Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2003

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Consejería de Cultura

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, por el que se somete a información pública el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural, categoría Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Purificación, de Manzanilla (Huelva).

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Encontrándose en tramitación el procedimiento de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Purificación, de Manzanilla (Huelva), y atendiendo al estado en que se encuentran las actuaciones, de conformidad con los artículos 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; 13.1 de su Reglamento de desarrollo; Real Decreto 111/1986, de 10 de enero; 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y apartado 13.2 de la Resolución de 1 de junio de

1999, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se delegan en los Delegados Provinciales de la Consejería determinadas competencias en materia de Patrimonio Histórico (BOJA núm. 73, de 26 de junio), se anuncia la apertura de período de información pública del expediente por plazo de veinte días. A tal efecto, el expediente en cuestión estará de manifiesto por el plazo indicado, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, para que cuantos tengan interés en el mismo, puedan en el citado plazo examinarlo y formular las alegaciones que estimen pertinentes. El lugar de exhibición es la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura, Departamento de Protección e Instituciones del Patrimonio Histórico, Avda. de Alemania, 3, de Huelva, de nueve a catorce horas.

Huelva, 11 de diciembre de 2002.- La Delegada, Guadalupe Ruiz Herrador.

ANEXO

JUSTIFICACION DE LA DECLARACION

La declaración como Bien de Interés Cultural de la Iglesia Parroquial de Santa María de la Purificación, de Manzanilla (Huelva), se justifica en la consideración de una serie de valores de diversa índole. Desde el punto de vista histórico- urbanístico, ha de mencionarse su ubicación en una plaza secundaria de la población (plaza de España) y en el seno de un entorno deprimido demográfica y arquitectónicamente, aunque todavía a salvo por la presencia de destacados ejemplares edilicios, con los que mantiene sólidas conexiones históricas, visuales y formales (capilla del Niño Jesús, calle Santo Cristo; casa rectoral y cilla, calle Rafael Maba), además de por su diálogo directo, a través de las calles paralelas de Santo Cristo y Alférez Galiano, con el centro vital de la villa, la plaza de Andalucía, sede de sus edificios más emblemáticos, tal es el caso del Ayuntamiento o la plaza de abastos. La contundencia volumétrica de la iglesia y su emplazamiento, en un sector elevado de la localidad, la convierten en su hito arquitectónico más representativo, a pesar de hallarse en principio desplazada del corazón urbano. El lamentable estado que presenta esta zona, en franca contradicción con su interés histórico-artístico, aconseja y hace precisamente necesaria la declaración de la iglesia como Bien de Interés Cultural.

Respecto a los valores histórico-artísticos del edificio, nos encontramos ante un destacable ejemplar del tipo de iglesia sevillana, en el que confluyen los estilos mudéjar y barroco, siguiendo un modo de proceder muy característico de la práctica constructiva del siglo XVIII en la zona. Erigida según las consignas mudéjares en su primitiva edificación, que parece corresponder al siglo XV, más tarde sería prácticamente rehecha tras los daños ocasionados por el terremoto de 1755, plegándose a las directrices barrocas vigentes en la segunda mitad del setecientos. Una reconstrucción en la que intervienen, Pedro de Silva, Antonio Matías de Figueroa o José Alvarez. Entre todos ellos destaca, por la trascendencia de su intervención en el conjunto, Antonio Matías de Figueroa. Su actuación en la iglesia de Manzanilla puede ser considerada por tanto como una de las postreras muestras del peculiar estilo de esta saga familiar -el llamado barroco triunfal y uno de los primeros anuncios del cambio de rumbo que demandan los nuevos tiempos, en su gusto por la primacía de la línea rococó sobre las masas barrocas. La aparición de elementos neoclásicos (portada de la nave del Evangelio), derivados de la presencia como director de las obras de José Alvarez (1782-1783), nos hablan igualmente de la evolución formal del estilo hacia el último cuarto del siglo. Destaca finalmente la torre (1760-1779), atribuida a Lucas Cintora y Francisco Díaz Pinto, y uno de los ejemplares más bellos de la provincia, perfectamente adaptado a una de las dos tipologías características del siglo XVIII en Andalucía, con origen en la Giralda sevillana, e integrante de un peculiar conjunto de torres onubenses, junto a la del templo de San Pedro de Huelva y la de la parroquia de La Palma del Condado, que siguen todas ellas un modelo muy similar.

Ha de ser tenido igualmente en cuenta que el edificio que nos ocupa supone una pieza más de la intensa actividad constructiva religiosa que caracteriza la arquitectura onubense del siglo XVIII, motivada por un afortunado conjunto de circunstancias económicas, demográficas y naturales (terremotos) y que ha venido en definirse como su Edad de Oro. Las obras efectuadas en la iglesia durante el último cuarto del setecientos

comparten los detonantes y caracteres de la práctica edilicia provincial en estos momentos y supone por tanto un elemento imprescindible para su correcta y global comprensión.

Queda por todo ello puesta de manifiesto la trascendencia histórica, urbanística y artística de la iglesia de Santa María de la Purificación, de Manzanilla, en función de su carácter de hito urbano, su relevancia como documento histórico y su singularidad estilística y tipológica, por no hablar del degradado e interesante tejido edilicio que la rodea,

reforzando y avalando la propuesta de su declaración como Bien de Interés Cultural.

JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION DEL ENTORNO

AFECTADO

Los criterios que han prevalecido en la delimitación del entorno afectado por la declaración de la Iglesia Parroquial de Manzanilla como Bien de Interés Cultural consisten en la inclusión de todas aquellas parcelas catastrales donde la alteración de sus fachadas repercutiría negativamente, de modo total o parcial, en la conservación, correcta percepción y uso del templo, así como en el mantenimiento de los lazos

históricos que lo unen con su contexto. Dicha alteración se refiere tanto a la modificación de su altura y volumetría, que podría interponerse en la limpia visión del conjunto desde sus diversas perspectivas o dificultar el desempeño de sus

funciones, como a las posibles reformas de fachada que incluyan cambios de materiales, formas o sistemas constructivos y que supondrían un posible peligro de deterioro en el monumento, rompiendo su unidad estética y tradición estilística con el entramado circundante. Prevenciones que por otra parte

coinciden con las directrices establecidas en el proyecto de Delimitación de Suelo Urbano con Ordenanzas reguladoras de la edificación, redactado en julio de 1997 y todavía en trámites de aprobación. Recogeremos no obstante sus propuestas, con el fin de recalcar la urgencia de dotar a esta población de una figura de planeamiento adaptada a la vigente Ley del Suelo, laguna que actualmente solventa con la aplicación de las Normas Subsidiarias de la provincia de Huelva.

Incluyendo la totalidad de las parcelas catastrales cuyas fachadas afectan a la percepción del inmueble, tal y como dictaminan las normas generales para la delimitación de entornos establecidas por la Dirección General de Bienes Culturales, el ámbito que se propone abarca, en un primer nivel de influencia, todas aquellas parcelas que asoman, al igual que el templo desde su fachada lateral, a la plaza de España, y las que lo rodean en el resto de sus flancos, perfilando las calles Chucena y Rafael Maba. Pero debe tenerse igualmente en cuenta el destacado elemento de la esbelta torre, perceptible desde más lejanos y numerosos puntos, que constituyen un segundo nivel de relación con el edificio y deben recibir por tanto un mismo tratamiento. En este sentido, se incluyen algunos tramos de las calles Escacena y el binomio Santo Cristo/Alférez Galiano, que a su vez comunican el inmueble con la plaza de Andalucía, corazón urbano y centro cívico de la ciudad, con el que la plaza de España y la iglesia establecen un rico juego visual. Debe mencionarse finalmente la presencia de algunos espacios urbanos, resultante de la regularización del trazado del entorno (calles Doctor Fleming, Hospital y Colón, y avenida del Valle).

DELIMITACION LITERAL DEL ENTORNO

ESPACIOS PRIVADOS

Manzana 78117.

- Parcela 01 (C/ Chucena, núm. 5).

- Parcela 02 (C/ Chucena, núm. 3).

- Parcela 03 (C/ Rafael Maba, núm. 2).

- Parcela 04 (C/ Rafael Maba, núm. 4).

- Parcela 07 (C/ Santa María, núm. 6).

Manzana 78113.

- Parcela 01 (C/ Chucena, núm. 1).

- Parcela 02 (Plaza de España, núm. 3).

- Parcela 14 (C/ Rafael Maba, núm. 11).

- Parcela 15 (C/ Rafael Maba, núm. 9).

- Parcela 16 (C/ Rafael Maba, núm. 7).

- Parcela 17 (C/ Rafael Maba, núm. 5).

- Parcela 18 (C/ Rafael Maba, núm. 3).

- Parcela 19 (C/ Rafael Maba, núm. 1).

Manzana 78127.

- Parcela 01 (Avenida del Valle, núm. 1).

Manzana 78128.

- Parcela 01 (C/ Doctor Fleming, núm. 2).

- Parcela 02 (C/ Doctor Fleming, núm. 4).

- Parcela 03 (C/ Doctor Fleming, núm. 6).

- Parcela 04 (C/ Doctor Fleming, núm. 8).

- Parcela 05 (C/ Doctor Fleming, núm. 10).

- Parcela 06 (C/ Doctor Fleming, núm. 12).

Manzana 78123.

- Parcela 01 (Plaza de Andalucía, núm. 1).

- Parcela 09 (C/ Santo Cristo, núm. 15).

- Parcela 10 (C/ Santo Cristo, núm. 13).

- Parcela 11 (C/ Santo Cristo, núm. 11).

- Parcela 12 (C/ Santo Cristo, núm. 9).

- Parcela 13 (C/ Santo Cristo, núm. 7).

- Parcela 14 (C/ Santo Cristo, núm. 5).

- Parcela 15 (C/ Santo Cristo, núm. 3).

- Parcela 16 (C/ Santo Cristo, núm. 1).

Manzana 76135.

- Parcela 14 (Plaza de Andalucía, núm. 12).

Manzana 75123.

- Parcela 37 (Plaza de Andalucía, núm. 9).

- Parcela 38 (Plaza de Andalucía, núm. 8).

- Parcela 39 (Plaza de Andalucía, núm. 7).

- Parcela 40 (Plaza de Andalucía, núm. 6).

- Parcela 41 (Plaza de Andalucía, núm. 5).

- Parcela 42 (Plaza de Andalucía, núm. 4).

- Parcela 43 (Plaza de Andalucía, núm. 2).

- Parcela 44 (C/ Alférez Galiano, núm. 2).

- Parcela 45 (C/ Alférez Galiano, núm. 4).

- Parcela 46 (C/ Alférez Galiano, núm. 6).

- Parcela 47 (C/ Alférez Galiano, núm. 8).

- Parcela 48 (C/ Alférez Galiano, núm. 10).

- Parcela 49 (C/ Alférez Galiano, núm. 12).

- Parcela 50 (C/ Alférez Galiano, núm. 14).

- Parcela 51 (C/ Hospital, núm. 2).

- Parcela 54 (C/ Chucena, núm. 10).

- Parcela 55 (C/ Chucena, núm. 12).

- Parcela 56 (C/ Chucena, núm. 14).

- Parcela 57 (C/ Chucena, núm. 16).

- Parcela 58 (C/ Chucena, núm. 18).

Manzana 78112.

- Parcela 01 (C/ Chucena, núm. 2).

- Parcela 02 (C/ Chucena, núm. 4).

- Parcela 03 (C/ Chucena, núm. 6).

- Parcela 04 (C/ Chucena, núm. 8).

- Parcela 05 (C/ Hospital, núm. 1).

Manzana 78101.

- Parcela 08 (C/ Chucena, núm. 11).

- Parcela 09 (C/ Chucena, núm. 9).

- Parcela 10 (C/ Chucena, núm. 7).

ESPACIOS PUBLICOS

- Plaza de España.

- Calle Escacena, desde su arranque en la plaza de España hasta la línea virtual que une las esquinas de las parcelas 06 de la manzana 78128, con la parcela 01 de la manzana 78127.

- Avenida del Valle, desde la línea virtual que une el punto donde se separan las parcelas 01 y 08 de la manzana 78127, con el punto donde lo hacen las parcelas 02 y 03 de la manzana

78113.

- Calle Rafael Maba, desde su arranque en la calle Chucena hasta la línea virtual que une los puntos divisorios de las parcelas 13-14 en la manzana 78113, y 04-06 en la manzana

78117.

- Calle Chucena, desde su inicio flanqueando uno de los laterales del templo, hasta la línea virtual que enlaza los puntos divisorios de las parcelas 58-59 en la manzana 75123, y las parcelas 07-08 de la manzana 78101.

- Calle Alférez Galiano (completa).

- Calle Santo Cristo (completa).

- Plaza de Andalucía, sección delimitada por la línea

imaginaria que une los puntos divisorios de las parcelas 13-14 de la manzana 76135 y 01-02 de la manzana 78123; y una segunda línea que une el punto divisorio de las parcelas 36-37 de la manzana 75123, con la esquina de la parcela 15 de la manzana

76135.

- Calle Doctor Fleming, desde su arranque en la plaza de España hasta la línea virtual que une el punto donde se separan las parcelas 08-09 de la manzana 78123, con la esquina de la parcela 06 de la manzana 78128.

- Calle Colón, desde su arranque en la calle Chucena hasta la línea virtual que une el punto donde se separan las parcelas 01 y 10 de la manzana 78101, con la esquina de la parcela 01 de la manzana 78117.

- Calle Hospital, tramos resultantes de la prolongación del punto que separa las parcelas 51-52 de la manzana 75123, hasta la fachada de la parcela 01 de la manzana 78112 por un lado. Y por otro, el espacio que surge de la unión de dos puntos divisorios: el que separa las parcelas 53-54 de la manzana

75123, y el que lo hace entre las parcelas 02-03 de la manzana

78112.

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