Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 30 de octubre de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría General de la Diputación Provincial de Huelva, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Secretaría General, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, aprobadas por la Diputación las bases de selección, mediante Decreto de la Presidencia de fecha 1 de octubre de 2003 y acordada asimismo su convocatoria, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003 y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con el artículo 11.1.e) del Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto

121/2002, de 9 de abril.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Secretaría General, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Excma. Diputación Provincial de Huelva.

"BASES PARA LA PROVISION POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACION DEL PUESTO DE SECRETARIO, SUBESCALA DE SECRETARIA, CLASE PRIMERA, RESERVADA A FUNCIONARIOS CON HABILITACION DE CARACTER NACIONAL

1. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para cubrir por el sistema previsto en el artículo 99.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el puesto de Secretario, Subescala de Secretaría, Clase Primera, reservado a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

2. Características del puesto.

2.1. El puesto a cubrir se encuentra incluido en la plantilla de puestos de trabajo aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 20 de diciembre de 2002.

2.2. El complemento de destino asignado a ese puesto es el correspondiente al nivel 30 y su sistema de provisión el de libre designación.

2.3. El complemento específico bruto mensual fijado para este puesto en el presupuesto para el año 2003 es de 862,98 euros.

3. Requisitos.3.1. Serán requisitos indispensable para concurrir a la convocatoria, y poder desempeñar el puesto en caso de ser nombrado:

3.1.1. Estar integrado en la Subescala de Secretaría, Categoría Superior y no encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Estar inhabilitado o suspendido en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, sin haber transcurrido el tiempo señalado en ella.

b) Estar destituido en virtud del artículo 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.c) Estar en situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3.c) y d), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a la misma.

4. Convocatoria.4.1. La convocatoria será remitida por la Presidencia a la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Andalucía, al objeto de que proceda a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.2. Asimismo se dispondrá su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

5. Solicitudes.5.1. Las solicitudes en las que los interesados deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las

condiciones exigidas para participar en el concurso, se dirigirán al ilustrísimo señor Presidente de la Excma.

Diputación Provincial de Huelva y se presentarán en el Registro General de la Corporación, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La presentación de instancias podrá realizarse igualmente en la forma que determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

5.2. Junto con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su currículum vitae en el que constarán los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración. los estudios y cursos realizados, otros méritos que estimen oportuno poner de manifiesto y su acreditación documental.

6. Resolución.El Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación procederá en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo del mes siguiente a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de la Función Pública para su anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

7. Plazo posesorio.

El plazo posesorio y la toma de posesión del puesto se ajustará a lo establecido en los artículos 23 y 24 del Real Decreto

1732/1994.

8. Norma supletoria.

Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y demás disposiciones concordantes.

9. Impugnación.Contra las presentes bases podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial de Huelva dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de las mismas, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Huelva dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con el vigente tenor de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 8, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y sin perjuicio de que pueda ejecutarse otro recurso que se estime pertinente."

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y

117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de octubre de 2003.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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