Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2003

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. NUEVE DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 982/2002. (PD. 269/2003).

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NIG: 4109100C20020031486.

Procedimiento: J. Verbal (N) 982/2002. Negociado: 2.º Sobre: Reclamación rentas y desahucio falta pago. De: Don Francisco Molina Chaguaceda.

Procurador: Sr. Francisco Javier Parody Ruiz-Berdejo42. Contra: Doña Luz María Cruz Eslava.

Doña Angela M. Zurita Tain, Secretario de Primera Instancia Núm. Nueve de los de Sevilla y su partido.

Hago saber: Que en el Juicio de referencia se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra. Lugar: Sevilla.

Fecha: 11 de diciembre de 2002.

Núm. 982/02.

Parte demandante: Francisco Molina Chaguaceda. Abogado: Macarena Pérez-Miyares Travieso. Procurador: F.J. Parody Ruiz-Berdejo.

Parte demandada: Luz María Cruz Eslava.

Objeto del juicio: Desahucio (reclamación de cantidad).

F A L L O

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Francisco J. Parody Ruiz-Berdejo en nombre y representación de Fco. Molina Chaguaceda contra Luz María Cruz Eslava, declaro haber lugar al desahucio de la demandada de la finca que ocupa en C/ Aponte, núm. 4, 3.º D, de esta ciudad, la cual deberá quedar libre y a disposición de la actora, con apercibimiento de ser lanzada y a su costa, si no lo verificare en plazo legal. La demandada abonará a la actora la cantidad de 2.597,17 euros en concepto de rentas y cantidades asimiladas, debidas desde el mes de junio de 2002, al corriente mes de diciembre de

2002, así como las que se devengaren en lo sucesivo hasta la efectiva puesta a disposición de la actora de la vivienda arrendada, devengando la cantidad resultante el interés legal desde la fecha del emplazamiento, todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (art. 455 L.E.C). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestado la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que imponga (artículo 457.2 L.E.C).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Por la rebeldía del/de la demandado/a se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el Boletín Oficial de esta Provincia, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación de Sentencia al/a la demandado/a doña Luz María Cruz Eslava se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Sevilla a 14 de enero de 2003.- El/La Secretario.

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