Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 19/11/2003

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 6 de noviembre de 2003, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesores Contratados.

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE del

24), estando pendiente el desarrollo por la Comunidad Autónoma de Andalucía de las competencias que en esta materia le otorga la mencionada Ley, de acuerdo con las instrucciones dictadas por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz en su reunión de 30 de octubre de 2003 y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar concurso público de Profesores Contratados en las plazas que se citan en el Anexo, mediante Contrato Laboral especial de duración determinada, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral de duración determinada las plazas de Profesores Contratados que se indican en el anexo 1, con las características que igualmente se señalan en el mencionado anexo.

1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica

6/2001, de Universidades, el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril sobre Régimen del Profesorado Universitario, los Estatutos de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de

24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulten incompatibles con las determinaciones de la Ley Orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

1.3. La presente convocatoria se dicta debido a las necesidades de carácter urgente que tiene la Universidad de Cádiz relacionadas con la docencia, teniendo las presentes bases un carácter provisional limitadas al curso académico 2003-2004.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento para una última baremación de carácter definitivo por parte de la Comisión de Contratación, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo.

La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos acreditados documentalmente.

1.5. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación podrán pasar a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.

1.6. Por necesidades urgentes de la docencia se podrá formalizar el correspondiente contrato laboral del candidato propuesto, sin que sea firme la resolución de la Comisión de Contratación por la que adjudica las plazas objeto de la convocatoria, el cual tendrá validez provisional en tanto no recaiga resolución definitiva respecto de la reclamación presentada, si la hubiera, contra la mencionada resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado

Constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a

familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.4. Para las plazas de Prof. Contratados Doctores (art.? 52 de la LOU:

- Estar en posesión del título académico de Doctor.

- Acreditar al menos 3 años de actividad docente e

investigadora posdoctoral.

- Contar con la evaluación positiva de dicha actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

2.1.5. Para todas las plazas, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se acompaña como Anexo, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del Area de Personal en la siguiente dirección: http://www-personal.uca.es.

3.2. A la instancia se acompañará la siguiente documentación:

3.2.1. Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

3.2.2. Fotocopia del título de Doctor. En caso de títulos extranjeros, éstos deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación del Ministerio de Educación y Cultura español.

3.2.3. Fotocopia del expediente académico así como demás documentación justificativa de los méritos alegados en el currículum vitae.

3.2.4. Fotocopia de la evaluación positiva de la actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

3.3. Los solicitantes que no obtengan contrato ni aparezcan relacionados en la bolsa de trabajo, en su caso, en el acta de Resolución, podrán retirar la documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación del acta, una vez sea firme la resolución de la convocatoria. La documentación que no se retire en dicho plazo, podrá ser destruida.

3.4. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases, se publicará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la web del Area de Personal y en el tablón de anuncios del Rectorado, las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo máximo de 10 días, contados a partir del día siguiente a la fecha fin de presentación de solicitudes.

Los candidatos excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en la web y en el tablón de anuncios del Rectorado de las citadas listas provisionales de admitidos y excluidos, para poder subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo Provincial con sede en Cádiz, conforme a lo establecido en la Ley 30/92, modificada por Ley 4/99, de RJPAC.

3.5. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 7 de noviembre y finalizará el día 19 de noviembre de 2003.

3.6. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (C/ Ancha, número 16 11001 Cádiz), o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigiéndose al Excmo. Sr. Vicerrector de Profesorado de la Universidad de Cádiz.

4. Comisión de Contratación.

4.1. De acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la Comisión de Contratación está formada por:

- Rector o persona en quien delegue.

- Director de Departamento en el que haya de realizar sus actividades el candidato elegido o profesor del área de conocimiento implicada en quien delegue.

- Decano/Director del Centro o persona en quien deleguen.

- Cuatro Profesores Funcionarios Doctores elegidos por el Consejo de Gobierno: Profesores don José M.ª Maestre Maestre, don José Ramírez Labrador, don José M.ª Quiroga Alonso y don Manuel Acosta Seró.

- Un Profesor Doctor no Funcionario elegido por el Consejo de Gobierno: Prof. don Francisco José García Cózar.

- Un Profesor Doctor propuesto por el Comité de Empresa.

Igualmente, y de conformidad con lo acordado en Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 19 de septiembre de 2003, asistirán con voz pero sin voto, el Director de Secretariado de Profesorado, como Secretario de la Comisión y un miembro del Area de Personal como Secretario Técnico.

4.2. Con antelación de 48 horas, como mínimo, el Secretario de la Comisión de Contratación publicará en el tablón de anuncios del Rectorado, la composición concreta de la mencionada Comisión, a efectos de cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.

5.1. La duración de los contratos de trabajo es la indicada para cada plaza en el Anexo.

5.2. El candidato propuesto será contratado con el número de horas semanales que se indica en el Anexo.

5.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.

5.4. Las funciones a realizar por el Profesor contratado podrán ser las de docencia, investigación, gestión académica y/o atención al alumnado, de acuerdo con lo designado por la Dirección del Departamento, que será quien las determine en función de sus necesidades.

6. Retribuciones.6.1. Las retribuciones anuales son las que se indican, en euros del 2003, según lo acordado entre la

Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía y las Centrales Sindicales, con fecha 20 de diciembre de 2002:

Prof. Contratado Doctor T. Completo: 22.098,78 E.6.2.

Igualmente y según el acuerdo antes mencionado, se relaciona a continuación las retribuciones anuales correspondientes al año

2004, a las que se les añadirá el incremento contemplado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2004:

Prof. Contratado Doctor T. Completo: 23.533,76 E.7. Resolución del concurso público.

7.1. Una vez valorados los méritos de los candidatos, la Comisión de Contratación hará pública en el tablón de anuncios del Rectorado el acta de la reunión de la misma, donde se relacionarán los candidatos presentados, los candidatos seleccionados, en su caso, así como la lista de contratación, en su caso, a que se refiere la base 1.5.

7.2. Contra la resolución de la Comisión de Contratación podrán los interesados presentar recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Cádiz, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de la misma.

8. Presentación de documentos y formalización del contrato.

8.1. El candidato propuesto deberá justificar, con carácter previo a la formalización del contrato y mediante originales, la titulación académica exigida para optar a la plaza

convocada, así como el resto de los requisitos exigidos en las presentes bases.

8.2. En caso de que el candidato propuesto no presentara los documentos necesarios, o del examen de los mismos se dedujera que no concuerdan los originales con las fotocopias

presentadas, no podrá ser contratado y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en los documentos.

8.3. El aspirante propuesto, una vez cumplidos los requisitos anteriores, formalizará el correspondiente contrato laboral, en el que se contemplará el período de prueba que corresponda.

9. Norma final.

9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de

Contratación, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley

4/1999.

9.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de la Comisión de Contratación, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.

Cádiz, 6 de noviembre de 2003.- El Rector, P.D.

(Resolución de 30.5.2003), El Vicerrector de Profesorado, Juan M.ª Terradillos Basoco.

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