Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 14/11/2003

3. Otras disposiciones

Otros. AGENCIA TRIBUTARIA

RESOLUCION de 4 de noviembre de 2003, de la Delegación Especial de la AEAT de Andalucía, Dependencia Regional de Inspección, por la que se delegan determinadas competencias de la Inspección de los Tributos.

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La Resolución de 20 de marzo de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria (BOE de 24 de marzo de 2003), establece un nuevo marco de organización y atribución de funciones de los órganos territoriales de la Inspección de los Tributos, con el objetivo de incrementar la eficacia y la eficiencia en el ejercicio del control.

Como consecuencia de las modificaciones estructurales y funcionales introducidas por dicha Resolución y con el fin de lograr una mayor agilidad y eficiencia en la actuación de los órganos territoriales de la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, se ha considerado conveniente proceder a la delegación de competencia en materia sancionadora en los Delegados de Agencia Estatal de Administración Tributaria del ámbito territorial de esta Delegación Especial.

En virtud de lo expuesto, al amparo de lo establecido en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y en el artículo 13 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispongo: Primero. Se delega en los Delegados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Andalucía, Ceuta y Melilla, en relación con las actuaciones que desarrollen los Equipos y Unidades de Inspección a que se refiere el apartado Cinco.4 de la Resolución de 24 de marzo de 1992, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración, ubicados en la sede de la Dependencia Regional de Inspección en la respectiva Delegación, el ejercicio de la siguiente competencia:

a) Acordar e imponer sanciones pecuniarias por infracciones simples.

Segundo. La delegación de competencias contenida en esta Resolución es revocable en cualquier momento por el órgano que la confiere, quien, asimismo, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier expediente sancionador comprendido en ella cuando las circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Tercero. Las resoluciones que se adopten en uso de la delegación contenida en la presente Resolución indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto. Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Sevilla, 4 de noviembre de 2003.- El Delegado Especial en Andalucía, Ceuta y Melilla, Jesús Ibáñez Peña.

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