Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2003

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Otros. AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA

ANUNCIO de modificación de bases. (BOJA núm. 182, de 22.9.2003).

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El Alcalde, mediante Decreto de fecha 21 de octubre de

2003, ha resuelto aprobar, conforme dispone el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, la modificación a la convocatoria de las pruebas selectivas para proveer por concurso-oposición libre cinco plazas de Auxiliares Administrativos vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Vejer de la Frontera (Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, encuadrada en el Grupo D). Dichas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 218 de 19 de septiembre de 2003 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 182 de 22 de septiembre de 2003.

"BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION DE CINCO PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA

8.ª Sistema selectivo.

Modificar el párrafo A) del apartado 8.1 de la Base Octava de las bases que han de regir la convocatoria para la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición de cinco plazas de Auxiliar Administrativo vacantes en la plantilla de personal funcionario que se sigue en esta Corporación dejándolo en los siguientes términos:

A) Experiencia profesional. Hasta un máximo de 3 puntos.

Por experiencia profesional demostrable como Auxiliar Administrativo en la Administración Pública Local: 0,08 puntos por cada mes completo de servicios.

Por experiencia profesional demostrable como Auxiliar Administrativo en Administración Pública diferente de la anterior: 0,04 puntos por cada mes completo de servicios. Los méritos obtenidos por este apartado no son acumulables a los del apartado anterior cuando hayan sido alegados por una misma plaza.

Los méritos correspondientes a este apartado habrán de ser acreditados mediante certificación expedida por la Administración correspondiente o, en su caso, mediante contrato de trabajo visado por el INEM acompañado de cotizaciones a la Seguridad Social, nóminas o cualquier documento con fuerza probatoria."

Vejer de la Frontera, 21 de octubre de 2003.- El Alcalde, Antonio Jesús Verdú Tello.

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