección de errores materiales o de hecho.

4.4. El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: El grado personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de formación y perfeccionamiento y la antig?edad. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo.

4.5. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

4.6. El plazo para la resolución del concurso será, como máximo, de dos meses contados desde el día siguiente al de la finalización del de reclamaciones a la lista de admitidos y excluidos. La publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de la resolución del concurso pondrá fin al

procedimiento y figurarán los datos del funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos.

4.7. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía". Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha

publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año.

4.8. Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, podrá aplazar la fecha de incorporación del

funcionario al nuevo puesto de trabajo, como máximo tres meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución, todo ello sin perjuicio de que los efectos

económicos se puedan retrotraer al nombramiento.

5. Norma final.

5.1. La interpretación de las presentes bases y la resolución de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación de las mismas corresponderá a la Comisión de Valoración.

5.2. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer

potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o interponer

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley

4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos de la Comisión de Valoración, ante el Rector de la Universidad, en los términos previstos en los artículos

114 y concordantes de la mencionada ley.

5.3. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones de la Comisión de Valoración conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 28 de octubre de 2003.- El Rector, David Aguilar Peña.

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